Resolución número 4100/600/20 Vrs., de 2025.- Delega facultades que indica en oficiales que señala
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.152 Lunes 19 de Mayo de 2025 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2644942 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Armada de Chile Dirección General de los Servicios DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN OFICIALES QUE SEÑALA (Resolución) Núm. 4100/600/20 Vrs. - Valparaíso, 30 de abril de 2025.
Visto: La Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en decreto supremo N 661, del Ministerio de Hacienda, del año 2024; la ley N 18.928, que fija normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas y su Reglamento contenido en el decreto supremo N 95, del Ministerio de Hacienda, del año 2006; el decreto supremo N 352, del Ministerio de Defensa Nacional, de fecha 30 de noviembre de 2023, que nombra al Director General de los Servicios de la Armada; y la resolución N 36, de 19 de diciembre de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando: 1. - Que, conforme se establece en el artículo 1 de la ley N 18.928, el Director General de los Servicios de la Armada, es la autoridad facultada para efectuar, en representación del Fisco, las adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles y contratar o convenir servicios a título gratuito u oneroso, pudiendo al efecto celebrar y suscribir los contratos correspondientes. 2.- Que, la facultad señalada tiene por objeto satisfacer los requerimientos logísticos de la Armada en todos sus niveles en forma cabal, oportuna y eficiente; de manera que esta pueda cumplir con las funciones y fines que le han sido encomendados por la Constitución y la ley. 3.- Que, la cantidad de adquisiciones de bienes y contratación de servicios que anualmente realiza la Institución es significativa, por lo que se requiere adoptar procedimientos que permitan utilizar de manera racional, eficiente y óptima los recursos institucionales. 4.- Que, la delegación de facultades en materias específicas de cada cargo, permite una eficiente e idónea administración y asignación de los medios públicos en cumplimiento de las funciones y tareas propias correspondientes a la administración del material naval. 5.- Que, el artículo 2 de la referida ley N 18.928, faculta al Director infrascrito para delegar por resolución fundada y en materias específicas, la facultad de efectuar las adquisiciones indicadas en su artículo 1, en el Oficial de la Institución que en la misma resolución se determine. 6.- Que, actualmente se encuentra vigente la resolución DGSA Ord.
N 4100/600/2323 Vrs., de 29 de diciembre de 2014, que delega en los Jefes de los Centros de Abastecimiento de Valparaíso, Talcahuano, Iquique, Magallanes y Aviación Naval, la facultad para suscribir en Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2644942 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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En ambas resoluciones, se delegan las mismas facultades en los Jefes del Departamento de Abastecimiento y Finanzas de cada Centro de Abastecimiento hasta por la suma de 100 UTM. 7.- Que, en razón del aumento de volumen y complejidad de los procesos de adquisición de bienes y contratación de servicios, efectuados por la Dirección de Abastecimiento de la Armada, que ha tenido lugar desde el año 2021 a la fecha; a raíz de la modificación de la ley N 19.886, introducida por la ley N 21.634 de 2023, la que ha incorporado a aquella, nuevos procedimientos especiales de contratación, y de la dictación del decreto supremo N 661, de 2024, que aprueba el Reglamento de la ley N 19.886 ; en atención a la dictación de la resolución N 36, de 19 de diciembre de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, la que recoge dichos procedimientos especiales de contratación y deja sin efecto las resoluciones N 7/2019 y 14/2022 del mismo órgano contralor; y por motivos de eficiencia administrativa y logística; se hace necesario dictar una nueva resolución que deje sin efecto la resolución citada en el considerando 6. - precedente y que otorgue las correspondientes facultades a los Jefes de los referidos Centros de Abastecimiento de la Armada y de sus Departamentos de Abastecimiento y Finanzas, por los montos máximos de contratación que se indican en la parte resolutiva de la presente resolución.
Resuelvo: 1. - Delégase en los cargos que se detallan, la facultad de efectuar, en representación del Fisco - Armada de Chile y en el ámbito técnico que a cada uno de ellos le corresponde, las adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles y contratar o convenir servicios, en la forma establecida en la legislación y reglamentación vigentes, extendiendo las resoluciones y suscribiendo y celebrando todos los actos administrativos, certificaciones, contratos y restante documentación correspondiente, hasta por las sumas que se indican: a) Jefes de Centros de Abastecimiento de Valparaíso y Talcahuano: hasta 5.000 UTM (cinco mil unidades tributarias mensuales) mediante trato directo o por contratación excepcional directa con publicidad, licitación privada, compra por cotización, licitaciones públicas, contratos para la innovación o por diálogo competitivo de innovación o por subasta inversa electrónica, convenio marco y compra ágil. b) Jefe de Centros de Abastecimiento de la Aviación Naval, Iquique, Puerto Montt y Magallanes: hasta 1.000 UTM (mil unidades tributarias mensuales) mediante trato directo o por contratación excepcional directa con publicidad, licitación privada, compra por cotización, licitaciones públicas, contratos para la innovación o por diálogo competitivo de innovación o por subasta inversa electrónica, convenio marco y compra ágil. c) Jefes de Departamento de Abastecimiento y Finanzas de los Centros de Abastecimiento y Finanzas de Valparaíso, Talcahuano, Aviación Naval, Iquique, Puerto Montt y Magallanes: hasta 100 UTM (cien unidades tributarias mensuales) mediante trato directo o por contratación excepcional directa con publicidad, licitación privada, compra por cotización, licitaciones públicas, contratos para la innovación o por diálogo competitivo de innovación o por subasta inversa electrónica, convenio marco y compra ágil. 2.- Dispónese que cada uno de los Jefes de Centros de Abastecimiento y Jefes de Departamento mencionados, deberán mantener, respectiva y separadamente, un registro de todos los documentos y contratos suscritos y celebrados en virtud de las facultades delegadas, con la individualización de la empresa con la cual se celebró cada contrato, el motivo del mismo, su monto, financiamiento y forma de pago. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2644942 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.152 Lunes 19 de Mayo de 2025 Página 3 de 3 3. - Déjase constancia que en caso de subrogación de los referidos cargos, para efectos de control interno administrativo, aquella deberá ser dispuesta mediante resolución del Director de Abastecimiento de la Armada, que la formalice. 4.- Déjase constancia que por resolución DGSA Ord. N 4100/600/17, de fecha 29 de abril de 2025, se dejó sin efecto la resolución DGSA Ord. N 4100/600/2323 Vrs., de 29 de diciembre de 2014.5.- Déjense sin efecto las resoluciones DGSA Ord. N 4100/600/357 Vrs., del 30 de marzo de 2017, y DGSA Ord. N 4100/600/424 Vrs., del 17 de abril de 2017.6.- Anótese, publíquese en el Diario Oficial y comuníquese a quienes corresponda, para su conocimiento y cumplimiento. - Leonardo Chávez Alvear, Vicealmirante, Director. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2644942 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl