Extracto de otorgamiento de ampliación de concesión de servicios sanitarios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.450 Viernes 15 de Mayo de 2026 Página 1 de 2 Normas Particulares CVE 2805019 MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Superintendencia de Servicios Sanitarios AMPLIACIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS (Extracto) Por decreto supremo Nº 111, del Ministerio de Obras Públicas, de fecha 21 de octubre de 2025, tramitado el 12 de noviembre de 2025, se otorgó a Econssa Chile S.A., RUT Nº 96.579.410-7, con domicilio en Monjitas 392, piso 10, Of. 1003, Santiago, la ampliación de sus concesiones de producción y distribución de agua potable y de recolección y disposición de aguas servidas que la habilitan para atender el área denominada “Población Santa Antonia II”, de la comuna de Ovalle, Región de Coquimbo.
La zona de concesión o territorio operacional de los servicios de distribución de agua potable y de recolección de aguas servidas, corresponderá a área de aproximadamente 7 hectáreas, que se encuentra identificada y delimitada en el plano denominado “Tema: Ampliación Área de Concesión Población Santa Antonia II, Ovalle. Contenido: Área de Concesión Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Región Coquimbo Provincia Limarí Comuna Ovalle Localidad Ovalle” que forma parte integrante del decreto extractado.
En el primer establecimiento (2029), se considera la instalación de 250 arranques de agua potable e igual número de uniones domiciliarias de alcantarillado, cantidad que se mantendrá, en ambos casos, hacia el final del periodo (año 2039). El servicio público de producción de agua potable para la zona identificada precedentemente será abastecido por las fuentes que se indican en el numeral 3.1, letra a) de la Ficha de Antecedentes Técnicos (FAT) sobre las cuales la concesionaria tiene los derechos que se individualizan en los respectivos informes de títulos, que son suficientes para satisfacer la demanda de servicio, en los términos exigidos por el Art. 26º del DS MOP Nº 1.199/04, y se encuentran afectos a la concesión.
Las demás condiciones de prestación de los servicios otorgados en la concesión son las establecidas en la Ficha de Antecedentes Técnicos (FAT) Nº SC 04 - 11 G, que forma parte integrante del decreto que se extracta.
Programa de Desarrollo, cronogramas de inversiones y Ficha de Antecedentes Técnicos correspondientes a los servicios sanitarios otorgados en ampliación y otros antecedentes, forman parte integrante del decreto extractado, el que se redujo a escritura pública, con fecha 7 de abril de 2026 ante el Notario de Valparaíso, don Luis Felipe Sepúlveda Ponce. - Santiago, abril de 2026. - Decreto cursado con alcance según oficio E191119/25 de la CGR. - Jorge Rivas Chaparro, Superintendente de Servicios Sanitarios. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA División de Infraestructura y Regulación Cursa con alcance el decreto N 111, de 2025, del Ministerio de Obras Públicas N E191119/2025. - Santiago, 11 de noviembre de 2025.
Esta Contraloría General ha dado curso al documento individualizado en el rubro, que otorga ampliación de las concesiones de producción y distribución de agua potable y de recolección y disposición de aguas servidas a la Empresa Concesionaria de Servicios Sanitarios S.A. (Econssa Chile S.A. ) para la atención del área denominada “Población Santa Antonia II” de la comuna de Ovalle, región de Coquimbo, y que ha sido firmado por la Ministra de Obras Públicas, pero cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, los actos administrativos deben consignar al pie de la respectiva rúbrica la individualización de la autoridad correspondiente (aplica el oficio Nº 32.075, de 2016, de este origen.). Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2805019 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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