EXTRACTOS: clasificados
EXTRACTOS: clasificados PES PES EXTRACTO.
POR RESOLUCIÓN de este Tribunal de Familia, dictada con fecha ocho de Julio en curso, en causa RIT C1686-2023, caratulada MIRANDA / FLO1686-2023, caratulada MIRANDA / FLO9 RES, seguida por Cui PI il ll ño LUIS ALBERTO MIRANDA FLORES, RUN. 209: uan a avisosa los demandados PAULO ALEJAN-COLEGIO EN VALPARAISO 118349253 y FARIDE VICTORIA FLORES necesita educadora de diferencial DI, direccionateresitadeisieux. cl LICEO DE ADULTOS JACQUES Cousteau necesita urgente Director/a Académico/a con experienciaen educación de jóvenes y adultos simi «visits: Minimo 2años enel cargo. Manejo de plataformas Mineduc Horario: lunes a miércoles, 08:30 a 14:00 hrs. Comversable.
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Valparaio, Julloocho2025 lloocho2025 lloocho2025 ELJUZGADO DEFamiia de Limache, con fecha10+jul-2025, ha dictado sentenciaen causa RIT(-84-2025, declarando que: Seacoge la demanda de aumento de ali mentos interpuesta por Sara Constanza Urrutia Bordones, RUT 16.288.595, en contrade Martin AndrésBarahona Castro, Castro, Castro, 2025, sedecretófacción o rectificación de inventario solemne del causante individualizado. Secitaa los interesados aamplación yo rectificación de inventariosolemne arealizarseel 28dejuliodel2025, alas16:. 00 horas, enla notaríade Viña del Mardel Notario Público doña Paola Deborah Stack Lara, ubicada en Avenida Libertad 901, Vía del Mar.
EXTRACTO. 19 JUZGADO Civil Valparaíso, Rol (1370-2024, caratulado "BANCO SAN: 'TANDER-CHILE CHILE CON GUERRA", comparece Eo Coda Castl, abogado, enrepresentación BANCO SANTANDER-CHILE, lademandante, a US. respetuosamente digo: Enlarepresentaciónque invisto, DeduzCo demanda ejecutiva en contra de doña MACARENA DEL PILAR GUERRA TORREALBA, ignoroprolesiónuofici, con domicilio enla Verbena 5331, Nuñoa y/o enel Edit cio EcoEstilo, Avenida Cristóbal Colón 6691, Las Condes, conforme a las circunstancias de hecho y de Derecho que se señalarán y de conformidad a las obligaciones que e aa continuación: 1 Mi representada, segúncontrato de Mulvose polera ¡ conTasa Fija y Tasa Variable, que constan en esidefecha. idefecha. idefecha. mento lafechadesu pago efectivo.
Enel evento que el deudor no pagare cualquier «uotaenel da desurespectivovencimiento sta desengará dese ela nque de, bióhaberse pagado, uninterés penaligual almáximo convencional que la Ley permi: taestipula. 4 Estasylas demás condiciones pactadas, que se encuentran conten'dasenta referida escrturade mutuo omumutuo omumutuo omulegaly concitación, soles rear to: Escritura pública que contiene el ontrato de mutuo hipotecario, enel quese fundamenta la presente ejecución, suscritacon firma electrónica. CUARTO OTROS ASS. pido tener por acompañada escritra pública de mandato judicial en la que constamipersonería, concitación.
QUINTO: OTROSI:Ruegoa VS. tener bien presente OTROSI:Ruegoa VS. tener bien presente tuos, acompañadocomotitulo ejeautivode que porestarsuscria con firmaelectróni autos, se dan por expresamente reprodu ca, noesnecesario decretar la custodia de didasenla presente -Laparte laescitu -ompaña-ompañadeudora no ha dado cumplimiento a las. bligacionesreferidas emanadas del referidocontrato de mutuo o mutuos, encontrándose en mora enel servicio de la deudaenelTercerotosianterior.
SEXTO OTRO: Si:Soliito avs tener presente que, en mi calidad de abogado habilitado, con patentealdía, constando mi indvidualización al mi indvidualización al da de ambos mutuos indicados, desde: A Respecto del mutuo señalado enla Letra A delNo1anterior. Desdeel mes de de 2024, porel no pago de dividendos.
BRespecto del mutuo señalado enla Letra 8 delNo1anterior: Desdeel mes de febrero de 2024, porelno pago de dividendos En razón de lo anterior y conforme alo pactadoen a dáusula14a, letra), el Bancoconsidera vencido elplazodela o lasdeudas y exige el inmediato pago de la suma adeudada, sólo a contar de la notificación dela dada, sólo a contar de la notificación dela otorgada enla Notaría de Felipe Leiva llaBaca, de Sara, BANCO SANTANDERHILE dio dospréstamos a doña M/ NA DEL PILA CUERRA TORAEALDA por Iosigentes cantidades. Mutuo onobdeinmueble, porla candeinmueble, porla can1411 preuniversitarios y Clases Particulares PROFESOR MATEMÁTICAS MEDIA, Universitaria, álgebra, geometría, calculo. exxarmada, 993301389.
CLASES DE MATEMÁTICAS, Física, educación básica-media, universitaria, 322675242,994158148, 1600 LEGALES Y PÚBLICOS PÚBLICOS PÚBLICOS PÚBLICOS RUTI6.371.1934, la pensión ada en causa RITC-4722013 deesteJuzgado, a la suma equivalente a 3,62724 ÚrM. suma que sedeberá pagar en lamisma modalidady fechadela pensión. nalmenteregulada, contar del mesde ju llo2025 1 Que de conformidad cono dispuesto en el artículo 6 de la Ley 1N'14908, se establece que cada progenitordeberá contribuir enigual proporción tordeberá contribuir enigual proporción tordeberá contribuir enigual proporción dd dez 55 Unite deFomeno. en suequivalente en pesos moneda legala la fechadelmutuo.B. Mutuo con objetivo de fines generales orlacantidad de575-Unidades de Fomento, en su equivalente en pesos moneda legal ala fecha del mutuo. (Cláusula 392.
Enlacláusula 4*seestableciólaobligacióndela parte mutuariade pagara Bancoel capital señalado enla láuonloscoonloscosolucionar los gast nariosdel Nicolás Rafael Ur Ur tía, cuyo pago en el aso del alimentante, deberá realizarlo en cuenta Rut de Banco deberá realizarlo en cuenta Rut de Banco deberá realizarlo en cuenta Rut de Banco deberá realizarlo en cuenta Rut de Banco Estado a nombre de Sara Constanza Etefanía Urrutia Bordones, dentro dl plazo delo diasc seinformen 1608 Documentos Nulos IsEstosgenerados, poresteconceto, a Vradés dela documentación comes. Il. Quenosecon EXTRAVÍO CERTIFICADO LICENCIA en costas al demandado por no resultar 3 folion*911462, Escuela Nacional Val totalmentevencido. Limache11 julio2025. parla, Luis Araya Qu Fe. 1611 Judiciales EXTRACTO.
EL JUZGADO deLetrasde La cleajencusaRolvi7202 claaaw EXTRACTO, CAUSARITC144-2025cara dienciade parientes de doña MAGALY DEL. tulada CARTES-CARTES seguidaporcuida CARMEN SOBARZO SEPÚLVEDA, rut do Personal de SANTINO EMANUEL CAR 5966.019 5, para el día 23 de julio de TESCARTES, RUN 28395894-9 resolución 2025 alas 1:00horas, por medio delssde 16 de Junio del 2024 ordenó notificar por avisos a KRISHNA BELÉN CARTES LOPEZ, RUN 21.291.688-9la interposición de demanda en su contra que se le dioinicio yselecitaa audiencia preparatoria dejuicio para día 22 de Septiembre del 20252 las 11:30 horas en dependencias de este Tribunal de Familia ubicadoen calle Tomás Ramos 98, Valparaiso o bien vía Plataforma Zoom con las credencial 1D de reunión 928 3604 9898 sin có: tema de videoconferencia, ttos://wwauzoom. ss, con la1D personal dela reunión 9116879265. Jefe de Unidad. EXTRACTO.
ANTE SEGUNDO JuzgadoCivilde Viñadel Mar. rol V155-2025, caraturrespondientes intereses, enel plazo de acontar del dí jguiente al delafecha de lascritura, por med deu! núme de idndos cuotasmensuales vn Ets pacien Cda ria par Opción deno pagodelas dos primeras uo: tas, se deblapagaren 334 cuotas efectivas (dáusula4.2. Latasadeinterésque deven[Peliresente mo mat ysufrmo. ¡decálcloes aquella quese señalaenta áusulasiguiente (5? del escritura eleLos intereses reajustes se devengaríanacontar del fecha de la escritura. El capialprestado elsaldodela deudaysus dividendosocuotassereajutarán y pagarándezcuerdoala variación yelvalor dela Unidad de fomento, según lie el Banco Centralde Chi. Segúnse indio, constaen Tacláusula4.2 quel deudor optó porno pagarla primeras dos cuotas, por loque sepagaráeste mutuoen 34 cuotas lei vas, según se pactóen dichacláusula. Eldividendo a pagar por los primeros cinco alos pacien 9844 y 2305: una 9844 y 2305: una 9844 y 2305: una demanda que, lasdeudas a: A)-Mutuo señalado enel NO letra anteior:2.298:4256. Unidades de Fomento. 8) Mutuo señalado en el NO letra B anterior: 518,1085. Unidades de Fomento.
Ascendiendo ladeudaa untotalen consecuencia, de 2816,5341. unidades de fomento, que equiyalenalasumatotalde$105414056. considerando como valor de cada Unidad de Fomento, el de $37426,87. al día 29 de mayo del año 2024.6.-Estas y demáscondiciones pactadas, se encuentran conteni das en la referida escritura de mutuo, acompañado como titulo ejecutivo de au" tosysus dáusulasse dan por expresamentereproducidas enla presente demanda, segúnse ha indicado anteriormente en estelbelo.7.-Asuvez, mediantelamisma. sñ desta presentación, sonalmente el patrocinio y poder en esta causa.
SEPTIMO OTROS: Ruego a. tener presente, para efectos de notficaciones y paratodoslosefectos legalesa que haya luTRIBUNAL DE FAMILIA de Viña del Mar, encausa RIT C20102024, sobre recono" cimiento de paternidad, "ARAYA/COFRÉ", haordenadonotifcar por avisos lasentenia de fecha 11 de junio delañoen curso ue determinajudicialmente la filiación paternadelniño de autos. EXTRACTO. 1*JUZGADO Civ de Viña de Mar. RolV4112025, caratulado "BARRA/", sobreinterdicción pordemenca, itaaaudienciade parientesdedoña VIOLETA ALCIAARAVENA JORQUERA, CN'3268.5692, para el día 28 de julio de 2025 a las 09:00 horas, en dependencias del Tribunal, ArleguiN*346, tercer piso, Viña del Mar. Se podrá solicitarla comparecencia remotapor videoconferenciaa lo menos2 diasantes desurealización, conindicación delcorreoelectrónico y número deteléfono. Secretaria. no. Secretaria. gar, que mi mailes ecodaQaboghankd.
OCTAVO OTROSI:Paralos efetosde procederalanotifiaciónde la demanda, requerimiento de pago al demandado enautos, con domicilio en Ñuñoa y en Las Condes, y demás trámites ierentesal judo sold: to aVS. ordenar la confección y envio de exhortoal Juzgado Civil de Turno competente de la comuna de SANTIAGO Región Metropolitana, facltándolos respectiva mente, paraordenar notificación personal en persona. de conformidad alart. 44 del Código de Procedimiento Civil requeriro de pago y trabar embargo en caso necesario.
El Tribunal correspondenteexhortado, tendrá las más amplia facultades para cumplir dichos fins y en general, paratoasoúti EXTRACTO: ELSEGUNDO Juzgado deLetras de Viña del Mar, por sentencia de fecha30-082024, encausa Rol 832024, «aratulada"SCOTT/RIVEROS", concedió la posesión efectivaintestada quedada alfallecimiento enel extranjero de doña Rosa Blanca Riveros González, cédula nacional deidentidad N'4.0379991, adoñaRaquel LorraineScottRiveros, cédulanacionalde identidad N*9.207330-0, en su calidad de heredera universal y única hija de a cauante, sin perjuido de otros herederos de igual o mejorderecho.
El Secretario EXTRACTO: ANTEEL Segundo Juzgado + vilde Valparaíso, en causa Rol V21-2025, Cartlada VALENZUELA sobre ierdi Cartlada VALENZUELA sobre ierdi daslas demi daslas demi lespara cumplir dichos fines, con lasolaex: cepciónque no podrá pronunciarse sobre: excepionesquese deduzcanalaejecución ynopodrá pronunciarse sobre incidencias deningún tipo.
Podrá tramitar el exhorto, uienlopresenteorequieray deberánconción por y rado sedicisemencacon fecha dezbrl de2025, dedarándoselainterdicción defitiva por discapacidad mental de Gastón Víctor Valenzuela Romero, cédula deidentidad N 3996721, domiciliado en Escalera Torreblanca N?l, Cerro Monjas, comula la la la la la la tenercopia integra y edolo made ¿ itura pública indicada al, a. pr e at era interconexión. PORTANTO, A YS. RUEGO, designó comosu curador defii ela propio snalarizad nlamema, ACCEderalosoicado. RESOLUCIONFOLIO do Vitor AgustnValenmlaMuñoz, cédoescítua, seconstituyóhipotecaespecifica. 7:9JUIo 2024 Proveyendo escrito de 03 de Jade dentidadN'122270793. Secretario. Porlasbleacineseeias desert Junio recién pasado, folio3: Alo principa, -------_ alada, en favor de Banco. Peer utiva, des EXTRACTO: ANTE EL 4? Juzgado Civil de ntander le.
Lalipoecaueconsi. uida para garantizar el exacto, ntegro y Oportuno! 'pago de todas y. páchese; al primer, segundo, quinto, sexto. y séptimo otros, téngase presente al terCer y cuarto otros, por acompañados los Cer y cuarto otros, por acompañados los cada una de las obligaciones que emanan del mutuo pactado en la escritura pública referida, araconel Banco Santander-Chi le. 9-Enlaciáwsula 15852 pactó pora partesdel mutuo señalado, otorgar compet daalostribunales delaciudadde Valparí so, sin perjuicio del domicilio que corresdel domicilio que corresdel domicilio que corres«concilaión.
Guár tuoen custodia; al octavo otrosí, comose pide, exhórteseal tribunal ivi quecorres pordadelaciudaddeSantiago, a findenoÚíficarla demanda, requerir de pago y rabar embargo sobre bienes de la parte demandada, o dl dl ponda al lugar de ¡ dela parte deudora, adecóndeltanco0. Laabl gación es líquida, actualmente exigible, Consta entítulo ejecutivo, extendido enes¿ iturapública, lafimadela partesuscripgo. só Fai la tra del embargo.
MN: DAMIENTO, FOLIO 1: julio 2024 Un ministro de fe requerirá a Macarena del Pilar Guerra Torrealba, RUT N12048933-K, paGuerra Torrealba, RUT N12048933-K, paGuerra Torrealba, RUT N12048933-K, paGuerra Torrealba, RUT N12048933-K, patorayoblgad: por yla acciónejecutiva no se yla acciónejecutiva no se lada "MORALES/", en causa! sasobreinterdicción por demencia, se citaa audiencia de parientes de don José Humberto Morales Escobar, RUN. 8.88.648-4, para el día 7 de agosto de so de losdos mutuos otorgados enla cláusula 3 delaescrituraseñalada, se padó se leaplicarán mismas tasa y plazo. -La tasa deinterésreal, fayanval, durante loscindeinterésreal, fayanval, durante loscinbajoapercibimiento delartículo21,27 y 59 delaley19968 yartículo 54 delcPC efectúese3 publicacionesen Diario deCirculacióndel lugar deljuicio y uno en Diario Ofcial Valparaiso Junio 18 del 2025 cial Valparaiso Junio 18 del 2025 om ocean AE] HIPTAfsuFHOZd4AZMKS21ava. ! 1D de reunión: 9639222 1651, Código de acceso: paguea BANCO SANTANDER CHILE, o a quien sus derechosrepresentelasuma 28165341 ada29 Valparaíso, encausa ROL V 60-2025, caratulada "GAJARDO D ESPOSITO PEDRO AC, sobre interdicción y curaduría, por resolución de 11-07-2025, secitaa audiencia de parientes de don PEDRO ANTONIOGAJARDO D 'ESPOSITO, cédula de identidad N'21589806-7 para el día 28:07-25, alas 1:30horas.
EXTRACTO: PRIMER JUZGADO CIVIL DE VALPARAÍSO, Rol V-522025, caratulada "BARRA", materia: interdicción por demencia y designación curador, resolución fecha10-072025 cita audiencia parientes. desupuestointerdicto CARLOS ENRIQUE MERINO LOMBARDI, para fecha 29-072025,10 :.00horas, entribunaldecalle Prat 79, piso 4, Valparaiso. Secretaría 79, piso 4, Valparaiso. Secretaría 79, piso 4, Valparaiso. Secretaría 79, piso 4, Valparaiso. Secretaría Epgsenta presea pr ano enmé de y lo dispuesto en losarts, 34 y guientes el Código de Procedr miento Civil, AV.S.
RUEGO tener porinterde majo de 208 a la Canidad de $105.414056 (centocinco millones cuatro$105.414056 (centocinco millones cuatroencon de ade ande mutuo o mutuos señalada, Con posterioriad a dicho plazo, y. partir del primer día delsextoaño deservicio dela deuda, elsaldoresidualdel doresidualdel doresidualdel PORRESOLUCIÓNDEL Juzgado de Familia de Limache, en causa RIT 5712024, sobrelmpugnación de Paternidad y Redamación de Fliación No Matrimonial, se ha rdenadonotfcar por este medio Sergio Enrique Faúndez Mini, cédula deidentidadN*20.478.802-2, que debe comparecer alServidoMédicoLegal de Valparaiso, ubiado en calle Orella N*954, de dicha ciudad, eldía09deseptiembrede2025, a las 10930 horas, para lar 10930 horas, para lar EXTRACTO. 5*JUZGADO Civil de Valparalinterest por periodos anualesconforme auna tasa por periodos anualesconforme auna tasa por periodos anualesconforme auna tasa mandamiento de ejecución embargo su contra por la suma total en pesos de $105.414.056. a que equivalen el total de lasUF. 28165341. adeudadas, segúnelvalordelaUF. de$3742687-alda20 de mayode2024, yde conformidad conloindicadeter de cl deserviciodeladeuda, Puestademandaejecutivaencontradedo Cientoscatorce mil dncuenta y seis pesos) ect e E 23 cea cine e Fa MACAFENA DL LAR GUERA 10. o o dp e he REALES, ma ud: cds] en genera talescomo los que guarnecen eldomiclioo moradaeinmuebles delajecutada, que sean de su propiedad y hasta cantidad suficiente, proceciéndoseen odo conforme la ley. Designase depositario "UBICAR AHUGO Hernán González Vidal asergioRené González Vidal para queautoricen cremación de Rosa Amelia Vidal comunicarsecon Óscar González Vidal.
Al Fono 9P43A8I51" POR RESOLUCIÓN DEL JuzgadodeFam) lia de Limache, en causa RIT C-572025, sobre Alimentos, sehaordenado notificar poreste medio a Esteban Alejandro Ros Presmita, la fecha fecha fecha pr bienes que: all utada bajo! utada bajo! utada bajo! so, Prat 779,8 enautos sobreinterdicción por demencia y nombramiento de curador, Rol V-522025, caratulada ÁLVAREZ/, taa audiencia deparientes delarequerida Elena EsterSantander Schavon,C.. 45053385 parael día5 deagostode2025alas 10.00 horas, lacudá del ribudel ribubasevari «clonar spread o margen de puntosporcentualesanuales ala denominada "Tasa Bancaria" paraoperacionesreajustablesa 360días, en adelante "Tasa TAB", según se definen la escritura de mutuo, la que se daporexpresamentereproducida. Sedejó daporexpresamentereproducida. Sedejó daporexpresamentereproducida. Sedejó daporexpresamentereproducida.
Sedejó buen estado, delbtastedo gin doenelcuer másteajustes derivados dela variación de la UnidaddeFomentoeinterees pactados y ds poner sesiga adelante eta ejecución hasta hacerse entero pago a mirepresentado deloadeudado, según oindicado, conreajustesen su caso, intereses y costas. PRIMER OTROSI:Señalo para la traba del em. dades legales, ESCRITO, FOLIO 44: 24 ene102025, NOTIFICACION POR AVISOS.
RESOLUCION, FOLIO 45: 28 enero 2025, Atendidoel mérito delos antecedentes, encontrándoseenel país la ejecutada, Macarena. del Pilar Guerra Torrealba, según da cuendel Pilar Guerra Torrealba, según da cuenProcedimiento Civil, comose pide, practquesenotficaciónporavisos, los que debe: rán los días 1015 del mes enel los días 1015 del mes enel los días 1015 del mes enel los días 1015 del mes enel los días 1015 del mes enel nal.
Secretaria 9). constaenlaescritra demutuoseñalada. bargo todos los bienesquepertenezcanal delante Enlacláusula103 delaescriturademutuo, demandado y qe seansusceptiblesde tal da ia de A0N decret natos TERCER JUZGADO CIVILde ViñadelMar, seconstituyó por la partedeudora hipote medida y especialmente el inmueble de Se hace presente ala parte que deberá encausa rolV3172021, caratulada Nava caafavordeBanco: «Chile, sobre lapart inscrito «ocurrir al Servicio Médico Legal de Yal rro/Hernández, por sentencia del16 de elinmueble señalado enel mismocontra afojas 25.540 número 37514 del Registro paraísoeldiayhoraseñalada portandosu agostode2022, seconcedió conbeneficio to, afindegarantizarias obligacionesdela dePropiedad deaño 2021 del Conservador cédula deridentidad laque debeetaren inventario posesión eectvadelosbieparte deudora paaconel nc Sntan deslenesfales de Sin SEGUNDO OTRO, nesquedadosalfalleci donGui derchi turademuWS tener pr calar encimercionimas leo acia tonada: (es dicdaraccinbarescauacaer =p cememdado coma deposito de antelación. Limache, 27 de junio de 2025. Luis Araya Quero. Ministro de Fe. 2025. Luis Araya Quero. Ministro de Fe. 2025. Luis Araya Quero. Ministro de Fe. 2025. Luis Araya Quero. Ministro de Fe. 2025. Luis Araya Quero. Ministro de Fe. Se pactó que cada cuota mensual deberá ser pagada endinero, porel valor deberá ser pagada endinero, porel valor provisorio, bajosuresponsabilidad legal, cviy penal. TERCER OTROSI:Ruegoa WS, teWS, teDiario Oficial y portresveces enel DiaioEl Mercuriode Valparaíso. Pradtíquese requefimiento de pago, por receptor alquinto día Hábildespués delaúltima notificación, alas 9:00 horas, en la Secretaría del Tribunal. Confeccióneseextracto porlaSra. secretariadel Tribunal. Secretaria. riadel Tribunal. Secretaria. I5deabril de 2025, y! quecitaa audiencia preparatoria acelebrarseeldía 02deseptiembrede 2025,21 a509.00 horas, alaque deberá comparecer personalmente en dependencias de este Juzgado ubicado en Echaurren 560, Limache. La audienciase celebrará on las partesque asistan, afectándole ala que noconcurra todaslasresoluciones quese ditenen ela sinnecesidad deulteriornotificación, conformealo dispuesto en elartículo59 dela Ley19968. Atendidolo dispuesto enlosartículos18y 58 de la Ley19968 lapartedemandada deberácomparecer con abogadoy deberácontestarlademanda pores¿ rito con alo menos cinco das deantici pacióna la fecha de realización dela audencia. Limache, 14 de julio de 2025, Luis Araya Quero. Minstro de Fe. Araya Quero. Minstro de Fe.. EXTRACTOS: clasificados 1611 EXTRACTO.
EL3* Juzgado Cv de Viñadel Mar. rolV-672023, caratulado "HUERTA", porsentencia definitiva de 4 de julio de 2025, ha declarado interdicción definitiva por demencia de doña MARIA OLGA ViLLABLANCA CERDA, cédula nacional de identidad número 342492533, domicliadaen Diego de Almagro23-8, Recreo Alto, comunade Viña del Mar, quedando pivaade laadministación de susbienes. EXTRACTO: PRIMER JUZGADO CIVIL DE VALPARAÍSO, ROL V-272025materia: nterdiccióny nombramiento decurador, caratulada "CAPETILLO". sentencia defi vafecha 1106-2025, dedara interdicción por demenciaa LUCIANO ALFONSO ESCOBAR ESCOBAR, cédula de identidad 12.624.007-4, quedando privado dela administración desus bienes. Se designa urador general definitiva a VERÓNICA GRICEL CAPETILLO ESCOBAR, cédula de identidad N8.164.282 -6. Secretaría. Judiciales Judiciales Judiciales Judiciales JUZGADO LETRAS LA Calera, en causa.
RitiV-108-2023, concedió posesiónefectiva de laherenci testada de doña HortensíadelCarmen Silva Cabrera, viuda, la: bores de casa, cédula de identidad N* 3967227, con último domicilio en calle Exequiel GonzálezN' 364, La Calera, encalidad deherederouniversaltestamentario a suahijado don Pedro Antonio Eduardo Mella Yaite, cédula de identidad N* 8.025560-8, domiciliado para estos efectosencalleCarrera N*1858, LaCalera, ya doña Ada Helen Yaite Sia, actualmente fallecida, cedula de identidad _N* 4,004.183 -4, en caldad de asignataria de los bienes muebles de la causante, enla formay condiciones establecidasencltestamento, sn perjuicio de otros herederos deigualo mejor derecho. deigualo mejor derecho. deigualo mejor derecho. EXTRACTO.
JUZGADO LETRAS La Ligua, 'causacivilROIC:2702085, mediante reso" lución defecha 14demayo de2025,5 eordenó notificar requerir de pago poravisosa Cristian Bernardo Olivares Olmos, RUTI6260745-6, deconformidadconan. 54 Código Procedimiento Civil, debiendo la parte demandada, en su primera gestión judicial, designar domiciio conocido dentro dela jurisdicción del Tribunal de conformidad art. 49 bajo apercibimiento deprocedersedeconformidad lo dispone art. 53,ambos delPC.
Se requiere depagoaldemandado, para para efectosdepagaral Banco Del EstadoDe Chile, oaquien sus derechos represente, la suma de $7781.569, más la comisión legal del 100 Bb anvalsobreelsaldo delcapita garantizado porel Fondode Garantia para Pequeños Empresarios (FOGAPE), másintereses pactados ycostasdelacausa. Conformelo dispuesto art. 443N"1C PC. debe presen tarse el ejecutado, l quinto día después delaúltima notificación, alas10:00 horas, ante ministro de Feel Tribunal, en calle Esmeralda N*650. La Ligua, a efectos de practicarse elrequerimiento de pago, baJoapercibimiento que. denoconcurrirala citación, sehará de inmediato y sín más trámite el embargo de blenes suficientes.
Demanda ejecutiva, comparece Claudio Felipe Altamirano Rodríguez, abogad mandatario judicial en representación «convencionaldeBanco De Estado DeChi[e, empresa autónoma de créditos del Estado, quien presente demanda de cobro depagarécontra Cisian Bernardo Olvares Olmos, con domicilio en LOS Molinos Sitio Cabildo.
Título auyo cobro sepersigueenautos corresponde pagarésuscitoporlasumade$9.254.493. por concepto de capital, más un interés del1,0500% mensual, que el deudor se obligóa pagar en36 cuotas mensuales iguales y sucesivas, porlassumas yen ls fechas que sein dican enelcalendario de pago que elpropiopagare contempla y quedamos porreproducido en suintegridad.
Seestableció enelpagaréqueen caso de moraosimple retardo en el ago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde elincumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según astasas que rijan duranteelretardo, in perjuicio delosdemásderechos delacreedor quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad dela deuda comosi fuese deplazovencido enel casodeno pagodecualquiera delas cuotasen quesedividiól obligación.
El deudor se obligó a pagar la comisión legal del 1.00% anual sobre el capital garantizado quel Banco delEstado de Chilerecauda parael Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE) el cual cauciona l crédito con unatasa degarantiade80 WedelsaldocapitalEsdelcaso señalar que eldeudorha dejado de pagar desdelacuotaconvencidejado de pagar desdelacuotaconvencidejado de pagar desdelacuotaconvencimientoal día5 denoviembre de 2024, inlusive, ytodas as posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacerexijblelatotalidad dela deuda, demandando lasuma de $ 7781669. más los intereses pactados devengados y los quesedevenguen hastael completo pago de ladeuda más la comisión legalde11,00 anual sobreel saldo delcapitalgaranti zadopor el Fondo de Garantía para PequeBos Empresarios (FOGAPE), máslas costas de esta causa.
Por Tanto, de acuerdo alo expuesto, documentos acompañados, ya lo dispuesto en elartículo98 y siguientes ley 18,092, artículos 254,434 N*4 ysi.. ydemásnormaspertiner por interpuesta demandaejecutiva encontra Cristian Ber nardo Olivares Olmos, ya individualizado, enlacalidad yaindicada, admita atratación y ordenar se despache mandamiento deejecución y embargo ensucontra porlasuma de $ 7781669, máslacomisión legal del 1.00% anual sobre el sab do del capita garantizado porel Fondo de Garantía ara Pequeños Empresarios (FOGAPE), más intereses pactados y cotas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta quea mirepresentada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condenaen costas. Tribunal proveyó:La Ligua, 26 febrero 2025. lo principal: Despáchese.
Al primer otrost Téngase por acompañado el pagaré, bajo apercibimiento del artículo 346N'*3 del Código de Procedimiento Gil Encuanto ala custodía: Noha lugar al hhaberse acompañado atravésde! 20.1 Y.conforme lo dispuesto enelartículo 6 dela Ley N*20.886. Alegundo otrosi: Téngase presente, Altercer tros: Téngase presente y por acompañadapersonería concitación. lauartootrosi: Téngase presente; notifiquense las resoluciones ditadasen el presente proceso, incluyendo lasreferidas en elartículo 48delCódigo de Procedimiento Civil, mediantecorreo electrónico. Al quinto otrosí: Téngase presente. Cuantía: $78.669.
Mandamiento DeEmbargo, de fecha 261ebrero 2025 Un Ministro de Ferequeriráde pago a Cristian Bemardo Olivares Olmos, con domidlio en LosMolns, SiioN*9, Cabdo, para que en el acto desu requet miento pague a Banco Del Estado De Chle, o aquien sus derechos represente, la Suma de$7781.669, máslacomisión legal del1,00% anual sobre el saldo delcapitl garantizado por el Fondo de Garantía paraPequeños Empresarios (FOGAPE), más raPequeños Empresarios (FOGAPE), más raPequeños Empresarios (FOGAPE), más raPequeños Empresarios (FOGAPE), más raPequeños Empresarios (FOGAPE), más raPequeños Empresarios (FOGAPE), más raPequeños Empresarios (FOGAPE), más 1906-2024, comparece Claudio Felipe AtamiranoRodriguez, en representación de Banco Del Estado DeChile, empresaautónoma de créditos del Estado, quien presentedemandadecobro de pagarécontra MOVITIERRA T8V Spa. representada le galmente por Javier Alonso Tobar EspinoZa, y encalidad deavalista y codeudor solidaro, Javier Alonso Tobar Espinoza, amboscon domicilioen 27 De Abril, ote 32, Laligua Y Entacienda Los AngelesSn, Cabildo.
Título cuyo cobro se persigue en autos corresponde a pagaré suscrito porla suma de$25.204 :637, por conceptodecaPital, más un interés del 1,3706 mensual, queeldeudorse obligóa pagar enóOcuotas mensuales y sucesivas de $ 650.032, ada una, salvo la última cuota de $ 650074, todasconvencimiento los días 5 'decadames venciendola primerade elas el día deabrildelaño 2022.
Se establecióen el pagaré que en aso de mora o simpleretardo enel pago de cualesquiera delascuotas pactadas, deudor estáobigadoapagar. desdeel incumplimiento. intereses penales equivalentes al máximo convendonalsegúnlastasas querian durante retardo, sin perjuicio delos demás derechos delacreedor, quedando facultadoel Banco del Estado de Chile para hacer exigiblela totalidad dela deuda comosi fuese deplazovencido enelcasodeno pago decualquierade las uotasen quesedvidióla obligación.
El deudor se obligó a pagarla comisión legal del 2,00 % anual sobre el capital garantizado que el Banco delEstado deChilerecauda parael Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE) el cual caucionael crédito con Una tasa de garantía de 80% delsaldo capital.
Por Tanto, de acuerdoa loexpuesto, documentos acompañados y alo dspuestoenelartículo 98 y iguientesley 18.092, artículos 254,434 N* 4 y siguientes del Cy demás normas pertinentes ASS erporinterpuestademanda ejeVa nc MONMIERRA TO pa e presentada legalmente por Javier Alonso Tobar Espinozay en contrade Javier Alonso Tobar Espinoza, en calidades ya indicadas, admita a tramitación y ordenarse despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $15959.156, más la comisión legal del 200% amualsobre el saldodelcapilgarantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), másintereses pactados costas, requerirde pagoal deudor, y disponersesiga adelante estaejecución hastaque ami representaestaejecución hastaque ami representaestaejecución hastaque ami representaestaejecución hastaque ami representaestaejecución hastaque ami representaintereses pactados y cos causa.
No verficadoel pago enelactodesurequerimiento, el Ministro de Fe encargado de la diligencia rocederáa trabar embargosobretodosaquells bienes de dominiodel deudor, como toda clase de bienes muebles que guarnecen en la oficinasy/ocasahabitacióndela demandada, bienesraices vehículos motorizados, cuentas correntesbancarias y todo otro bien queles, pertenezca, en cantidad sufcentepara el pago de la deuda con sus intereses y costas Se designa depositario provisional de los bienes quese embarguen, al propio ejecutado, bajo suresponsablidad legal. EXTRACTO.
JUZGADO LETRAS La Ligua, causa cvi RolC-19062024, alaqueseencuentra acumulada causa civil RoICA9072024 de este Juzgadodeletras, mediante resolución de fecha 5de mayo de 2025 se ordenó notificar y requerir de pago por avisos a MOVITIERRA T8V Spa, RUT 77287208-9, representada legalmente porJavier Tobar Espinoza, como deudor principal, ya don Javier Alonso Tobar Espinoza, RUT 16.309.335-9, como aval y codeudor solidario, de conformidad l estableceelartículo 54 del Código deProcedi miento Civi, debiendo la parte demanda: da, ensu primera gestión judicial, designar domicilio conocido dentro de ljurisdiccióndelTibunalde conformidadalartícu1049, bajo apercibimiento de procederse de conformidad lo dispone elartíulo 53, ambosdel PC.
Serequiere de pagoa los demandados, para efectos de pagar al Banco Del Estado De Chile, o aquien sus derechos represente, la suma de $34.892439, más la comisión legal del 200%anual sobre elsaldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más intereses pactados que correspondan, con costas.
Conformelo dispuesto enelarticu1043N*1 del ódigode Procedimiento + vil debe presentarse, la parte ejecutada, alquinto díadespués delaúltima notífcación, alas10.00 horas, anteministrodeFe delTribunal encalle Esmeralda N*650, La Ligua, a efectos de practicarse el requeri miento de pago, bajo apercibimiento que, denoconcurrir alacitación se harádeinmediato ysin más trámite el embargo de bienessufiientes. Demanda ejecutiva Cbienessufiientes. Demanda ejecutiva Croy cum] adeudado, con expresa condena en costas. Tribunal proveyó: LaLigua, ¿Odiciembre 2024. lo principal: Despáchese. Al primerotros Téngase por acompañaoel documento, para efectos de lo dispuesto enel artículo 255 dl Código de ProcedímientoCilbajo apercibimiento legal del artículo 346 N'3 del mismo cuerpollegal. Encuantoa lacustodia:No hallugar, alhaberse acompañado a través dela 0JW. «conformello dispuesto en elartículo 6 de laLeyN'20886. Alsegundootrosí:Téngasepresente. Altercer otosí Téngase presente ypor acompañada, con citación. Al cuarto y quinto otro : Téngase presente patrocinioy poder conferido y por incorporado alsistema SITO notifíquense las resoluciones dictadas en el presente proceso, incluyendolasreferidasen elartí 1048 del Código de Procedimiento Civil, mediante correo electrónico. Cuanti $15959.156. Mandamiento De Embargo, defecha 30 diciembre 2024. Un Ministro de Fe requerirá de pago a MOVITIERRA TV Spa, representadalegalmente por Javier Tobar Espinoza, como deudor principal, ya Javier Alonso Tobar Espinoza, comoavalycodeudor solidario, todosdomiliadosen27De Abril Lote 32.
ComunaDe Laigua/O En HaciendaLosAngeles S/N, Comuna De Cabildo, paraqueenelacto de surequerimiento paguea Banco Del Etado DeChile o a quienes sus derechos representen, asuma de $15959.156, másla comisión legal del 2,00% anual sobre el saldo delcapital garantizado porel Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más intereses y costas de la causa.
No verificado el pagoeen el acto de surequerimiento, el Ministrode Fe encargado dela diligencia procederá a trabar embargo sobre todos aquellos bienes de dominio del deudor, como todaclasede bienesmuebles que guarnecen en lasof«cinas y/o casa habitación de la demandada, bienes raíces, vehiculos motorizados, cuentas corrientes bancarias y odo otro bien que les pertenezca, encantidadsuficiente paraelpagode la deudacon susintereses y costas. Se designa depositario provisional de los bienes quese embarguen, al propio ejecutado, bajo suresponsabilidadlegal.
Demanda ejecutiva C19072024, comparece Claudio Felipe AltamiraClaudio Felipe AltamiraClaudio Felipe AltamiraClaudio Felipe Altamira"oRodriguez, en representación del BancoDel Estado De Chile, empresa autónomadecréditos del Estado, quien presente demanda de cobro de pagaré contra MOVITIERRA T8V SpA, representada legalmente por Javier Alonso Tobar Espinoza, y encalidad deavalistay codeudor solidario aver Alonso Tobar Espinoza, ambos do: imiúliosen 27 DeAbrl Lote 32, La Ligua Y EnHacendaLos Angeles, Cabildo.
TíuJocuyocobrose persigue enautos corres, ponde a pagaré suscrito porla suma de $ 20.164.315. por concepto de capital más. úuninterés del0.99% mensual, que eldeudor se obligó a pagaren 47 cuotas mensualesy sucesivas de$551933. -cada una, salvo la última cuota de $ 551917: todas con vencimiento los días 5de cada mes, venciendola primera de ellas el día de mayodelaño 2024.
Se establecióenelpagaré que en caso de mora o simple retardo enel pago de cualesquiera delas otaspactadas, eldeudorestá obligado apagar, desdeelincumplimiento, intereses peales equivalentes al máximo convencionalsegúnlastasasquerijan durante elretardo, sin erjuido delos demás derechos delacreedor, quedando facultado el Bancodel Estado de Chile para hacer exigible latotalidad dela deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de lascuotas enque se dividió la obligación. E deudor se obligó a pagar tacomisiónlegaldel1,00%anualsobre el capitalgarantizadoque elBanco del Estado de Chile recauda parael Fondo de GarantíaparaPequeños Empresarios(FOGAPE), elcualcaucionaelcréditocon unatasa de garantía de 80% del saldo capita. PorTanto, deacuerdo aloexpuesto, documentosacompañados y alodispuestoen elartículo 98ysiguientes dela ley 18.092, artculos254,434 N'a ysiguentesdelCódigo de Procedimiento Civil, y demás norÍmaspertinentes.
ASS, PIDO:tener porínterpuesta demanda ejecutivaen contra MOVIMERRATEW SpA, representada legal mentepordon(fa) Javier Alonso Tobar Espinoza yencontradedlonJavier Alonso TobarEspinoza, ya indWvidualzado(s). enta(s) calidades ya indicadals) admita tramitación y ordenar se despache mandamiento deejecución yembargo ensucontra pora suma de$1833.283 ,, másla comisión legal del 1,00% anualsobreel saldodelcapital garantizado porel Fondo saldodelcapital garantizado porel Fondo saldodelcapital garantizado porel Fondo saldodelcapital garantizado porel Fondo deGarantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más intereses pactados y costas, requerirde pago al deudor ydisponer. sesigaadelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago deloadeudado, con expresacondena encostas. Tribunal proveyó: La Ligua, 30 diciembre 2024. Alo principal: Despáchese. Al primerotrosiTéngase por acompañado el documento, para efectos delodispuesto enelartículo255delCódgo de Procedimiento Civil; ajo apercibi mientolegal del artículo 346 N'3delmis mocuerpolegal. Alsegundoy quinto otrosi: Téngase presente, Al tercerotrosi Ténase presente y por acompañada perso nería, con citación. Al cuarto otrosí: Téngasepresente; notifíquese la resolucio nesdictadasenel presente proceso, inclu yendo las referidas enel artículo 48 del Códigode Procedimiento Civil, mediante correoelectrónico. Cuantía: $18933.283, Mandamiento De Embargo, de fecha 30 diciembre 2024.
Un Ministro de Fe requerirá depagoa MOVITIERRA T8VSPA. ensu calidadde deudora principal, representadalegalmente por Javier Alonso TobarEspinoza, ya Javier Alonso Tobar Espinoza, en sucalidadde avalsta, fiador y codeudorsolidario, ambos con domicilio en calle27 De Abril, Lote 32, Comuna De La Li gua Y/O En Hacienda Los Angeles Sn, Co munaDeCabildo, paraqueenelactodesu requerimiento pague a Banco Del Estado Dechile, oa quiensus derechos represente. lasuma de $18933.283, más la omisión legal del 1.00% anual Sobre el saldo delcapial garantizado por el FondodeGarantía ara Pequeños Empresarios (FOGAPE), másintereses pactados y costas dela causa.
No verificado el pago en elacto de surequerimiento, el MinistrodeFe encargado dela diligencia procederá atrabar embargo sobre todos aquellos bienes de dominio del deudor, como todaclase de bienesmuebles que guamecen en lasof dinas y/o casa habitación de la demandada, bienes raices vehículos motorizados, cuentas corrientes bancarias y todo otro bien queles pertenezca, encantidadsuf ciente paraelpago dela deuda consusintereses y costas. Se designa depositario provisional de los bienes quese embarguenaal propio ejecutado, bajo suresponsabilidad legal. sabilidad legal. JUZGADO DE LETRAS de Casablanca, bi ¿ ado en Avenida Diego Portales N*542, tercer Piso, comunade Casablanca, RolC2186-2024, caratulado"Banco SantanderChile S.
A/Venegas Arques", haordenado notificar por avisos gestión preparatoria dedesposeimiento y resolucionesextractadas: Andrés Silva Charpentier abogado, representación Banco Santander Chile, interpone gestión preparatoria de notif «ación del desposeimiento de la finca hi potecadacontra Carolina Alejandra Venegas Arques, empleada, ignora domicilio.
Señala que Banco Santander Chile es acreedor de Pablo Andrés Márquez Marehant, porlos siguientes créditos docu: mentados:() Mutuo Op. 500003951831: Por escritura pública fecha 28 de diciembre de 2010, otorgada en Notaría de Santiago de Iván Torrealba Acevedo, Banco Santander-Chiledio enmutuoa Pablo An¿ tés Márquez Marchant, la cantidad de 2310 UF, que éstese obligó pagar, conjuntamente con los intereses, en el plazo. de180 meses, a contar deldíauno del mes. siguienteal dela fecha della presente es«tura, por medio de igual número de d+ videndos o cuotas mensuales, vencidas y sucesivas de 12070 Unidades de Fomento.
Este mutuo devengaría una tasa de interés del 39306 anual Deudor dejóde pagar lascuotas deabril de 2023 las siguientes, razón porlacual el acreedor hizo exigible saldo adeudado ante el 18? Juzgado Civil deSantiago, causa Rol (0134-2023, que asciende a 5475622 Unidades deFomento, másintereses penales ya descrtos, con costas. (iD Postergación Op. 50000876590: Por escrtura pública de fecha 03 dejunio de 2020, otorgada ante Notario Público don Felipe Leiva llabaca, parte deudora y Banco Santander Chile, acordaron postergar el ago de 3 cuotas ¿ elcréditohipotecaro, descito precede temente, postergando el pago de lassiguientes trescuotas del crédito hipotecario, considerando en lla las cuotasimpagas, debiendo comenzar a pagarse mensual y sucesivamente parti del mes si guiente deltérmino del plazo originalmentepactado. Envirtud del ejercicio de esta opción de prórroga, elultimodividendo se deberá pagar enel mesdeabrilaño 2026.
Es del aso SS. que habiendo apartedewdora dejado de pagar lasobligaciones sefaladasenelNidelapresenteacción, rafaladasenelNidelapresenteacción, ra. - - - - EXTRACTOS: clasificados 1611 z26n por lacual, acreedor hizo exigible saldo adeudado ante el 18'JuzgadoCivi deSantiago, causa Rol C20134-2023 por lasumaeguivalente en pesos, moneda de curso legal de 53,6797 Unidades de Fomento, más intereses penales yadescrtos hasta la fecha del pago efectivo, con costas. ) Posergación Op. 50001034484 Porescrtura pública defecha20 de agostode2020, otorgadaante Notario Público don Francisco Javier Leiva Carvajal, parte deudora y Banco Santandes Chil, acordaron postergar el pago de 3cuotas del crédito hipotecario, descrito precedentemente, postergando el pago de lassiguientes tres cuotas del crédito hipotecario, considerando enellalas cuotas impagas, debiendo comenzara pagarse mensual y sucesivamente apartir del mes siguiente Judiciales Judiciales Iicitaordenarsenotfique y requieraa doa Carolina Alejandra Venegas Arques, en su calidad de tercera poseedora del 50% de derechos sobre finca hipotecada, a objetoquedentrodel plazo de10 días desdeel requerimiento, consigne en a uenta corriente del Tribunal y alaorden de Banco Santander Chil, a suma equivalenteen pesos, moneda de cursolegal de 654,855 Unidades de Fomento, ensuequi valente en pesos al día del pago efectivo, quea modo meramenteejemplar al21 de junio de 2024 equivalen a la suma de $24.582.019-, más la suma de $25291934. :: más losintereses penales ya descritos, ordenandose siga adelante consta ejecución hasta hacer amirepresentado entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas, 19 Otrosi, AcompaFadocumentos ysolicit custodia. 2*Otrosi, solctud que india. 3*Otrosi, se ofi, 40 OtrosÍ, patrocinio poder. 22 de octu40 OtrosÍ, patrocinio poder. 22 de octu40 OtrosÍ, patrocinio poder. 22 de octudeberá rendir caució al 100 del preciomínimo fijado paralasubasta.
El Banco ejecutante quedaráautorizado para hacer posturasenelrematey adjudicarse el inmueble con cargo, tey adjudicarse el inmueble con cargo, tey adjudicarse el inmueble con cargo, cerconsignación alguna, (4) La caución podrá ser consignada únicamente de Una delassiguientes formas: a) Mediantevale vista ala orden del tribunal, entregadoenlasecretaría;b) Mediante depésitoenta cuenta corrientedeltribunal, útlizando al efect el cupón de pago del Banco Estado, bajo lossiguientes datos: "Primer Juzgado dl Letras de Los Andes.
Cuenta Corriente Banco del Estado N* 22500051829 -R.U. 61918.0003 (Para obtener cupón de pago ingresar a: http/reca pjud. cl/RECAWEB). (5) No se http/reca pjud. cl/RECAWEB). (5) No se conall 48hrs. deanilación ala audiencia remate, en la forma establecida en el artículo 6 delacta 263-2021, esto es, mediante el módulo especialmente establecido al módulo especialmente establecido al úmerotelefónico parael casoenquese requiera contactarlo durante lasubasta.
Para efectos de dar cumplimiento al deberde consulta previstoen elartículo 29 dela Ley21389, quecreael Registro Nacional de Deudores de Pensiones de mentos, todo postor deber remitir uncorreoelectrónicojI21 ), en ), en ), en ejecut rá autorizado para ha. cer posturas en el remate y adjudicarse elinmueblecon cargo, sin necesidad de depositar caución o hacer consignación alguna. (4) Lacaución podrá ser consignada únicamente de una delas siguientesformas:a)Mediantevalevista alaortariasb) rio. Remate se llevará a cabo por plataforma zoom. Datos conexió ia 7UINRDOJXDM6C8QUI6ÍE3 een OderEInON DOS 22097 igo de acceso: 423680.
Demás bases, instrucciones para videoconferencia y instrucciones para videoconferencia y instrucciones para videoconferencia y instrucciones para videoconferencia y instrucciones para videoconferencia y instrucciones para videoconferencia y instrucciones para videoconferencia y instrucciones para videoconferencia y instrucciones para videoconferencia y den deltribunal, entregado enla secre antecedentes, Secretaría Tribunal. depósitoenlacuenta corriente del tribunal, utilizandoal efec 28*JUZGADO CIVIL Santiago, Huértatoel cupónde pago del Banco Estado, nos1409,140Piso, serematará medianbajolossiguientes datos;-Primer Juzgado del Letras deLos Andes. -CuentaCorriente Banco del Estado N' 22500051829-R.
UT.61918.0003 (Para obtener cupón de pago ingresar a: http/reca. pjud. cl/RECAWEB). (5) No se http/reca. pjud. cl/RECAWEB). (5) No se la oportunidad en la que acompaña el comprobante decaución individualizar comprobante decaución individualizar admitirán transfe= rencias electrónicas de fondos. (6) El Comorobantedeconsgnació elacare e deltérmino del pl pac tado. Envirtud delejericio deesta opción de prórroga, elultimo dividendose deberápagarenelmesdejuloaño2026.
Esdel ¿ aso SS. que habiendo la parte deudora dejado de pagar las obligaciones señaladasen ell del presente acción, razón por lacual acreedor hizo exiibleel saldo adeudadoanteel18* Juzgado Civil de Santiago, causa RolG20134-2023porlasuma equivalenteen pesos, moneda decursoegal de53.6131 Unidades de Fomento, más los intereses penales ya deseritoshastala fechadelpagoefectivo, con costas. v)Pagaré Op. NY6SO0ASS9IBIO, suscrito con fecha 27 de mayo de2024, porla sumade $10.264.648. -por concepto decapial, pagadero eldía 3 de mayo de 2024. El capitaladeudado devengara desdeel momentodela moray hastalafechadesu integra restitución o pago efectivo, el máximo interés quela ley permita estipulr paraestetipo de operaciones.
EsdelcasoSS. que la parte deudora no pagóel monto adewdado, razón porla cual, acreedorhizo exi gible el saldo adeudado ante el 22 Juzga¿ do Civil de Santiago causa Rol C105432024, que asciende a$10.264.648. más losintereses penalesy pactados ya descítoshastalafechadel pago efectivo. (1) Pagaré Op.
N0650045591829, suscrito con fecha 27 de mayo de2024, porla sumade $3907584. por concepto de capital, pabrede2024: : "Por iniiadagestión preparatoria que india, notifíquese al poseedor para que dentro del plazo de J0 días paguela deuda oabandonelapropiedad hipotecada de conformidad conlo prevenidoend artículo 758 del Código de Procedimiento Cil. Alprimerotrosi:Téngaseporacompañadodocumentos conc tación. Al segundo otros Comose pide, lanotifcación señalada. Al ercer orosk Como se pide, olíiese en lostérminos soTctados. Alauartootros* Téngase presente.
Previostrámites legales, medianteresolución fecha 11 de abr de 2025, seresuelve:"Atendidol mérito delos antecedentes y habiéndose diligenciado sin resultadopostivo la notificacióndeldemandado Carolina Alejandra Venegas Arques. enlasdirecciones proporcionadas oras insluciones ficadas, comoconsiaenauinsluciones ficadas, comoconsiaenauinsluciones ficadas, comoconsiaenauinsluciones ficadas, comoconsiaenauinsluciones ficadas, comoconsiaenaución debeserac italy legible hastalas 12:001w5. hábil anterioral del remate, me correo electrónico ala dirección ¡ Ilosandes rematesarpjud. cl, indicando la individualización del postor, el ol de la causa, su correo electrónico y número telefónico. (7) PrevioalrematelaSra. Se«retariadelTribunal oquien lasubrogue certificarálos postores que, habiendo cumplido con losrequisitosseñalados, pueden participar en elmismo. (8)El ta deremate deberáser suscrita porel adjudicatarioa más tardardentrodeter cero día de realizado, mediante fima electrónicasimple oavarzada.
Paraello, todo interesado debe contar con Clave Únicadel Estado, siendo desu exclusiva responsabilidad el cumplimiento detal paga. ) Aresormeadialearo que paga. ) Aresormeadialearo que paga. ) Aresormeadialearo que paga. ) Aresormeadialearo que tos, c enelartículo 54 del Código de Procedimiento ivil Atendidoqueel portal "Diario Públicos. ylegales" no cuenta con la periodicidad y publicidad necesaria para dar cumplimiento auna notificación efectiva, no ha lugar. Notifíqueseal demandadoyareferidopormedio detresavisos publicados en dopormedio detresavisos publicados en ¡ caución «cupón de pago delBanco Estados lerestur rá su garantía dentro del plazo de qui ce días hábiles, mediante cheque nominativo.
Para los postores que hayan pa gadosu caución mediante vale vista, su devolciónseefeciará acotar dl mis dl mis sec Put, oficio, domiclioy, señalar además, si participa: raen el remate con el fin de adjudicarse parasio para un tercero, en este último. caso deber consignar el nombre, rut, profesión uoficio y domicilio deltercero. (5) El díaanterior al remate el Sr. Secretario del Tribunal o quien lo-subroguedeberá efectuar laconsulta de conformi dadconlodispuestoenel Artículo 29iniso quinto de la Ley 21.389 y certificar quienes son las personas que habiendocumplidocontos requisitosseñalados precedentemente pueden participaren el remate.
Enel evento de constatarse que el postor ola persona en cuyo nombrese participaráenlasubasta, el ejecutante que haya manifestado su opción de participar en el remate, se encuende participar en el remate, se encuende participar en el remate, se encuenadmitirán transferencias electrónicas de fondos. (6) El comprobante de consignación delacau: ción debeser acompañado en forma di gitaly legible, hastalas 1200hrs. del día hábil anterioral del remate, mediante correo electrónico a la dirección jllosandes rematespjud. cl, indicando la individualización del postor, el Rol dela Esa, coreo electónico ynúmero Esa, coreo electónico ynúmero tevideo conferencia porla plataforma 00M, el23 de septiembre de 2025, alas 18:30 horas, el nmueble ubicado en calle doce defebrero N 606 (seiscientos seisihoy No 74 (rescentos setenta y. El. El 468 vuelta N0723 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raices de Limache, correspondiente al año 1984.
Mínimo para iniciar las posturas ascenderá ala suma equivalente en pesosala fecha dela subasta, de 1321353 Unidades de Fomento conformea latasaciónpericia, Toda personaque desee participar dela subasta deberá rendir participar dela subasta deberá rendir telefónico. (7) Pre deladadel trbunaloquenlasubrogse certificará los postores que, habiendo cumplido con los requisitos señalados, pueden participar en el mismo. (8) Elacta deremate deberá ser suscrita por el adjudicatario a más tardar dentro detercero día de realizado, mediante firma electrónicasimple oavarzada.
Para. ello, todointeresado debe contar con Clave ÚnicadelEsado. sendo de sueca lic e letal letal letal letal trancon vigente en calidad de deudoro enel Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos, no se admitirásu participación en elremate, en los términos establecidos en el artículo 29 dela Ley21.389.6)Elactader carga. (9) Al postorno adjudicatario, que haya pagadosu caución mediante cupón de pago del Banco Estado, se le restitui: rásu garantía dentro del plazo de quin: ce días hábiles, juenomiCaución 'pormedio: taendosable ala orden del Tribunal, por 110% del mínimo para iniciarlas postuEta la as se imputará al precio del reá efectiva enla forma lecel ino ales deberdacompalar se materialmentea las dependencias del Tribunal el día anterior ala fecha parael remate de 9:00a 12:00 horas. En dicho acto los postores deberán indicar su identidad, ero dela causaen aque participará, su correo electrónico y su número telefónico para contactarlo en caso de sernecesario.
El saldo del precio delasubastadeberá pagarseal contado, dentro de quinto día hábil de efectuada, consignación en lacuentaco: consignación en lacuentaco: consignación en lacuentaco: consignación en lacuentaco: consignación en lacuentaco: consignación en lacuentaco: consignación en lacuentaco: rá suscrita dentro del día delrematemediante firma electrónica simple o avanzada.
Para ello, todo interesado en participar debe contar con Clave Única del Estado. (7) La cauciónrendida Estado. (7) La cauciónrendida Estado. (7) La cauciónrendida eldario El Mercuiode elDiarioOfiilAdjúntese proyecto deextracto para revisión del ministro defedel Tribunal.
La Secretaria. ta. (10) Flejectant deberá acompañar laspublicaciones respectivas al remate hasta las 12:00 hrs, del día hábilanterioral del las 12:00 hrs, del día hábilanterioral del las 12:00 hrs, del día hábilanterioral del las 12:00 hrs, del día hábilanterioral del e ae Elcapitodelamorayhast lafeiadesy integra restitución o pago efectivo, el máximo interés quelaley permita etipular paraestetipo de operaciones.
EsdelcasoSS. que la parte deudora no pagó el monto adeudado, razón porla cual, el acreedor hizo exigible saldo adeudado anteel 2 JuzgadoCiil de Santiagocausa Rol C105432024, queascendea $3907584. -máslos interesespenales y pactados ya descritos hastalafecha del pago efectivo. (v) Paga rÉN0650046218528, suscrito con fecha 27 de mayo de 2024, por la suma de 30 JISI02; por concept decai pala 31 de mayo de 2024. Elcapian documen ode la moray hasta afechadesuintegra restitución o pago efectivo, el máximo interés quela ley permita estipular paraestetipo de operaciones.
Esdelcaso SS. que la parte deudora no pagó el monto adeudado, razón porla cual, el acreedor hizo exigible e saldo adeudado ante el22JuzgadoCiil de Santiago causa Rol C105432024, que asciende a$11.119.02. -máslos. interesespenales y pactados ya descritos hasta a fecha del pagoefectivo. Consta de Taescritua pública y certificado de hipotecas y gravámenes, que se acompañan, 'quedon Pablo Andres Marquez Marchant, constltyó hipoteca en favor de Banco ile. La a a a naa mástardara. a horas. en las bases agre1612 eine Secretaría. REMATE EN JUICIO de Desposeimiento REMATE.
EN JUICIO Ejecutivo, caratuEjecutivo, caratulado "Banco De Chile Con Reinos" RoINOC-1580-2020 del10 Juzgado de Letras de Los Andes, ubicado. encalle Carlos DÍaz NO 46, Los Andes, el día 6 de Agosto de 2025a las 13:30 horas, se llevaráaefectoel remateenconjunto de lassiguientes propiedades: (1 LOTE C del predio denominado Reserva del Fundo San Pablo, ubicado en la CoÍmunade San Esteban, Provincia de Los Andes, individualizado en el plano protocolizado bajo el N*12241 final del Reto de Propiedad del año 1987, acargo del Conservador de Bienes Raices de los Andes, deuna superficie aproximadadenueve hectáreas contreinta y res. milésimos de hectáreas, inscrito a s. 1B23vueltaN*1727 del Registro de Propiedad delaño2015 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, Rol de Avalúo dela Propiedad N 93-, dela Comuna de San Esteban; y (2) Derechos de na de San Esteban; y (2) Derechos de na de San Esteban; y (2) Derechos de lado "Banco DeChile Con Plaza", Rol No C-1458-2024, del20 Juzgado de Letras de Los Andes, ubicado encalleIndependencia N*36, Los Andes, el 8 de Agosto de 2025 alas13:00 horas, selevará aefectol remate en conjunto delos iguientes bienes: 1) LOTE Numero Veintinueve, resultante de la subdivisión del Loteres de la Segunda Sección de la Hijueta El Guindal, ubicada en la Comuna de Calle Larga, Provincia de Los Andes, inscrito a 15.534 vuelta N'605 del Registro de Propiedad delaño 2022 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes.
Rol de AvaIú0N*13296 dela Comuna de Calle Largay2) Derechosdeaprovechamiento de aguas superficiales para uso consuntivo deejerciio permanente ycontinuoconsistentes en cero coma veintisiete cuadrasoaccionesdel Raman Varino del Canal Rinconada, conlos cuales secultiva nal Rinconada, conlos cuales secultiva nal Rinconada, conlos cuales secultiva 'acinco ycuatro acciones o derechos para regar porelRamalLos QuilosdelCanalSan Miguel, con los cualesse cultiva el LOTEC delpredio denominado Reserva del Fundo San Pablo, ubicado en la Comuna de SanEsteban, Provincia de Los Andes, inscrto fs. 123 vuelta, N*188 del Registro. crto fs. 123 vuelta, N*188 del Registro. eMe alas (ac vueltannúmero 769 del año 2009 del Regisrode Hipotecas y Grarámenes del Consenador de Bienes RaícesdeSantiago Casablanca, asimismo, consta queel deudor comvinocon mi mandante, prohibición de gravary enajenarelinmueblehipotecado, ue se encuentra inscrita a fojas 1544 vueltaN'716 correspondiente al año 2009 delRegistrodeInterdcciones yProhibidones de Enajenar del Conservador de Bienes Raices de Casablanca. Eldominioa nombre de la actual demandada se encuentraactualmenteinscrio afojas1.848 102.301 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca, correspondiente alaño 2009.
En consecuencia, as obligacionesasumicas porel deudor don Pablo Andres Marquez Marchantantes escitas nofueron paga escitas nofueron paga escitas nofueron paga escitas nofueron paga nose encuentra prescrta y con el do dehacerefectvoelpago dela hipotecaen lostérminos delosarticulos758 ysiguientes del Código de Procedimiento CvilSotes del Código de Procedimiento CvilSode Propiedad de Aguas del año 2015 del Conservador de Bienes RaicesdeLos Andes.
Mínimo en conjunto para ambas propiedades, para comenzar las posturasserála cantidadde$568.016.389. -El preciotota delaadudiacióndebeáser pagadoal contado medianteValeVistaa laorden el tribunalo Cupón dePagodel Banco Estado ala cuenta corriente banCaria del Tribunal, a más tardar dentro del quinto da hábil contado desde la fechadelremate.
Paraparticipar ensubasta interesados deberán rendir caución porvalor equivalente al 10% del mínimo. para las posturas y cumplir conlasinstrucciones que se detallan a continuación: (1)Elremate se realizará mediante videoconferencia, atravésdela plataforima Zoom, por lo queas partes deberán contarconun dispositivo electrónico que cuente con cámara, micrófono y la apli cación Zoom. (2) En caso de experimentar problemas técnicosel día dela audencia, las partes podrán comunicarse con el tribunal a través del teléfono 342421150. (3) Todo postor para tener derecho hacer posturas en la subasta en la subasta en la subasta en la subasta gunda Sección de la Hijuela El Guindal, úbicada en la Comuna de Calle Larga, Provincia de Los Andes, inscrito as. 72 1N*75 del Registro de Propiedad de aguas delaño2022 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Mínimo para comenzaras posturas será la cantidad de $32028.560.
Para participar en subasta interesados deberán rendir caución por valorequivalenteal 109% del mín ralas posturas y cumplir con las instruc«cionesquesedetallan acontinuación: (1 Elremateserá realizado mediante video conferencia, a través de plataforma 200m, por loque laspartesdeberáncontar con un dispositivo electrónico que cuente con cámara, micrófono y la apli cación Zoom¿ 2) En caso de experimentarproblemas técnicos el día dela audiencia, las partes podrán comunicarse con el tribunal a través del teléfono 3424219310. correoelectrónicojl2losandesapjud.d. (3) La caución fiada deberá ser consignada en la cuenta corrientede este Tribunal, mediantedepósito en caja con cupón de pago" (No Transferencia Electrónica) bajo los siguientes datos: -Segundo Juzgado del Letras de Los Andes, -Cuenta Corriente Banco del Estado N* 22500056405 R. 1.60.305.014 -2 para obtener cupón de pago ingresar a: http://reca.piud.cl/RECAWEB/ (4) El comprobante de consignación de la caución debe te de consignación de la caución debe te de consignación de la caución debe ios, se restituirá en el plazo. de diez días hábiles, através de cheque nombre de la personanatural ojuríiaque conste haya efectuado la consigación enlacuenta corriente del tribunal, según los de depósito yla certficación efectuada por la Ministro de fe, o bien, a nombre de quien acredite en la causatener poder suficiente para representarlo y. enparticular, para percibir. (8) Elretiro del cheque deber coordinarse conta Secretaria del Tribunal conta Secretaria del Tribunal nativo. Paralos postores que hayan pagado sucaución mediante vae Wiz, su devoluciónseefectuará acontar del mismodía enqueseefectuólasubasta. (10) Elejecutante deberá acompañar las pu blicaciones del ematea más tardar las 12:00 del día hábil previo la subasta. Demás antecedentes en las bases agregadas en lacarpeta. Secretaría. 17 JUZGADO CIVIL Santiago, Huérfa1051409,50 Piso, comuna de Santiago. Rematará presencialmente, 06 agosto 2025, alas 10:30 horas, departamento "1305, bodega N'BS y estacionamientosubterráneoN'0-765, todos EDIFICIO OCÉANO, correspondiente acuartaetaOCÉANO, correspondiente acuartaetarriente del Tribunal. Em ministro de fe certificaráenlacausalasuficienciadela garantía, individualizando al postor, monto ynúmero de valevista, previoala realización del remate. Al postor no adjudicatario sele restituirá su vale vista material y presencialmente, el día siguiente hábilalremate en las dependendias del Tribunal hasta las 12:00 horas. Todo postordeberáteneractivasuclave Única del Estado o firma electrónica avanzada, para la eventual suscripción delactaderemate. Será carga de losinteresados disponer delos elementostecnológicosy conexiónnecesarios. Demás basesyantecedentesen Juicio Ejculivo de + sl sl sl correo electrónico (¡ 2losandestapiud 7812024. Secretaria. Secretaria. Secretaria. Secretaria.. - - - - -