Decreto exento número 281, de 2026.- Modifica Concesión de Servicio intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provea Infraestructura Física para Telecomunicaciones, a la Empresa SBA Torres Chile SpA
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.438 Jueves 30 de Abril de 2026 Página 1 de 2 Normas Particulares CVE 2802978 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA SBA TORRES CHILE SPA Santiago, 17 de abril de 2026. - Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 281 exento.
Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley. c) La resolución N 36 de 2024, de la Contraloría General de la Republica, que fija normas sobre la Exención del Trámite de Toma de Razón. d) El decreto supremo N 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. e) El decreto supremo N 99 de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y sus modificaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones. f) La resolución exenta N 3.774, de 2012, de la Subsecretaría, que aprueba formato de solicitud y modificación de concesión de servicios intermedios de telecomunicación que únicamente proveen infraestructura. g) El decreto supremo N 151 de 2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones.
Considerando: a) Lo solicitado por la interesada mediante Ingreso Subtel Nº 8.086 de 21.01.2026. b) Que la solicitud presentada se refiere a la modificación de elementos de la concesión que, de conformidad a lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 14 de la ley, no importando una alteración de la zona de servicio, de las frecuencias, del ancho de banda o de las potencias máximas ya autorizadas, se instalen sobre infraestructura existente. Decreto: Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, cuyo titular es la empresa SBA Torres Chile SpA, R.U.T.
Nº 76.497.518-9, con domicilio en Carmencita N 25, Oficina N 42, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes: Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2802978 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.438 Jueves 30 de Abril de 2026 Página 2 de 2 1.
Autorízase a la concesionaria para rectificar el tipo de estructura de una (1) torre de telecomunicaciones, destinada a soportar sistemas radiantes, autorizada por el decreto exento N 25 del 2025, según se indica a continuación: Donde dice: Características tipo de soporte Nombre Estructura Altura (m) Capacidad de colocalización Acceso Norte Temuco Autosoportada 48 2 Operadores Debe decir: Características tipo de soporte Nombre Estructura Altura (m) Capacidad de colocalización Acceso Norte Temuco Contraventada 48 2 Operadores Las demás características técnicas no consideradas en la presente solicitud de modificación permanecerán inalterables, de conformidad al Acto autorizatorio, señalado precedentemente. 2. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. 4. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl. Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial. - Por orden del Presidente de la República, Louis de Grange Concha, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento. - Saluda atentamente a Ud., Romina Garrido Iglesias, Subsecretaria de Telecomunicaciones. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2802978 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl