Decreto exento número 261, de 2026.- Modifica concesión de servicio intermedio de telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, a la empresa Inmobiliaria Antyl S.A.
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.428 Sábado 18 de Abril de 2026 Página 1 de 2 Normas Particulares CVE 2797225 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA INMOBILIARIA ANTYL S.A. Santiago, 7 de abril de 2026. - Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 261 exento.
Vistos: a) El decreto ley N 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La Ley N 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley. c) El decreto supremo N 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. d) El decreto supremo N 99, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones. e) El decreto supremo N 62, de 2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión. f) La resolución exenta N 3.774, de 2012, de la Subsecretaría. g) La resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando: a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N 37.636, de 01.04.2025, complementado mediante ingreso Subtel N 28.676, de 09.03.2026. b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto: Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, cuyo titular es la empresa Inmobiliaria Antyl S.A., RUT N 76.079.998-K, con domicilio en Serrano N 14, oficina N 304, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes: 1.
Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar una (1) torre de telecomunicaciones, destinada a soportar sistemas radiantes, según se indica a continuación: Características tipo de soporte Capacidad de Nombre Estructura Altura (m) Código de soporte Colocalización Rosa Agustina Olmué Autosoportada 36 9 Equipos 35282 Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2797225 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.428 Sábado 18 de Abril de 2026 Página 2 de 2 Para la Región: de Valparaíso. Ubicación de torre de telecomunicaciones Coordenadas Geográficas (Datum WGS 84) Nombre Dirección Especificación dirección Comuna Latitud S. Longitud O. Grad. Min. Seg. Grad. Min. Seg.
Ruta F-600 Acceso por Ruta F-600 específicamente 220 Rosa Agustina Fundo El metros al norte del cruce mas cercano, Ruta Olmué 33 0 44,6 71 10 19,8 Olmué Carmen S/N F-600 con Camino Hacienda Ojos Buenos 2.
Los plazos máximos se indican a continuación: Inicio Obras Término Obras Inicio Servicio Observación Todos estos plazos están referidos a la fecha de publicación 2 (meses) 23 (meses) 24 (meses) en el Diario Oficial del presente decreto. 3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. 5. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl. Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial. - Por orden del Presidente de la República, Louis de Grange Concha, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento. - Saluda atentamente a Ud., Romina Garrido Iglesias, Subsecretaria de Telecomunicaciones. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2797225 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl