Decreto exento número 257, de 2026.- Modifica concesión de servicio intermedio de telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, a la empresa Inmobiliaria Antyl S.A.
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.428 Sábado 18 de Abril de 2026 Página 1 de 2 Normas Particulares CVE 2797212 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA INMOBILIARIA ANTYL S.A. Santiago, 7 de abril de 2026. - Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 257 exento.
Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley. c) El decreto supremo N 62, de 2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión. d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. e) El decreto supremo N 99, de 2012, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones. f) La resolución exenta N 3.774, de 2012, de la Subsecretaría. g) La resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la Republica, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando: a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N 97.997, de 02.08.2024, complementado por ingreso Subtel N 137.621, de 25.10.2024. b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto: Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, cuyo titular es la empresa Inmobiliaria Antyl S.A., RUT Nº 76.079.998-K, con domicilio en Serrano N 14, oficina N 304, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes: 1.
Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar una (1) torre de telecomunicaciones, destinada a soportar sistemas radiantes, según se indica a continuación: Características tipo de soporte Nombre Estructura Altura (m) Capacidad de Colocalización Club de Golf Villarrica Torre Autosoportada 42 9 Equipos Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2797212 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.428 Sábado 18 de Abril de 2026 Página 2 de 2 Para la Región de La Araucanía. Ubicación de torre de telecomunicaciones Coordenadas Geográficas (Datum WGS 84) Nombre Dirección Comuna Latitud S. Longitud O. Grad. Min. Seg. Grad. Min. Seg.
Camino Villarrica a Pucón, km 6.1 Interior 40 metros S/N (Se accede desde el Camino Villarrica-Pucón, Club de Golf Villarrica el acceso se encuentra antes del Villarrica 39 17 58,1 72 9 47,7 Restorante Once Alemana. A 4,3 kilómetros de la salida oriente de Villarrica) 2.
Los plazos máximos se indican a continuación: Inicio de Obras Término Obras Inicio Servicio Observación Todos estos plazos están referidos a la fecha de 1 mes 35 meses 36 meses publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. 5. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl. Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial. - Por orden del Presidente de la República, Louis de Grange Concha, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento. - Saluda atentamente a Ud., Romina Garrido Iglesias, Subsecretaria de Telecomunicaciones. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2797212 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl