FRANCISCA I / Compañía Minera Minerales Copiapó Limitada
DIARIO OFICIAL VII DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior PEDIMENTOS, MANIFESTACIONES, SOLICITUDES DE MENSURA, EXTRACTOS DE SENTENCIA Núm. 44.180 Lunes 23 de Junio de 2025 Página 1 de 2 BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA CVE 2662160 501 VTA. Nº281 PEDIMENTO MINERO SUSTANCIAS CONCESIBLES FRANCISCA I COORDENADAS U.T.M. NORTE: 7.118.550 ,00 MTS. ESTE: 482.500 ,00 MTS. COMUNA DE DIEGO DE ALMAGRO, PROVINCIA DE CHAÑARAL COMPAÑÍA MINERA MINERALES COPIAPÓ LIMITADA REP. 382 Diego de Almagro, a trece de junio de dos mil veinticinco. Inscribo el siguiente Pedimento Minero: EN LO PRINCIPAL: Pedimento Minero. OTROSÍ: Personería. S.J.
L COMPAÑÍA MINERA MINERALES COPIAPÓ LIMITADA, persona jurídica, chilena, del giro de su denominación RUT 76.046.944-0, con domicilio en Panamericana Sur Km. 4 Cuesta Cardones, Copiapó, representada para estos efectos, según se acreditará, por don Luis Alberto Araya Araya, chileno, casado, empresario, Cedula Nacional de Identidad 8.922.236 -2, domiciliado en Panamericana Sur Km. 4 Cuesta Cardones, Copiapó, correo electrónico: eramirez@arayahermanos.cl, a US. Respetuosamente digo: Que en terrenos abiertos e incultos, de la comuna de Diego de Almagro, provincia de Chañaral, región de Atacama, he encontrado un yacimiento de sustancias concesibles. Las coordenadas UTM del Punto Medio, referidas al Huso o zona 19, y al Datum La Canoa 1956, Elipsoide Internacional de referencia 1924, son las siguientes: Norte: 7.118.550 ,00 mts., Este: 482.500 ,00 mts.
El área que se pide tendrá la forma de un rectángulo, con una superficie total de 200 hectáreas, cuyos lados orientados en dirección Norte Sur por 2.000 mts. y los lados orientados en dirección Este - Oeste por 1.000 mts.
Deseando constituir una concesión de exploración sobre este hallazgo, solicitamos a US., se sirva en concedernos este pedimento que denominare “FRANCISCA I“ POR TANTO, A US., ruego tener por hecho este pedimento sirviendo ordenar su inscripción y publicación conforme a la ley, y otorgar las copias autorizadas correspondientes.
OTROSI: Sírvase Us., tener presente que mi personería, para representar a Compañía Minera Minerales Copiapó Ltda., consta en escritura pública de fecha 21 de marzo de 2017, otorgada ante el Notario Público Titular de la Primera Notaría de la Provincia de Copiapó, don Francisco Nehme Carpanetti, inscrita a fojas 302 número 165 correspondiente al Registro de Comercio del año 2019, del Conservador de Bienes Raíces de Copiapó, y cuyo documento adjunto en esta presentación. Hay una firma Compañía Minera Minerales Copiapó Ltda. Luis Alberto Araya Araya.
FOJA: 2. - dos. - NOMENCLATURA : 1. [4729]Certificado ingreso solicitud JUZGADO : Juzgado de Letras de Diego de Almagro CAUSA ROL : V-905-2025 CARATULADO : COMPAÑÍA MINERA MINERALES COPIAPÓ LIMITADA/ CERTIFICO: Que el pedimento minero que antecede fue presentado en la bandeja virtual, con fecha de 06 de junio de 2025, a las 12:18 horas y se registró en el libro virtual de pedimentos y manifestaciones mineras bajo el N892. Diego de Almagro, 09 de junio de 2025.
FOJA: 3. - tres. - NOMENCLATURA : 1. [4690]Ordena Inscribir y Publicar JUZGADO : Juzgado de Letras de Diego de Almagro CAUSA ROL : V-905-2025 CARATULADO : COMPAÑÍA MINERA MINERALES COPIAPÓ LIMITADA/ Diego de Almagro, nueve de junio de dos mil veinticinco. A la solicitud: EN LO PRINCIPAL: Pedimento Minero. OTROSÍ: Personería, se resuelve: A lo principal: Téngase por presentado el pedimento minero que antecede. Inscríbase y publíquese en el Boletín Oficial de Minería. Al otrosí, Téngase presente.
Que, respecto a lo dispuesto en los artículos 35,50 y 52 del Código de Minería y para dar cumplimiento a lo preceptuado en estas normas en cuanto a las copias autorizadas requeridas para estos efectos, obténgase, por el peticionario, copia de la solicitud y su proveído, así como del certificado de ingreso, directamente de la Oficina Judicial Virtual (OJV), para el cumplimiento de lo ordenado atendido lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N20.886. Proveyó el Juez que suscribe, mediante firma electrónica avanzada. Diego de Almagro, nueve de junio dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución que precede. RAH. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2662160 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.180 Lunes 23 de Junio de 2025 Página 2 de 2 en la tramitación de la causa. y su código de barra es: LFNTXWXTMKQ. Roberto Javier Gahona Rojas. Juez PJUD Nueve de junio de dos mil veinticinco. 11:01 UTC-4. Conforme con la copia que se archiva en esta oficina bajo los números ochocientos noventa y tres al ochocientos noventa y cinco. Requirió don ENZO RAMIREZ. CONFORME CON SU INSCRIPCION QUE CORRE A FOJAS 501 VTA. Nº 281 DEL REGISTRO DE DESCUBRIMIENTOS DE ESTE CONSERVADOR DE MINAS CORRESPONDIENTE AL AÑO 2025 DIEGO DE ALMAGRO 13 JUN 2025. PATRICIA ROJAS MIRANDA NOTARIO CONSERVADOR Y ARCHIVERO SUPLENTE DIEGO DE ALMAGRO. Notario y Conservador Juan José Carvajal Palacios Certifico que el presente documento electrónico es copia fiel e integra de FRANCISCA I otorgado el 16 de junio de 2025 reproducido en las siguientes paginas. Diego de Almagro, 16 de junio del 2025.
Notario y Conservador Juan José Carvajal Palacios Bernardo O'Higgins #408, ciudad y comuna de Diego de Almagro Ot: Us: EM Fecha: 16/06/2025 10:19 Documento Firmado Electrónicamente: Por: Patricia Aída Rojas Miranda Razón: Ley 19.799 Ubicación: Bernardo O'Higgins 408 Diego de Almagro. 3195889-1750083356394. Este documento incorpora una firma electrónica avanzada, según lo indicado en la Ley N19.799 y en el Autoacordado de la Excma. Corte Suprema. Su validez puede ser consultada en el sitio Web www.cbrchile.cl con el código de verificación indicado sobre estas líneas. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2662160 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl