Decreto alcaldicio número 1.146, de 2025.- Aprueba Modificación N° 3, al Plan Regulador Comunal de Talagante
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.147 Martes 13 de Mayo de 2025 Página 1 de 4 Normas Generales CVE 2643259 MUNICIPALIDAD DE TALAGANTE APRUEBAMODIFICACIÓN N 3, AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE TALAGANTE Núm.1.146. - Talagante, 4 de abril de 2025.
Vistos: 1. - El Plan Regulador Comunal de Talagante, aprobado por decreto alcaldicio N 3.226, de fecha 26 de julio de 2011 y publicado en el Diario Oficial de fecha 4 de agosto de 2011, y los ajustes al mismo, en conformidad a lo dispuesto en el dictamen N 67.919 ,de fecha 2 de septiembre de 2014, de la Contraloría General de la República, aprobado por decreto exento N 3.991, de fecha 1 de octubre de 2014, publicado en el Diario Oficial de 20 de enero de 2016.2.- La Enmienda N 1 del Plan Regulador Comunal de Talagante, aprobado por decreto alcaldicio N 2.225, de fecha 8 de mayo de 2017, y publicada en el Diario Oficial de fecha 24 de mayo de 2017.3.- Lo dispuesto en los artículos 43 y 45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y lo dispuesto en el artículo 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, referente a las Enmiendas a los Planes Reguladores Comunales. 4.- El acuerdo del Honorable Concejo Municipal N 329, de fecha 19 de junio de 2024, donde se aprueba la propuesta formulada por la Asesoría Urbana, Modificación N 3, Plan Regulador Comunal de Talagante, Enmienda para el reconocimiento del Humedal Urbano, Humedal Río Mapocho como área de protección de recursos de valor natural en el Instrumento de Planificación Local, en cumplimiento al artículo 5 de la ley 21.202, dando inicio a su proceso de aprobación. 5.- El Ord.
N 555, de fecha 3 de septiembre de 2024, de Alcalde de Talagante a organizaciones territoriales de la Comuna, que informa a los vecinos acerca de las características de la enmienda propuesta, señalando los criterios técnicos adoptados y comunicando el Calendario de realización de las Audiencias Públicas y fecha de inicio y término de la Exposición al Público, despachado mediante cartas certificadas. 6.- Los avisos de prensa en el diario La Tercera, de fechas 17 y 24 de septiembre de 2024, informando el proceso de aprobación de la Modificación N 3, Plan Regulador Comunal de Talagante, Enmienda reconocimiento del Humedal Urbano, Humedal Río Mapocho como área de protección de recursos de valor natural. 7.- La Exposición Pública de manera física, en el Hall Central de la Municipalidad de Talagante, Avenida 21 de Mayo 875, como también de manera digital, en el sitio web de la Municipalidad desde el día 14 de octubre de 2024 al 20 de noviembre de 2024, ambas fechas inclusive, del proyecto de Modificación N 3, Plan Regulador Comunal de Talagante, Enmienda reconocimiento del Humedal Urbano, Humedal Río Mapocho como área de protección de recursos de valor natural. 8.- La Primera Audiencia Pública General, de fecha 8 de octubre de 2024.9.- La Segunda Audiencia Pública General, de fecha 19 de noviembre de 2024.10. - La inexistencia de observaciones ingresadas de manera física en Oficina de Partes, ni digital en el sitio web, respecto al proyecto Modificación N 3, Plan Regulador Comunal de Talagante, Enmienda reconocimiento del Humedal Urbano, Humedal Río Mapocho como área de protección de recursos de valor natural. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2643259 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.147 Martes 13 de Mayo de 2025 Página 2 de 4 11. - El hecho que no se encontró en funciones Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil (Cosoc) durante el proceso de Modificación N 3, Plan Regulador Comunal de Talagante, Enmienda reconocimiento del Humedal Urbano, Humedal Río Mapocho como área de protección de recursos de valor natural. 12. - El Acuerdo del Honorable Concejo Municipal N 23, de fecha 5 de febrero de 2025, que aprueba la Modificación N 3, Plan Regulador Comunal de Talagante, Enmienda reconocimiento del Humedal Urbano, Humedal Río Mapocho como área de protección de recursos de valor natural. 13. - La Sentencia de Proclamación del Primer Tribunal Electoral de la Región Metropolitana, de fecha 27 de noviembre de 2024, de la que emana la facultad del Alcalde para representar a la Municipalidad de Talagante, y Teniendo presente: Las facultades que me confiere la Ley N 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su texto refundido contenido en el DFL N 1, del Ministerio del Interior, de fecha 9 de mayo de 2006, publicado en el Diario Oficial de 26 de julio de 2006, y sus posteriores modificaciones.
Decreto: Artículo primero: Apruébase la Modificación N 3, al Plan Regulador Comunal de Talagante, aprobado por decreto alcaldicio N 3.226, de fecha 26 de julio de 2011, y publicado en el Diario Oficial de fecha 4 de agosto de 2011, y los ajustes al mismo, en conformidad a lo dispuesto en el dictamen N 67.919, de fecha 2 de septiembre de 2014, de la Contraloría General de la República, aprobado por decreto exento N 3.991, de fecha 1 de octubre de 2014, publicado en el Diario Oficial de 20 de enero de 2016, consistente en una Enmienda para reconocimiento del Humedal Urbano, Humedal Río Mapocho como área de protección de recursos de valor natural.
Artículo segundo: Modifícase los artículos 2,7 y 8 de la Ordenanza Local del Plan Regulador, aprobado por decreto exento N 3.991, de fecha 1 de octubre de 2014, publicado en el Diario Oficial de 20 de enero de 2016, según lo siguiente: Incorpórese al Cuadro 1: Nomenclatura de Plano, del artículo 2, un nuevo plano componente del Plan, quedando de la siguiente forma: Cuadro 1: Nomenclatura de Plano CENTRO POBLADOS DESCRIPCIÓN NOMENCLATURA Área Urbana Plano de Zonificación Uso PRC TALAGANTE ZUS 01 a 02 de Talagante de Suelo y MPRC TALAGANTE 3 -ZUS Planos de Espacios Públicos, PRC TALAGANTE - EVAV - 01 a 02 Vialidad y Áreas Verdes Plano de Restricción PRC TALAGANTE - RDU - 01 a 02 Área Urbana Plano de Zonificación Uso PRC LONQUÉN - ZUS - 01 de Lonquén de Suelo Planos de Espacios Públicos, PRC LONQUÉN - EVAV - 01 Vialidad y Áreas Verdes Plano de Restricción PRC LONQUÉN - RDU - 01 Área Urbana Plano de Zonificación Uso PRC TALAGANTE ORIENTE - Talagante Oriente de Suelo ZUS - 01 Planos de Espacios Públicos, PRC TALAGANTE ORIENTE - Vialidad y Áreas Verdes EVAV - 01 Plano de Restricción PRC TALAGANTE ORIENTE - RDU - 01 Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2643259 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.147 Martes 13 de Mayo de 2025 Página 3 de 4 Incorpórese al artículo 7 a continuación de "PRC TALAGANTE - ZUS - 01 a 02" lo siguiente: y MPRC TALAGANTE -3 - ZUS.
Incorpórese al Cuadro 5: Nomenclatura de zonas, del artículo 8, una nueva zona, quedando de la siguiente forma: Cuadro 5: Nomenclatura de zonas MACROZONA DESCRIPCIÓN SIGLA ZONA DE CENTRO CÍVICO ZU-CV ZONA URBANA MIXTA 1 ZU-1 ZONA URBANA MIXTA 2 ZU-2 ZONAS DE ZONA URBANA MIXTA 3 ZU-3 DESARROLLO ZONA URBANA RESIDENCIAL 4 ZU-4 URBANO DE USOS MIXTOS ZONA URBANA RESIDENCIAL 5 ZU-5 ZONA URBANA RESIDENCIAL 6 ZU-6 ZONA URBANA RESIDENCIAL 7 ZU-7 ZONA URBANA RESIDENCIAL 8 ZU-8 ZONA DE PARQUES ZP ZONAS DE METROPOLITANOS E INTERCOMUNALES ÁREA VERDE ZONA ÁREA VERDE ZAV ZONA ESPECIAL DEPORTIVO RECREACIONAL ZE-1 ZONA ESPECIAL EQUIPAMIENTO EXCLUSIVO ZE-2 ZONAS ESPECIALES ZONA ESPECIAL DE RESGUARDO FERROVIARIO ZE-3 ZONA DE OCUPACIÓN DE SUBSUELO DE BNUP ZSS ZONA INDUSTRIAL 1 INOFENSIVA ZIE-1 ZONAS DE ACTIVIDADES ZONA INDUSTRIAL 2 MOLESTAS ZIE-2 PRODUCTIVAS ZONA INDUSTRIAL 3 PELIGROSA ZIE-3 MACROZONA DESCRIPCIÓN SIGLA ZONA RESTRICCIÓN POR INUNDACIÓN CAUCES ZR-1 SUPERFICIALES ZONAS RESTRICCIÓN ZONA DE RESTRICCIÓN PENDIENTE Y ZR-2 REMOCIÓN EN MASA MACROZONA DESCRIPCIÓN SIGLA ÁREA DE PROTECCIÓN ZONA DE VALOR NATURAL HUMEDAL ZVN-HU DE RECURSOS DE URBANO RÍO MAPOCHO VALOR NATURAL Artículo tercero: Agréguese el artículo 27 bis a la Ordenanza Local del Plan Regulador, aprobado por decreto exento N 3.991, de fecha 1 de octubre de 2014, publicado en el Diario Oficial de 20 de enero de 2016, según lo siguiente: Artículo 27 bis ZVN-HU, Zona de Valor Natural Humedal Urbano Río Mapocho Corresponde al Área de Protección de Recursos de Valor Natural, Zona de Protección Legal declarada en conformidad con la resolución exenta N 1.452, del Ministerio del Medio Ambiente, de fecha 21 de diciembre de 2021, publicada el 12 de enero de 2022. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2643259 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.147 Martes 13 de Mayo de 2025 Página 4 de 4 Las condiciones para otorgarse los permisos de urbanización o construcción son: (1) Uso de suelo permitido: Áreas Verdes:Parques Comunales e Intercomunales.
Uso de suelo prohibido: Todos los no indicados como permitidos. (2) Condiciones de subdivisión y edificación: Superficie Predial Mínima : 40.000 metros² Coeficiente de Ocupación de suelo : 0,001 Coeficiente de Constructibilidad : 0,001 Sistema de Agrupamiento : Aislado Altura Máxima de Edificación : 3.5 metros Antejardín : 10.00 metros. Artículo cuarto: Publíquese en el Diario Oficial el presente decreto, por la Dirección de Administración y Finanzas.
Artículo quinto: Archívese copia certificada de la Modificación N 3, Plan Regulador Comunal de Talagante, Enmienda reconocimiento del Humedal Urbano, Humedal Río Mapocho como área de protección de recursos de valor natural, en el Conservador de Bienes Raíces de Talagante, en la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo y en la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS), dependiente de la Oficina de Partes de la Secretaría Municipal de la Municipalidad de Talagante. Artículo sexto: Encárguese a la Dirección de Urbanismodiligenciar el presente decreto. Anótese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese. - Sebastián Rosas Guerrero, Alcalde. - Marianela Morales Huaico, Secretaria Municipal. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2643259 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl