Autor: María Alejandra Pino C
Archivan denuncia contra el proyecto de piscicultura en Los Lagos y descartan sanción
Archivan denuncia contra el proyecto de piscicultura en Los Lagos y descartan sanción ARCHIVO PROYECTO CUENTA CON OPOSITORES DEBIDO A LOS IMPACTOS NEGATIVOS QUE PODRÍA GENERAR EN EL RÍO SAN PEDRO. Archivan denuncia contra el proyecto de piscicultura en Los Lagos y descartan sanción ANTECEDENTES. Pedían caducidad de Resolución de Calificación Ambiental. Fiscalización de Superintendencia del Medio Ambiente arrojó que titular realizóobrasen plazos legales.
María Alejandra Pino C. mariaalejandra pinocQaustrabvaldivia. cl a Superintendencia del L Medio Ambiente (SMA) resolvió archivar la denuncia presentada en noviembre de 2024 por el actual concejal Felipe Bustos, en contra del proyecto Piscicultura Río San Pedro, ejecutado por laempresa Salmones Antártica S.A. en Los Lagos, y determinó que nose observaron infracciones a la normativa ambiental que ameriten iniciar un proceso sancionatorio.
En dicha denuncia, se solicitó la caducidad dela Resoluciónde Calificación Ambiental (RCA), otorgada en 2008, debido aque el titular del proyecto no habría iniciado obras niejecutado actividades sustantivas queacreditaran el comienzo de su ejecución dentro del plazo decinco años exigido enlanormativa ambiental, argumento que fue desestimado por la SMA.
Así da cuenta el organismo en la Resolución Exenta N*1039 del 27 de mayo de 2025, tras realizar una fiscalización cuyo objetivo fue verificar el estado actual del proyecto, su avance y las obras y acciones ejecutadas. 66 Del conjunto de antecedentes recabados por esta Superintendencia consta que el titular ha ejecutado una serie de obras materiales que dan Cuenta del inicio efectivo dela ejecución del proyecto Piscicultura Río San Pedro... " ResoluciónSMA CONCLUSIONES Enla resolución la SMA indica que: *... na primera consideración determinante que permite aesta Superintendencia descartarla procedencia de una eventual caducidad del proyectocorresponde al cumplimiento de las solemnidades legales para tener poracreditadoel inicio de ejecución material del mismo.
Enefecto, yase señaló que producto delas presentaciones del titular, la Dirección Ejecutiva del SEA -Servicio de Evaluación tal -yadio poracredita¡ o de la ejecución del proyecto por medio dela Resolución Exenta N%460, de 15 de abril de 2016". Yagrega: "A mayor abundaYagrega: "A mayor abundaYagrega: "A mayor abundaYagrega: "A mayor abundaIniciativa genera rechazo el proyecto Piscicultura Río San Pedro ha sido cuestionado por miembros de lacomuagrupada en Río San Pedro Sin Salmoneras", así como por las municipalidades de valdivia, Máfil, Panguipulli y Los Lagos, que conforman la Asociación de Municipios parala Conservación de la Biodiversidad de la región de LosRíos, debido "alos im: pacto negativos que la ini tiva tendría para el medioambiente y el turismo". biente y el turismo". biente y el turismo". biente y el turismo". miento, del conjunto deantecedentes recabados por esta Superintendencia consta que eltitular ha ejecutado una serie de obras materiales que dan cuentadel inicio efectivo de la ejecución del proyecto Piscicultura Río San Pedro.
Entre dichas obras se incluyen: la construcción de la bocatoma y sistema deaducción, canales y estructuras de descarga, un galpón con loza para la instalación de estanques dealevines, excavacionesparaelsistemadefiltración, y diversos movimientos detierray nivelación de terreno... " En la resolución se señala queesta información fue consqueesta información fue cons2008 fue el año en que el proyecto a ejecutarse en Los Lagos obtuvo la Resolución de Calificación Ambiental. tatadaenla inspección ambiental realizada el 25 de febrero de 2025 y que "estas acciones constituyen evidencia directa y objetiva de una ejecución material conformeal sentido y alcanceprevisto porel artículo 25ter dela Ley N19.300 ". ADVERTENCIA En la resolución, la Superintendencia del Medio Ambiente junto con entregar sus conclusiones advierte al titular del proyecto que "sillegase a implementar alguna modificación u obra nueva que cambie los hechos y circunstancias ponderadas en la presente resolución, deberá ser analizada su pertinencia de ingreso al SEIA y en caso de ser aplicable, someterse por la vía de ingreso que corresponda a dicho sistema, en forma previaa su materialización". Frente a la resolución de la SMA, la empresa declinó referirse, mientras que el denunciante hastaayeraúnnoeranotificado. (4.