TCP resuelve que Municipalidad de Retiro calculó erróneamente remuneraciones en licitación de residuos domiciliarios
TCP resuelve que Municipalidad de Retiro calculó erróneamente remuneraciones en licitación de residuos domiciliarios El Tribunal de Contratación Pública (TCP) acogió la acción de impugnación interpuesta contra la Municipalidad de Retiro, en el marco de la licitación pública denominada Concesión servicio de barrido, recolección, transporte y disposición de residuos sólidos domiciliarios, comuna de Retiro". La demandante alegó que la Municipalidad vulneró el artículo 6 de la Ley Nº19.886 al calcular incorrectamente el promedio de remuneraciones exigido por dicha norma.
Señala que la entidad licitante consideró los meses de enero, feCONSISTORI brero y marzo de 2025 para el cálculo, en lugar de los tres meses inmediatamente anteriores a la publicación del llamado a licitación, como establece la ley. Argumentó que este cálculo erróneo no era una cuestión meramente formal, sino que afectaba directamente la estructura comparativa de las ofertas y la igualdad de condiciones entre los proponentes. La empresa sostuvo que la información remuneracional incorrecta desnaturalizaba el funcionamiento del criterio evaluativo establecido por el legislador, alterando el piso sobre el cual debían formularse las propuestas. Además, enfatizó la importancia de proporcionar información remuneracional actualizada y correcta, señalando que dicha información no solo es un antecedente descriptivo, sino que integra un criterio de evaluación obligatorio en el proceso de licitación. Argumentó que la utilización de datos desactualizados generaba una distorsión en la información entregada a los potenciales oferentes, afectando la competencia justa en el proceso licitatorio. El Tribunal de Contratación Pública acogió la acción de impugnación, al resolver que la Municipalidad de Retiro aplicó un criterio erróneo para determinar el período relevante de cálculo del promedio remuneracional..