MINISTERIO DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN CVE 2785406 Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Sitio Web: www.diarioficial.cl Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior I SECCIÓN LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.416 Jueves 2 de Abril de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2785406 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Subsecretaría de Educación Superior NOMBRA A DOÑA NOLFA PATRICIA IBÁÑEZ SALGADO COMO INTEGRANTE DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN, EN REPRESENTACIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA REPÚBLICA Núm. 19. Santiago, 28 de enero de 2026. Núm. 19. Santiago, 28 de enero de 2026.
Visto: Visto: Lo dispuesto en la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley N 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley N 21.091, sobre Educación Superior; en la ley N 21.094, sobre Universidades Estatales; en el decreto con fuerza de ley N 1, de 1986, del Ministerio de Educación Pública, que fijó el estatuto de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación; en el decreto con fuerza de ley N 19, de 2023, del Ministerio de Educación, que aprueba el estatuto de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, adecuado al título II de la ley N 21.094 ; en el oficio N 31, de fecha 18 de agosto de 2025, de la Rectora de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación; en el certificado de título de doña Nolfa Patricia Ibáñez Salgado de Profesora de Estado en Educación Diferencial con mención en Trastornos del Aprendizaje, emitido por la Universidad de Chile; en el memorándum interno N 06/1308, de fecha 17 de diciembre de 2025, de la Jefa de División de Educación Universitaria de la Subsecretaría de Educación Superior; en la carta de la Vicerrectora Académica de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, de fecha 15 de diciembre de 2025; en los certificados de fecha 4 de diciembre de 2025, de la Directora de Gestión y Desarrollo de Personas de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, y en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República. República. Considerando: Considerando: 1.
Que, el artículo 1 de la ley N 18.956, dispone que el Ministerio de Educación es la Secretaría de Estado responsable de fomentar el desarrollo de la educación en todos los niveles y modalidades, propendiendo a asegurar la calidad y la equidad del sistema educativo. 2.
Que, la Subsecretaría de Educación Superior, creada por la ley N 21.091, forma parte de la organización del Ministerio de Educación, en virtud de lo establecido en la letra d) del artículo 3 de la mencionada ley N 18.956.3.
Que, de conformidad con lo dispuesto en la letra a) del artículo 15 del decreto con fuerza de ley N 1, de 1986, del Ministerio de Educación Pública, que fijó los estatutos de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, la Junta Directiva de dicho plantel estaba integrada, entre otros, por tres integrantes designados por el Presidente de la República. 4.
Que, el decreto con fuerza de ley N 19, de 2023, del Ministerio de Educación, publicado en el Diario Oficial con fecha 12 de julio de 2024, aprobó el Estatuto de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación (en adelante, "el Estatuto"), adecuado a las disposiciones del Título II de la ley N 21.094, sobre Universidades Estatales. las disposiciones del Título II de la ley N 21.094, sobre Universidades Estatales. las disposiciones del Título II de la ley N 21.094, sobre Universidades Estatales.. MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.416 Jueves 2 de Abril de 2026 Página 2 de 2 CVE 2785406 Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Sitio Web: www.diarioficial.cl Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl El artículo primero transitorio del Estatuto dispone que éste entrará en vigor desde su publicación en el Diario Oficial, esto es, el 12 de julio de 2024, estableciendo, además, en su inciso sexto, que el Consejo Superior deberá quedar plenamente constituido dentro del plazo máximo de quince meses contado desde dicha fecha, momento en el cual cesará de pleno derecho la Junta Directiva. El artículo 1 del Estatuto define a la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación como una institución de educación superior, autónoma, estatal y pública, dotada de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio.
En este contexto, el artículo 10 del mismo cuerpo normativo dispone que el Consejo Superior es el máximo órgano colegiado de la Universidad, al que corresponde definir la política general de desarrollo y las decisiones estratégicas de la institución, velando por su cumplimiento conforme a la misión, principios y funciones de la Universidad.
El literal a) del artículo 11 establece que dicho Consejo estará integrado, entre otros, por tres representantes nombrados por el Presidente de la República, quienes deberán ser titulados o licenciados de reconocida experiencia en actividades académicas o directivas y durarán cuatro años en el ejercicio de sus funciones.
El mismo artículo 11, en su inciso final, señala que los consejeros designados en el literal a) percibirán como única retribución la suma de ocho unidades tributarias mensuales por cada sesión a la que asistan, con un tope mensual máximo de treinta y dos unidades tributarias mensuales, independientemente del número de sesiones celebradas en el mes respectivo, retribución que tendrá el carácter de honorarios para todos los efectos legales y se financiará con cargo al presupuesto de la Universidad. 5.
Que, mediante oficio N 31, de fecha 18 de agosto de 2025, la Rectora de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación indicó que se prevé la constitución del Consejo Superior para el día 24 de septiembre de 2025.6.
Que, a través de memorándum interno N 06/1308, de fecha 17 de diciembre de 2025, la Jefa de División de Educación Universitaria de la Subsecretaría de Educación Superior solicita gestiones para la designación de doña Nolfa Patricia Ibáñez Salgado como integrante del Consejo Superior de la referida casa de estudios, en representación del Presidente de la República. En dicha comunicación, se acompañan antecedentes que acreditan el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente para proceder con el nombramiento.
En este orden de ideas, se cuenta con copia de certificado de título de doña Nolfa Patricia Ibáñez Salgado, como Profesora de Estado en Educación Diferencial con mención en Trastornos del Aprendizaje, emitido por la Universidad de Chile.
Además, en carta de fecha 15 de diciembre de 2025, la Vicerrectora Académica de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación da cuenta de los cargos académicos y directivos de doña Nolfa Patricia Ibáñez Salgado. 7.
Que, por su parte, la Directora de Gestión de Personas de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, con fecha 4 de diciembre de 2025, certifica que doña Nolfa Patricia Ibáñez Salgado no desempeña cargo alguno dentro de ese plantel. 8.
Que, en razón de lo expuesto, resulta pertinente nombrar a doña Nolfa Patricia Ibáñez Salgado como miembro del Consejo Superior de la mencionada universidad, en representación del Presidente de la República. del Presidente de la República.
Decreto: Decreto: Artículo 1: Nómbrase, por un periodo de cuatro años, a contar de la fecha del presente decreto, a doña Nolfa Patricia Ibáñez Salgado, RUN 5.863.166 -3, como integrante del Consejo Superior de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, en representación del Presidente de la República. Presidente de la República.
Artículo 2: La persona señalada en el artículo anterior, por razones de buen servicio, asumirá sus funciones a contar de la fecha de su nombramiento, sin esperar la total tramitación del presente decreto. del presente decreto. Anótese, tómese razón y publíquese en el Diario Oficial. GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República. Nicolás Cataldo Astorga, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento (Decreto supremo que nombra a doña Nolfa Patricia Ibáñez Salgado como integrante del Consejo Superior de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, en representación del Presidente de la República). Saluda atentamente a Ud., Víctor Orellana Calderón, Subsecretario de Educación Superior. atentamente a Ud., Víctor Orellana Calderón, Subsecretario de Educación Superior..