MINISTERIO DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN CVE 2788234 Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Sitio Web: www.diarioficial.cl Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior I SECCIÓN LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.416 Jueves 2 de Abril de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2788234 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Subsecretaría de Educación Superior NOMBRA A DOÑA ROSA MARÍA ALFARO TORRES COMO INTEGRANTE DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE TARAPACÁ, EN REPRESENTACIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA REPRESENTACIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Núm. 80. Santiago, 12 de junio de 2025. Núm. 80. Santiago, 12 de junio de 2025.
Visto: Visto: Lo dispuesto en la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley N 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley N 21.091, sobre Educación Superior; en la ley N 21.094, sobre Universidades Estatales; en el decreto con fuerza de ley N 150, de 1981, del Ministerio de Educación Pública, que fijó el estatuto de la Universidad de Tarapacá; en el decreto con fuerza de ley N 16, de 2023, del Ministerio de Educación, que aprobó el estatuto de la Universidad de Tarapacá, adecuado al Título II de la ley N 21.094, sobre Universidades Estatales; en el decreto supremo N 83, de 2024, del Ministerio de Educación, que designó, entre otros, a doña Rosa María Alfaro Torres como representante del Presidente de la República ante la Junta Directiva de la Universidad de Tarapacá; en el oficio Rec N 1619/2024 de fecha 7 de agosto de 2024, del Rector de la Universidad de Tarapacá; en el certificado, de fecha 30 de abril de 2025, de la Directora de Gestión de Personas y Bienestar de la Universidad de Tarapacá; en el certificado de título de Abogada de doña Rosa María Alfaro Torres, emitido con fecha 28 de abril de 2025 por la Corte Suprema de Justicia de Chile; en el memorándum interno N 06/457, de fecha 16 de mayo de 2025, de la jefa de División de Educación Universitaria de la Subsecretaría de Educación Superior; y, en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República. Superior; y, en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República.
Considerando: Considerando: 1 Que, el artículo 1 de la ley N 18.956, dispone que el Ministerio de Educación es la Secretaría de Estado responsable de fomentar el desarrollo de la educación en todos los niveles y modalidades, propendiendo a asegurar la calidad y la equidad del sistema educativo. 2 Que, la Subsecretaría de Educación Superior, creada por la ley N 21.091, forma parte de la organización del Ministerio de Educación, en virtud de lo establecido en la letra d) del artículo 3 de la mencionada ley N 18.956.3 Que, de conformidad con lo dispuesto en la letra a) del inciso primero del artículo 5 del decreto con fuerza de ley N 150, de 1981, del Ministerio de Educación Pública, que fijó los estatutos de la Universidad de Tarapacá, la Junta Directiva de dicho plantel estará integrada, entre otros, por tres Directores designados por el Presidente de la República. 4 Que, teniendo presente lo anterior, mediante el decreto supremo N 83, de 2024, del Ministerio de Educación, se designó a doña Rosa María Alfaro Torres, entre otras personas, como representante del Presidente de la República ante la Junta Directiva del mencionado plantel. 5 Que, por su parte, el decreto con fuerza de ley N 16, de 2023, del Ministerio de Educación, publicado en el Diario Oficial con fecha 11 de julio de 2024, aprobó el estatuto de la Universidad de Tarapacá, adecuado al Título II de la ley N 21.094, sobre Universidades Estatales.
Estatales.. MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.416 Jueves 2 de Abril de 2026 Página 2 de 2 CVE 2788234 Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Sitio Web: www.diarioficial.cl Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl El primer inciso del artículo primero transitorio del mencionado estatuto dispone que éste "entrará en vigor en el plazo de doce meses desde la fecha de publicación en el Diario Oficial. ", es decir, el 11 de julio de 2025; en tanto que, el número 2 del inciso segundo establece que en el mencionado período de vacancia legal de doce meses, el Rector en conjunto con la Junta Directiva deberán oficiar al Presidente de la República para solicitar el nombramiento de los tres integrantes del Consejo Superior, de conformidad al artículo 13 literal a). Por otra parte, el artículo 1 del mencionado estatuto prescribe que "La Universidad de Tarapacá es una persona jurídica de derecho público, autónoma, descentralizada funcionalmente que cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio.". En este orden de ideas, el artículo 12 del referido estatuto dispone que "El Consejo Superior es el máximo órgano colegiado de la Universidad de Tarapacá.
Le corresponde definir la política general de desarrollo y las decisiones estratégicas, velando por su cumplimiento de conformidad a la misión, visión, principios y funciones de la institución.". Enseguida, el artículo 13 del estatuto establece que el Consejo Superior estará integrado, entre otros, por: entre otros, por: a) Tres representantes nombrados por el Presidente de la República, quienes serán titulados o licenciados de reconocida experiencia en actividades académicas o directivas. o licenciados de reconocida experiencia en actividades académicas o directivas.
Luego, el mismo artículo 13 dispone que los consejeros señalados en el literal "a. " durarán cuatro años en sus cargos; y, que "La coordinación de la oportuna designación y renovación de las vacantes, y la supervisión del ejercicio de las funciones de los representantes del Presidente de la República señalados en la letra a), estarán a cargo del Ministerio de Educación.". 6 Que, en el marco de lo señalado en los considerandos anteriores, el Rector de la Universidad de Tarapacá en oficio Rec N 1619/2024, de fecha 7 de agosto de 2024, solicita el nombramiento y remisión a su Casa de Estudios, de los tres representantes presidenciales que integrarán el Consejo Superior, en los términos y plazos correspondientes. 7 Que, mediante memorándum interno N 06/457, de fecha 16 de mayo de 2025, la Jefa de División de Educación Universitaria de la Subsecretaría de Educación Superior, solicita gestiones para la designación, entre otros, de doña Rosa María Alfaro Torres, como integrante del Consejo Superior de la Universidad de Tarapacá, señalando que se desempeña actualmente como representante del Presidente en la Junta Directiva, máximo órgano colegiado, el cual será reemplazado por el Consejo Superior, conforme a lo ya indicado en el considerando quinto. En dicha comunicación, se acompañan antecedentes que acreditan el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente para proceder con el nombramiento.
Entre los antecedentes, se cuenta con copia del certificado de título de doña Rosa María Alfaro Torres como Abogada. 8 Que, la Directora de Gestión de Personas y Bienestar de la Universidad de Tarapacá, emitió el certificado de fecha 30 de abril de 2025, en el que indica que doña Rosa María Alfaro Torres no es funcionaria de dicha Casa de Estudios por lo que no desempeña cargos ni funciones en la institución. 9 Que, en razón de lo expuesto, teniendo en cuenta el cargo ejercido por doña Rosa María Alfaro Torres como integrante de la Junta Directiva de la Universidad de Tarapacá, en representación del Presidente de la República, resulta pertinente nombrarla como integrante del Consejo Superior de la mencionada universidad, en representación del Presidente de la República, a partir del 11 de julio de 2025. República, a partir del 11 de julio de 2025.
Decreto: Decreto: Artículo 1: Nómbrase, por un periodo de cuatro años a contar del 11 de julio de 2025, a doña Rosa María Alfaro Torres, RUN 10.596.425-0, como integrante del Consejo Superior de la Universidad de Tarapacá, en representación del Presidente de la República. Universidad de Tarapacá, en representación del Presidente de la República.
Artículo 2: La persona señalada en el artículo anterior, por razones de buen servicio, asumirá sus funciones a contar de la fecha de su nombramiento, sin esperar la total tramitación del presente decreto. del presente decreto. Anótese, tómese razón y publíquese en el Diario Oficial. GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República. Nicolás Cataldo Astorga, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento (Decreto supremo que nombra a doña Rosa María Alfaro Torres como integrante del Consejo Superior de la Universidad de Tarapacá, en representación del Presidente de la República). Saluda atentamente a Ud., Víctor Orellana Calderón, Subsecretario de Educación Superior. Calderón, Subsecretario de Educación Superior..