Extracto de resolución exenta número 3.253, de 2025.- Dispone acumulación que indica, declara inadmisibles oposiciones presentadas por Fundación Puertecillo y otros, en contra de la solicitud de otorgamiento de destinación marítima presentada por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, en la co
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.189 Jueves 3 de Julio de 2025 Página 1 de 1 Normas Particulares CVE 2666096 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Subsecretaría para las Fuerzas Armadas DISPONE ACUMULACIÓN QUE INDICA, DECLARA INADMISIBLES OPOSICIONES PRESENTADAS POR FUNDACIÓN PUERTECILLO Y OTROS, EN CONTRA DE LA SOLICITUD DE OTORGAMIENTO DE DESTINACIÓN MARITIMA PRESENTADA POR EL SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, EN LA COMUNA DE LITUECHE (Extracto) Mediante resolución ministerial exenta Nº 3.253, de fecha 14 de mayo de 2025, el Ministerio de Defensa Nacional dispone acumulación que indica, declara inadmisibles oposiciones presentadas por Fundación Puertecillo y otros, en contra de la solicitud de otorgamiento de destinación marítima presentada por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, en la comuna de Litueche, cuyo contenido en extracto se indica a continuación: 1) Que, mediante presentación de fecha 1 de agosto de 2024, bajo el CM-00557-2024, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura solicitó una destinación marítima, sobre un sector de playa, en Caleta Puertecillo, comuna de Litueche, con el objeto de amparar actividades ligadas a la pesca artesanal de acuerdo a los Arts. 2 y 4 de la ley N 21.077, considerando una vigencia de 30 años. 2) Que, mediante presentaciones recepcionadas en la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, entre el 29 de agosto y el 16 de octubre de 2024, Fundación Puertecillo y otrosdedujeron oposición a la destinación marítima. 3) Que, consecuentemente al amparo del artículo 33 de la ley N 19.880, se dispuso la acumulación de las oposiciones, toda vez que se refieren a una misma solicitud de destinación marítima y guardan íntima conexión en sus fundamentos. 4) Que, el artículo 68 del DS Nº 9 de 2018, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento sobre Concesiones Marítimas, establece dos supuestos para oponerse: a) Que terceros acrediten derechos adquiridos a cualquier título legítimo sobre el objeto de la concesión, siempre que esta impida, obstaculice o sea incompatible con el libre ejercicio de tales de derechos. b) Que terceros aleguen que el otorgamiento de la concesión marítima les irrogará perjuicio en sus derechos o intereses legítimos. 5) Que, del análisis de la presentación, no es posible acreditar que los argumentos expuestos por los oponentes se enmarquen en alguno de los supuestos señalados en el numeral anterior, toda vez que no establecen relación de causalidad entre la concesión marítima requerida y la afectación que esta podría provocar, ya sea afectando derechos legítimamente adquiridos, ni el perjuicio que directamente el otorgamiento irrogaría en dichos derechos o intereses legítimos. 6) Se resuelve, acumular oposiciones individualizadas en RME Nº 3253 del 14 de mayo de 2025 y se declaran inadmisibles dichas oposiciones. 7) Se dispone la notificación del acto a los interesados mediante correo certificado, y publicación en el Diario Oficial. - Galo Eidelstein Silber, Subsecretario para las Fuerzas Armadas. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2666096 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl