Extracto de resolución exenta número 118, de 2025.- Aplica multa que indica
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.138 Viernes 2 de Mayo de 2025 Página 1 de 1 Normas Particulares CVE 2635420 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Arica y Parinacota NOTIFICACIÓN Res. Ex.
Nº 118/2025 de 24/01/2025, se resolvió la causa rol 2415772; Vistos: Las facultades como Director Regional del SAG, Región de Arica y Parinacota, conforme a la resolución exenta RA Nº 240/2037/2023, del SAG; Ley Nº 18.755 /1989 Orgánica del SAG y sus posteriores modificaciones; el DFL Nº 1/2000 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 19.880 /2003 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; Acta de Denuncia y Citación Nº 15003716 de fecha 28 de noviembre de 2024 yla resolución Nº 7/2019 de la C.G.R. ; Considerando: El Acta de Denuncia y Citación Nº 15003716 de fecha 28 de noviembre de 2024, cursada a don Edwin Fernández Quispe, con domicilio desconocido, por haberse comprobado la siguiente infracción: Portar en el asiento del chofer de manera oculta 0,275 kg. de mote, 0,32 kg. de zapallo italiano, 0,44 kg. de palta y 0,505 kg. de huevos, sin declararlos, de procedencia boliviana.
Los descargos del denunciado, de fecha 29 de noviembre de 2024, que indica: Que encontraron al lado del chofer huevos, trigo, una palta y zapallo en la frontera Tambo Quemado, por lo cual reconozco que se me había olvidado botarlo porque anterior viaje compramos de aquí Arica y en cuanto nunca me sucedió y me comprometo a no incurrir; El informe de la Enc.
Reg. de Controles Fronterizos; Que, conforme a los antecedentes reunidos, se configura una infracción a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 21 del decreto ley 3.557 de 1981 de Protección Agrícola, por lo que se procederá aplicar sanción al denunciado. Resuelvo: 1. - Aplíquese a don Edwin Fernández Quispe una multa de 8,1 UTM, vigentes a la fecha de pago; 2. - Páguese en cualquier Oficina SAG a nivel nacional; 3. El infractor podrá pedir al Director Nacional la revisión de esta Res. dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde su notificación. Firma: Álvaro Alegría Matus, Director SAGRegión de Arica y Parinacota. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2635420 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl