Extracto de resolución exenta número 171, de 2025.- Aplica multa que indica
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.138 Viernes 2 de Mayo de 2025 Página 1 de 1 Normas Particulares CVE 2635486 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Arica y Parinacota NOTIFICACIÓN Res. Ex.
N 171/2025 de 04/02/2025, se resolvió la causa Rol 2415407; Vistos: Las facultades como Directora Regional (S) del SAG, Región de Arica y Parinacota, conforme a la resolución exenta RA N 240/2630//2024 y 240/14/2025, ambos del SAG; Ley N 18.755 /1989 Orgánica del SAG y sus posteriores modificaciones; el DFL N 1/2000 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N 19.880 /2003 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; Parte Policial N 95 de 15 de junio de 2024, de Carabineros de Chile, 6ª Comisaría Chinchorro N, Retén Poconchile (MC) yla resolución N 7/2019, de la C.G.
R; Considerando: Parte Policial N 95 de 15 de junio de 2024, de Carabineros de Chile, 6ª Comisaría Chinchorro N, Retén Poconchile (MC), cursado a don Juan Carlos Machicado Manzano, con domicilio desconocido, en relación a: "Control vehicular, en la Ruta Internacional 11-CH, en km. 28, donde se procede a fiscalizar a un camión color blanco, marca Volvo, modelo FH, PPU HLRX-94, el cual transportaba sacos de guano y al medio de la carga gran cantidad de especies de contrabando proveniente desde Bolivia, ingresados de forma ilegal.
Los productos son: 4 cajas de plátano de 30 kg. cada uno, con un total de 120 kg. ; 5 sacos de naranja de 50 kg. cada uno, con un total de 250 kg. ; 1 saco de papa chuño de 50 kg. ; 24 sacos de papa de 50 kg. cada uno, con un total de 1.200 kg. ; 3 sacos de hoja de coca de 30 kg. cada uno, con un total de 90 kg. ; 1 saco de maíz de 50 kg. ; 1 caja de locoto de 20 kg. ; 3 sacos de lentejas de 50 kg. cada uno, con un total de 150 kg. ; 1 caja de mandarina de 30 kg. ; 3 sacos de arroz sin procesar de 50 kg. cada uno, con un total de 150 kg. ; 1 saco de quinua de 50 kg. ; 480 sacos de guano de 10 kg. cada uno, con un total de 4.800 kg. ; 1 saco de maní crudo de 50 kg. ; 1 caja de ají de 20 kg”. Resolución exenta N 710, de fecha 18 de junio de 2024, de esta Dirección Regional, que, en el Orden Sanitario, ordena la destrucción de los productos que se indican; Acta de Destrucción, de fecha 21 de junio de 2024; Certificado de no comparecencia del denunciado; El Informe emitido por el Encargado Regional de Protección Agrícola y Forestal; Que, conforme a los antecedentes reunidos y a la ponderación antes señalada, se considera que el denunciado ha infringido lo dispuesto en el decreto ley 3.557, de 1.981 que establece disposiciones sobre protección agrícola; resolución exenta N 3.815, de 2004, que establece normas para la importación de artículos reglamentados o mercaderías peligrosas para los vegetales; el decreto exento N 510/2016, del Ministerio de Agricultura, que habilita puertos para la importación de mercancías sujetas a revisión del Servicio Agrícola y Ganadero, y deroga decreto N 156, exento, de 1998; resolución exenta N 2.224, de 12 de abril de 2021, de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, que modifica la resolución exenta N 3.138, de 28 de octubre de 1999, que establece requisito de habilitación para establecimientos de producción pecuaria que deseen exportar animales o sus productos a Chile; el decreto 46, del Ministerio de Agricultura, que Aprueba Reglamento para la Prevención y Control de la Fiebre Aftosa, y Deroga los Decretos que indica; y el DFL RRA N 16, de 1963, sobre Protección y Sanidad Animal; por lo que se procederá a aplicar sanción. Resuelvo: 1. - Aplíquese a don Juan Carlos Machicado Manzano una multa de 105 UTM, vigentes a la fecha de pago; 2. - Páguese en cualquier Oficina SAG a nivel nacional; 3. El infractor podrá pedir al Director Nacional la revisión de esta Res. dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde su notificación. Firma: Agneta Hiche Meza, Directora (S), SAGRegión de Arica y Parinacota. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2635486 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl