Corte de Apelaciones ordena al Hospital contar con intérprete de lengua de señas
Corte de Apelaciones ordena al Hospital contar con intérprete de lengua de señas Laos Antofagasta acogió el recurso de protección pre: sentado por un paciente con discapacidad auditiva y le or Carlos Cisterdenóal Hospital de manenasde Calamacontar ra permanente con intérprete de lengua deseñas.
Cabe precisar que, entallo unánime (causarol2842025), loSegundaSala deltribunal de alzada integrada por ls minis tros Ericsepúlveda Casanova, aime Rojas Mundaca y elabo¿ ado () Marcelo Díaz Sanhuezaacogió la acción cautelar tras establecer que el centro asistencial incurrió en un acto de discriminación y vulneratorio de derechos.
Es así, que “se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Pablo azMery, abogado, enrepresen tación dela paciente, encontra del Hospital Carlos Cisternas de Calama, ordenando a dicho instituto de salud, adopte en orma inmediata las medidas y ajustesnecedeaccesiilidad sarios para la debida atención dela paciente, como de las demás personas con discapaci: 0 EL HOSPITAL DE CALAMA DEBERÁ DE CONTAR CON UN INTÉRPRETE ACREDITADO EN LENGUA DE SEÑAS 24/7. ded auditiva, contandodemahera permanente conintérpretescertficadosde lengua de señas en las atenciones de salud”. Disponiendo de un plazo de30 días para cumplirconestamedida juridica de acuerdo a los convenios internacionalesrelacionados ala temática.
RESPUESTA Enrelación con la solicitud de tuna paciente con discapacidad auditiva queactualmente controla suembarazo en el establecimiento de salud pública, desdeelrecintomédico, informaron lo siguiente: “Desde el primer momentoen quelapaciente manifestó su requeri miento de acompañamiento durantesus consultas médicas y eventual parto, nuestro equiporespondió de manera afrmativa, garantizando el apoyo necesario.
Contamos con personal capacitado en lengua de señas desde los años 2021 y 2022, y en nuestro programa de capacitación, ya tenemos programado un muevo curso deformaciónque comenzaráa finesde mayo de este año, reafirmando nuestro compromiso con unaatenciónindusiva”. Asimismo, el documento señala que “la paciente fue inormada oportunamente de la disponibilidad de funcionarios capacitados para asistirla.
Sin embargo, tomamos conocimiento de que presentó un res cursoanteel Tribunal de Just cia, el cual derivó en un dictamen de la Corte de Apelaciones que instruye asegurar dí choacompañamiento, medida que yase encontraba resuelta intemamente”. Además, demanifestar que “actualmente disponemos de al menos dos funcionarios ha: para acompañariaen bilitados horario diumo.
Adicionalmente, de manera proactiva, hemos gestionado la contratación de una profesional extera enlengua de señas para garantizar atención también en o fines de sehorarionocturno eramos importante reforzar y relevar que muestrocompromiso conel respeto alos derechos de las personas con discapacidad está presente en todo momento de nues: tro quehacer como hospital. Creemos firmemente en una atención desalud digna, inclu: siva y oportuna para todas las personas usuarias de nuestra red”, remató el documento en relación a este judicializado es poruna paciente. SALUD. La medida obliga a disponer de un profesional de manera permanente en el recinto médico en un plazo de 30 días. Fallo se debe a un recurso presentado por un usuario con discapacidad auditiva..