Decreto exento número 106, de 2026.- Determina precios de referencia para combustibles derivados del petróleo
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.431 Miércoles 22 de Abril de 2026 Página 1 de 1 Normas Generales CVE 2801271 MINISTERIO DE ENERGÍA DETERMINA PRECIOS DE REFERENCIA PARA COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO Núm. 106 exento. - Santiago, 21 de abril de 2026.
Vistos: Lo dispuesto en el DL N2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la ley N18.502, que establece impuestos a combustibles que señala; en la ley N20.765, que crea mecanismo de estabilización de precios de los combustibles que indica, modificada por la ley N20.794 ; en el decreto supremo N1.119, de 2014, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento para la aplicación del mecanismo de estabilización de precios de los combustibles, creado por la ley N20.765 ; en el Oficio Ordinario N426/2026, de 2026, de la Comisión Nacional de Energía; y en la resolución N36, de 2024, de la Contraloría General de la República.
Decreto: 1. - Determínanse los precios de referencia de los siguientes combustibles derivados del petróleo: Precios de referencia COMBUSTIBLES Inferior IntermedioSuperior 3 (todos en pesos/m ) Gasolina automotriz 93 octanos 710.933 ,0 748.350 ,5 785.768 ,0 Gasolina automotriz 97 octanos 781.673 ,6 822.814 ,3 863.955 ,0 Petróleo diésel 916.211 ,3 964.432 ,9 1.012.654 ,6 Gas licuado de petróleo de consumo 337.073 ,3 354.814 ,0 372.554 ,7 vehicular De acuerdo a lo establecido en el artículo 2 de la ley N20.765, el valor de los parámetros “n”, “m” y “s” corresponderán para gasolina automotriz 93 octanos a 4 semanas, 3 meses y 4 semanas, para gasolina automotriz 97 octanos a 4 semanas, 3 meses y 4 semanas, para petróleo diésel a 4 semanas, 3 meses y 4 semanas, y para gas licuado de petróleo de consumo vehicular a 4 semanas, 3 meses y 4 semanas. 2.- Los precios establecidos en el numeral precedente regirán a partir del día jueves 23 de abril de 2026. Anótese, publíquese y archívese. - Por orden del Presidente de la República, Ximena Rincón González, Ministra de Energía. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. - Saluda Atte. a Ud., Andrea Verónica Soto Araya, Jefa División Jurídica, Subsecretaría de Energía. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2801271 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl