Muerte Presunta
MUERTE PRESUNTA Segundo Juzgado Civil de Concepción, en causa Rol N° V-188-2021, por muerte presunta. caratulado "Mendoza con Vergara", se ha ordenado publicar la sentencia dictada con fecha 24 de enero de 2024, que establece la muerte presunta de doña Raquel Olivia Vergara Gallegos: Concepción, veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro.
Visto: A folio 1, comparece don Hugo Sebastián Mendoza Vergara, chileno, soltero, pensionado, cédula de identidad N° 4.515.074 -7, domiciliado en Lorenzo Arenas 3, casa 374, Pasaje 8, comuna y ciudad de Concepción, exponiendo que su hermana doña Sandra Ellys Mendoza Vergara, cédula de identidad N° 7.398.706 -7, cuyo último domicilio es el mismo de quién suscribe, ha fallecido con fecha 25 de mayo de 2017. Es del caso que con la fallecida, son medio hermanos, por parte de padre.
En este entendido y sin haber tenido noticias de la madre de la fallecida han iniciado con sus hermanos doña Ester Beatriz, Celestina del Tránsito, Margarita del Carmen y José Abelardo, todos de apellido Mendoza Vergara, la posesión efectiva de su hermana Sandra Ellys Mendoza Vergara, ante el Servicio de Registro Civil e Identificación con fecha 23 de octubre de 2020, con el número de ingreso 1625, en la oficina de Concepción.
Dicha posesión efectiva fue rechazada por cuanto no fue agregada a la misma la madre de la causante doña Raquel Olivia Vergara Gallegos, ignoran número de cédula de identidad, respecto de la cual se solicitará la declaración de muerte presunta.
Señala que doña Raquel Olivia Vergara Gallegos, fue la madre de la causante de aquella posesión efectiva, y luego de su nacimiento, esta desapareció de su vida a los pocos meses, hechos ocurridos en el año 1955, ya que la fecha de nacimiento de su hermana fallecida, es el 8 de septiembre de 1955.
Agrega que a la fecha se ignora si doña Raquel Olivia Vergara Gallegos, vive, puesto que han agotado los medios para lograr obtener su ubicación, tampoco existen lazos familiares o de amigos que los liguen con ella o su familia próxima. Por lo que debe de presumirse muerta para todos los efectos legales.
Consideran que la fecha de desaparición de doña Raquel Olivia Vergara Gallegos es noviembre del año 1955, fecha en la cual ésta hizo abandono del hogar donde vivían el solicitante con todos sus hermanos en la ciudad de Concepción, puesto que aquella se desempeñaba como asesora del hogar.
Entre las diligencias que se han realizado para averiguar su paradero se pueden indicar las siguientes: 1. - Búsqueda con vecinos del domicilio en el que originalmente vivían con sus hermanos, y que era la casa común en donde la desaparecida se desempeñaba como asesora del hogar hasta el año 1955. Esto no tuvo éxito, puesto que ninguno de los vecinos y cercanos sabían del lugar en donde la desaparecida pudo haber tomado residencia.
Aquel domicilio correspondía a calle Rancagua 54 de la comuna de Concepción, conforme a la partida de nacimiento de su hermana fallecida 2. - Búsqueda en una serie de registros de cementerios de la ciudad de Concepción en donde no figura, ninguna persona sepultada con los nombres de la desaparecida 3. - Búsqueda en los archivos del Servicio de Registro Civil e Identificación, en donde no figura su partida o certificado de defunción. 4.- Búsqueda de la desaparecida en los Registros genealógicos que lleva la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos días, en donde no figura registros de la desaparecida Conforme a lo anterior, y para efectos de proceder a la posesión efectiva de su hermana fallecida y causante doña Sandra Ellys Vergara Mendoza, ya individualizada, requieren que sea declarada la muerte presunta de la madre de la fallecida, doña Raquel Olivia Vergara Gallegos Por lo anteriormente expuesto y normas legales citadas, solicita se sirva declarar muerta, presuntivamente, a doña Raquel Olivia Vergara Gallegos, ya individualizada, y fijar, como día del fallecimiento, el último día del primer bienio contado desde las últimas noticias.
A folio 1, se acompañaron los siguientes documentos: a. - Partida de nacimiento de doña Sandra Ellys Mendoza Vergara, b. - Notificación de suspensión de procedimiento posesión efectiva de doña Sandra Ellys Mendoza Vergara, del Servicio de Registro Civil e Identificación de fecha 6 de noviembre de 2020, c. - Resolución de suspensión de posesión efectiva de doña Sandra Ellys Mendoza Vergara, del Servicio de Registro Civil e Identificación N° 13912, d. - Solicitud de posesión efectiva de doña Sandra Ellys Mendoza Vergara, del Servicio de Registro Civil e DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.826 Lunes 15 de Abril de 2024Página 2 de 2 CVE 2475457 | Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl Identificación de fecha 23 de octubre de 2020 A folios 6,9 y 15, se certificaron las publicaciones en el diario oficial de la república, los días 26 de octubre de 2021,17 de enero de 2022 y 17 de mayo de 2022. A folio 22, rola información sumaria de testigos. A folio 29, rola informe del Servel, sin Rut informado, indicando que la requerida no registra datos en dicho Servicio. A folio 30, se ingresó al Servicio de Registro Civil a través de la conexión, Certificando que la dirección de doña Raquel Olivia Vergara Gallegos, cuyo Run se desconoce, no arrojando resultados. A folio 32, rola informe de Policía de Investigaciones, sección extranjería, señalando que no registra movimientos migratorios por pasos fronterizos controlados por dicha Policía. A folio 39, rola informe favorable del Defensor público. A folio 42, se trajeron los autos para resolver.
Y teniendo presente: Que, con el mérito de los antecedentes antes señalados, se encuentra fehacientemente acreditada en autos la desaparición de la persona cuya declaración de muerte presunta se solicita y la imposibilidad de que esté viva, por lo que cabe dar lugar a esta petición, como se dirá.
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 80,81 y 82 del Código Civil, 817 del Código de Procedimiento Civil, se declara: Ha lugar a lo solicitado a folio 1, y en consecuencia, se declara la muerte presunta de la desaparecida, Raquel Olivia Vergara Gallegos, se ignora número de cédula de identidad, determinándose como día presuntivo el último día del primer bienio, contado desde las últimas noticias, esto es, el 30 de noviembre de 1957. Remítase copia de esta resolución al Servicio de Registro Civil e Identificación de esta ciudad, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 882 del Código de Procedimiento Civil, en su oportunidad. Anótese, regístrese, notifíquese, publíquese en extracto en el Diario Oficial de la República, obténgase copias del sistema y archívese en su oportunidad. La secretaria.