Autor: CARLOS CONTRERAS QUINTANA ABOGADO
Cartas: El Cam: arbitraje y mediación
Cartas: El Cam: arbitraje y mediación G racias a la gentileza del prestigioso Estudio Jurídico Vásquez Urra, pude concumir al: "IV Encuentro de Arbitraje y Mediación, levantando puentes para la inversión global. ", oportunidad en la cual puede constatar el desarrollo e importancia de este poderoso medio de solución de conflictos.
El Cam (no la Cam) es el centro de Arbitraje y mediación de la Câmara de Comercio de Santiago, institución sin fines de lucro, fundada el año 1992 por la Cámara de Comercio de Santiago A. G; está conformado por un Consejo Directivo, la dirección Ejecutivo, la Oficina de Estudios y Relaciones Internacionales, la Unidad de Arbitraje, la Unidad de Mediación y la Unidad de Finanzas. Los servicios que ofrecen comprenden: arbitraje nacional e internacional, mediación y dispute boards para la solución de controversias, brindando soluciones confiables y eficientes a la comunidad empresarial y jurídica. También organiza periódicamente programas y actividades de extensión e investigación, e imparte cursos tendientes a la preparación de profesionales en el ámbito de su competencia. Ha ejecutado mas de 7.500 arbitrajes y mediaciones constituyéndose en un referente en materia de solución adecuada de conflictos en Chile y en América Latina.
Cuenta con un sistema de tramitación digital para sus procesos y con los medios tecnológicos que permiten una comunicación necesaria con el Poder Judicial de Chile, Tiene presencia relevante a nivel nacional e internacional Su cuerpo de árbitros, además de los de destacada trayectoria y experiencia ha procurado generar una lista de árbitros jóvenes y a fortalecer el número de árbitros mujeres.
Como bien sabemos, el sistema de acceso a la justicia en Chile depende de un Poder del Estado, el Poder Judicial y es normalmente gratuito, un requisito necesario para asegurar el acceso a la resolución de conflictos y una vez requerida su intervención no puede el asunto si no, terminar en un fallo. La justicia es obligatoria y vinculante por disposiciones legales, constitucionales y obliga a todo aquel que se ve envuelto en un asunto de carácter litigioso, más allá de su voluntad.
El sistema de mediación y arbitraje supone un acuerdo de voluntades de quienes se encuentran en disputa y el acceso requiere necesariamente el pago del servicio lo que evidentemente es adecuado, considerando que estos procedimientos permiten resolución de conflictos en un tiempo mucho más breve lo que genera una serie de economia y beneficios para los intervinientes y la sociedad, especialmente porque permite descomprimir y no distraer a un juez del Poder Judicial, en asuntos complejos que requerirán mucha dedicación y gestiones.
Particularmente creo que este sistema, además de sus evidentes beneficios, propende a una práctica que debería de ser recurrente en la sociedad: la posibilidad de generar acuerdos para resolver controversias que afectan a muchas personas, sustrayéndose de un sistema judicial que debería resolver los problemas de los más desposeidos y no de los que cuentan con medios y están requeridos de urgencia en la solución de sus controversias, Autor: CARLOS CONTRERAS QUINTANA ABOGADO.