SII sufre traspié en la Corte Suprema por bloquear acceso online a contribuyentes
SII sufre traspié en la Corte Suprema por bloquear acceso online a contribuyentes O.P.
“Clave bloqueada”. Esa advertencia recibió una empresa agrocomercial de San Vicente de Tagua Tagua cuando intentó realizar un trámite en la plataforma electrónica del Servicio de Impuestos Internos (SII) el 2 de agosto del año pasado. Según cifras del SII, en el segundo semestre de 2024 aplicó la inhabilitación temporal de la clave tributaria a 27.000 RUT de empresas como parte de su política de fiscalización. La empresa de San Vicente estimó que se le había aplicado una medida de apremio sin notificarla previamente de las razones, afectando directamente su actividad económica.
Acudió a la Corte de Apelaciones de Rancagua, pidiendo protección y acusando al SII de una actuación “ilegal y arbitraria”. En un informe a la corte rancagüina, la institución explicó que aplica un Modelo Integrado de Gestión de Cumplimiento Tributario. Una de las herramientas del plan es el bloqueo de la clave en aquellos casos en que los antecedentes proporcionados al SII presentan contradicciones, vacíos o inconsistencias. “Esta medida tiene por único objeto incentivar al contribuyente para que concurra al servicio a aclarar dicha información”, sostuvo. Pero el 19 de diciembre del año pasado, los jueces de la Primera Sala de la Corte de Rancagua le dieron la razón a la empresa y ordenaron la restitución de la clave.
El tribunal sostuvo que “no existe norma alguna que lo faculte (al SII) a bloquear el acceso a la plataforma virtual” y que al hacerlo impidió o perturbó acciones relacionadas con la actividad económica de la compañía afectada. Los magistrados precisaron que el SII puede usar las demás atribuciones fiscalizadoras que sí posee. La autoridad tributaria llevó la disputa a la Corte Suprema. Tenía razones para estar optimista, pues dos meses antes la Tercera Sala del máximo tribunal había refrendado su política de bloqueo al revisar tres casos similares ocurridos en Arica. Sin embargo, el 22 de abril pasado el tribunal trazó otro criterio y, en una votación adoptada por tres votos contra dos, ratificó la decisión de los jueces rancagüinos. El bloqueo de la clave tributaria de la empresa de San Vicente quedó anulado.
Cambio obligado Consultado por “El Mercurio”, el SII contestó que se trata ANEVARAROTCEH de un dictamen con votación dividida y recordó que en el sistema judicial el efecto de una sentencia es aplicable solo al caso del que se trata.
Andrés Isla, socio de Cumplimiento Tributario de la consultora EY, sostuvo que “frente a un mismo tema tenemos dos visiones de nuestras cortes, generando una situación que da cuenta de que es un tema muy opinable”. El SII detalló que este año no ha aplicado bloqueos de clave, aunque lo hará cuando su tarea fiscalizadora lo amerite. Debido al fallo, efectuó un cambio en sus procedimientos: a partir de ahora notificará a los contribuyentes del bloqueo cuando tome la medida y les informará las acciones que deben realizar para levantar la suspensión.
Empresas de papel El SII asegura que reforzó sus estrategias para “prevenir, detectar y controlar la actuación de contribuyentes de comportamiento tributario agresivo”. Explicó que de los 27.000 RUT de empresas cuyas claves se bloquearon en el segundo semestre de 2024, solo un 7% se acercó a las oficinas del SII a aclarar su situación. “El que no asistan, constituye una alerta respecto de que se podría tratar de empresas de papel”, dijo el SII. Medida había sido avalada en tres fallos previos: El “incentivo”. En un reclamo reciente se invalidó su aplicación. En el segundo semestre del año pasado, organismo suspendió acceso electrónico a su portal en 27.000 casos. Medida había sido avalada en tres fallos previos: El SII inhabilita la clave de acceso a su plataforma cuando los antecedentes de los contribuyentes presentan “contra