Resolución exenta número 2.481, de 2025.- Reconoce títulos expedidos por universidades ecuatorianas que indica, en el marco del Convenio de reconocimiento mutuo de títulos profesionales y grados académicos de educación superior entre la República de Chile y la República del Ecuador
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.135 Lunes 28 de Abril de 2025 Página 1 de 4 Normas Particulares CVE 2636732 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Subsecretaría de Educación Superior RECONOCE TÍTULOS EXPEDIDOS POR UNIVERSIDADES ECUATORIANAS QUE INDICA, EN EL MARCO DEL CONVENIO DE RECONOCIMIENTO MUTUO DE TÍTULOS PROFESIONALES Y GRADOS ACADÉMICOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA DEL ECUADOR (Resolución) Núm. 2.481 exenta. - Santiago, 17 de abril de 2025.
Considerando: Que, el decreto con fuerza de ley N 1/19.563, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, establece que la actuación de sus órganos están al servicio de la persona humana, propendiendo al bien común, atendiendo las necesidades públicas en forma continua y permanente, mediante el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitución y la ley y, de la aprobación, ejecución y control de políticas, planes, programas y acciones de alcance nacional, regional y comunal; sometiendo su proceder a los principios de eficiencia, eficacia y, coordinación, entre otros principios orientadores del ordenamiento administrativo. Que, en dicho contexto, corresponde que este Ministerio de Educación adopte las medidas y, asimismo, genere las condiciones que sean necesarias para un efectivo cumplimiento de los fines que le son propios.
Que, mediante el decreto N 7, de 2017, del Ministerio de Relaciones Exteriores, fue promulgado el "Convenio de Reconocimiento Mutuo de Títulos Profesionales y Grados Académicos de Educación Superior entre la República de Chile y la República del Ecuador" (en adelante el "Convenio"), suscrito el 15 de octubre de 2015, en la ciudad de Quito, Ecuador.
Que, asimismo, el primer párrafo del artículo VII del referido Convenio, dispone que "El presente Convenio entrará en vigor sesenta (60) días después de la fecha de la última notificación por medio de la cual las partes se comuniquen recíprocamente que han cumplido con los requisitos de sus respectivas legislaciones internas". Que, habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en el señalado primer párrafo del artículo VII del Convenio, éste entró en vigencia internacional el día 26 de febrero de 2017.
Que, en virtud del mentado Convenio, en la República de Chile, el reconocimiento de títulos de grado y postgrado de maestría y doctorado, obtenidos en las universidades y escuelas politécnicas ecuatorianas, procederá siempre que: a) Se trate de un título de grado o postgrado de maestría y doctorado, obtenido a partir del 4 de noviembre del 2009. b) Que el título haya sido obtenido en universidades y escuelas politécnicas ecuatorianas, categorizadas como A y B por la entidad encargada de la Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior en el Ecuador. c) Que el título corresponda, además, a una carrera y programa acreditado.
No obstante lo señalado en la letra c), y por aplicación de la disposición transitoria del Convenio, mientras la República del Ecuador se encuentre en proceso de evaluación y acreditación de sus carreras y programas, también serán reconocidos en Chile los títulos que correspondan a carreras o programas que no hayan iniciado su proceso de acreditación, lo que Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2636732 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.135 Lunes 28 de Abril de 2025 Página 2 de 4 informará oficialmente a través de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación. Cabe destacar que las categorizaciones y acreditaciones exigidas para las instituciones, carreras y programas, respectivamente, deberán estar vigentes a la fecha de expedición u otorgamiento del título.
Que, conforme al artículo II del Convenio, estarán a cargo de su aplicación "(... ) En el caso del Gobierno de Chile, el Ministerio de Educación de la República de Chile, y para el Gobierno del Ecuador, la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, o quien haga sus veces". Que, en virtud de lo señalado precedentemente, al Ministerio de Educación, como órgano de ejecución el Convenio, le corresponde, entre otras, la atribución de reconocer los títulos de grado y postgrado de maestría y doctorado, obtenidos en las universidades y escuelas politécnicas ecuatorianas, categorizadas como A y B por la entidad encargada de la Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior en el Ecuador, correspondientes a carreras y programas acreditados, en concordancia con lo dispuesto en el artículo I del Convenio y su disposición transitoria.
Que, la ejecución del Convenio deberá ser realizada por el Ministro de Educación, atendida su responsabilidad de conducción de esta Cartera de Estado y su facultad de dirección superior de las acciones educacionales y de extensión cultural que conciernen al Estado, las cuales se encuentran establecidas en el artículo 23, inciso 1, del decreto con fuerza de ley N 1/19.563, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y en el artículo 4 de la ley N 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública, respectivamente.
Que, por otra parte, el artículo 41 de la mencionada ley N 18.575, permite que el ejercicio de las atribuciones y facultades propias del Ministro de Educación puedan ser delegados, sobre las bases dispuestas en dicha norma.
Que, mediante la dictación de la resolución exenta N 4.134, de 13 de septiembre de 2019, de esta Cartera de Estado, la entonces Ministra de Educación delegó en el Subsecretario de Educación Superior, la facultad de reconocer títulos de grado y postgrado de maestría y doctorado, obtenidos en universidades y escuelas politécnicas ecuatorianas, en el marco del Convenio en referencia.
Que, en dicho contexto, el Ministerio de Educación ha recibido diversas solicitudes de reconocimiento de títulos obtenidos en instituciones de educación superior ecuatorianas, constatándose que cumplen con los requisitos establecidos en el Convenio para acceder al reconocimiento de título requerido.
Que, revisados los antecedentes acompañados a las respectivas solicitudes, las analistas de la Unidad de Reconocimiento de Títulos de esta Subsecretaría constataron que los títulos analizados corresponden a títulos de grado o postgrado de maestría o doctorado; que fueron obtenidos con posterioridad al 4 de noviembre de 2009; que las universidades o escuelas politécnicas que los emitieron se encontraban categorizadas A o B; y que, en su caso, la respectiva carrera o programa se encontraba acreditada por la entidad encargada del aseguramiento de la calidad en la educación superior del Ecuador.
Que, asimismo, dicha Unidad constató que los antecedentes aportados contaban con su correspondiente apostilla, según lo establecido en la resolución exenta N 2.117, de 2019, de la entonces División de Educación Superior, siendo, además, validadas a través de medios electrónicos, motivo por el cual debe concluirse que las solicitudes cumplen con los requisitos establecidos en el referido Acuerdo para acceder al reconocimiento de título requerido. Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que otorga reconocimiento a quince títulos de grado y uno de postgrado, conferidos por las instituciones de educación superior ecuatorianas que se indican.
Vistos: Lo dispuesto en los artículos sexto y séptimo de la Constitución Política de la República; en la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley N 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley N 21.091, sobre Educación Superior; en el decreto con fuerza de ley N 3, de Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2636732 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.135 Lunes 28 de Abril de 2025 Página 3 de 4 2019, del Ministerio de Educación; en el Convenio de Reconocimiento Mutuo de Títulos Profesionales y Grados Académicos de Educación Superior entre la República de Chile y la República del Ecuador; en el decreto N 7, de 2017, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que Promulga el Convenio de Reconocimiento Mutuo de Títulos Profesionales y Grados Académicos de Educación Superior entre la República de Chile y la República del Ecuador; en la resolución exenta N 4.134, de 2019, del Ministerio de Educación, que delega en el Subsecretario de Educación Superior la facultad de reconocer títulos de grado y postgrado de maestría y doctorado, obtenidos en universidades y escuelas politécnicas ecuatorianas; en la resolución exenta N 2.117, de 2019, de la entonces División de Educación Superior; y, en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República.
Resuelvo: Primero: Reconózcase, en el marco del "Convenio de Reconocimiento Mutuo de Títulos Profesionales y Grados Académicos de Educación Superior entre la República de Chile y la República del Ecuador", suscrito el 15 de octubre de 2015, los títulos de grado obtenidos en las universidades ecuatorianas que se indican a continuación: Documento de Fecha de N Nombre Apellido Título Universidad identificación titulación Cédula de Universidad Tuchie Licenciada en 18 de agosto 1 Valentina Paz Identidad de Las Romano Periodismo de 2017 N18.870.460-3 Américas Universidad Pasaporte Alisson Licenciada en 23 de marzo 2 León Ruiz de Las Nicole Enfermería de 2021 NA4100618 Américas Universidad Pasaporte 20 de junio de Nicole Católica de 3 Raad Bassil Odontóloga Marian Santiago de NA9449068 2014 Guayaquil 25 de junio de Wilson Paredes Pasaporte Químico y Universidad 4 Camilo Villacis NA8726464 Famacéutico de Guayaquil 2020 Cédula de Universidad 30 de abril de Erick Tamayo 5 Identidad Ecu Médico Central del Alejandro Vanegas 2022 N1727159822 Ecuador Licenciada en Pasaporte 29 de junio de Sofía Guzman Universidad 6 Nutrición y Isabel Flores de Cuenca NA4020440 2022 Dietética Escuela Pasaporte Denise Guevara Superior 11 de agosto 7 Médico General Isabel Cando Politécnica de de 2022 NA8110136 Chimborazo Escuela Pasaporte Angel Cabezas Superior 11 de agosto 8 Médico General Benjamín Lucio Politécnica de de 2022 NA4654980 Chimborazo Cédula de Stalin Químico y Universidad 04 de octubre de 9 Peralta Peña Ciudadanía Manuel Farmacéutico de Guayaquil 2022 N092882103-2 Pasaporte Genesis Guaranda Química y Universidad 06 de octubre de 10 Gabriela Cruz Farmacéutica de Guayaquil 2022 NA8262836 Pasaporte David de Ballesteros Químico y Universidad 04 de octubre de 11 Jesus Choez Farmacéutico de Guayaquil 2022 NA8720175 Pasaporte Karen Carrion Química y Universidad 06 de octubre de 12 Melissa Holguin Farmacéutica de Guayaquil 2022 NA9816300 Universidad Pasaporte 29 de junio de Nadia Baquerizo Católica de 13 Médica Carolina Paladines Santiago de NA4549726 2015 Guayaquil 10 de Pasaporte Jimena Cordero Bioquímica Universidad 14 diciembre de Guadalupe Machuca Farmacéutica de Cuenca NA9196975 2018 Universidad 18 de Cédula de Karla Arregui Católica de noviembre de 15 Identidad Médica Pierina Bustamante Santiago de N23.588.455-0 2022 Guayaquil Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2636732 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.135 Lunes 28 de Abril de 2025 Página 4 de 4 Segundo: Reconózcase, en el marco del "Convenio de Reconocimiento Mutuo de Títulos Profesionales y Grados Académicos de Educación Superior entre la República de Chile y la República del Ecuador", suscrito el 15 de octubre de 2015, los títulos de postgrado obtenidos en las universidades ecuatorianas que se indican a continuación: Documento de Fecha de N Nombre Apellido Título Universidad identificación Titulación Cédula de Magíster en Escuela Edwin 31 de agosto 1 Bone Fonte Identidad Eficiencia Politécnica Giovanny de 2017 N27.733.563-8 Energética Nacional Tercero: Contra la presente resolución, procederá el recurso de reposición, el cual deberá interponerse ante esta Subsecretaría de Educación Superior en el plazo de cinco días contados desde su notificación, y en subsidio, podrá interponerse el recurso jerárquico, de conformidad a lo establecido en el artículo 59 de la ley N 19.880. Anótese, notifíquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese. - Por orden del Ministro de Educación, Víctor Orellana Calderón, Subsecretario de Educación Superior. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2636732 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl