Decreto número 295, de 2026.- Amplía lista de mercancías que pueden adquirir los pasajeros en almacenes de venta libre
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.436 Martes 28 de Abril de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2800420 MINISTERIO DE HACIENDA AMPLÍA LISTA DE MERCANCÍAS QUE PUEDEN ADQUIRIR LOS PASAJEROS EN ALMACENES DE VENTA LIBRE Núm. 295. - Santiago, 25 de marzo de 2026.
Vistos: Lo dispuesto en el artículo 4 de la ley Nº 19.288 ; el decreto supremo Nº 690, de 1994, del Ministerio de Hacienda, que Establece lista de mercancías que podrán adquirir los pasajeros que arriben al país en los almacenes de venta libre, modificado por los decretos supremos Ns. 699, de 18 de junio de 1997 y 54, de 22 de enero de 2007, todos del Ministerio de Hacienda; el decreto supremo Nº 38, de 11 de marzo de 2026, del Ministerio del Interior; el oficio ordinario Nº O9837115, de 12 de diciembre de 2025, de la Dirección Nacional de Aduanas; y, la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República. Considerando: 1.
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la ley Nº 19.288, los pasajeros y tripulantes que arriben al país sólo podrán adquirir en los Almacenes de Venta Libre las mercancías que se contemplan especialmente, para estos efectos, en una lista establecida por decreto supremo del Ministerio de Hacienda. 2.
Que, el actual explotador de la concesión en el Aeropuerto Arturo Merino Benítez de Santiago, en su presentación efectuada ante el Servicio Nacional de Aduanas, solicitó ampliar la lista de mercancías que se pueden adquirir en el Almacén de Venta Libre o Duty Free Shop, incorporando las mercancías que señala en su presentación. 3.
Que, en la revisión de la mencionada presentación el Servicio Nacional de Aduanas, que consta en su el oficio ordinario Nº O9837115, del 12 de diciembre de 2025, no identifica reparos para la incorporación de las mercancías entre las individualizadas en el decreto supremo Nº 690, de 1994, y sus modificaciones, que establece lista de mercancías que podrán adquirir los pasajeros que arriben al país en los almacenes de venta libre. 4. Que, dicha lista se condice con el tipo de mercancías a comercializar dentro de este tipo de almacenes.
Decreto: Amplíase la lista de mercancías que pueden adquirir los pasajeros que arriben al país en los Almacenes de Venta Libre o ''Duty Free Shop" del Aeropuerto Arturo Merino Benítez de Santiago, que se contempla en el decreto supremo Nº 690, de 1994, modificado por el decreto supremo Nº 699, de 1997 y por el decreto supremo Nº 54, de 2007, todos del Ministerio de Hacienda, incorporando las siguientes: Posición Arancelaria Mercancías 3926 y 4202 Fundas para celular. 4202 Fundas de notebook. 6211 Traje de baño. 6505 Jockey con visera. 8504 Adaptadores de corriente universales. 8509 Máquina de manicure. 8510 Máquinas de afeitar eléctricas. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2800420 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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