Autor: CATALINA MUÑOZ-KAPPES
No solo pagar contribuciones: Revive la conducta “intachable” que se exige a funcionarios públicos
No solo pagar contribuciones: Revive la conducta “intachable” que se exige a funcionarios públicos de su cargo, pero declinaron responder. No estuvieron disponibles para indicar si aún ven el cumplimento de las obligaciones bancarias en su evaluación. Los expertos coinciden que no está normado como incompatibilidad tener morosidades con las funciones de un cargo público, aunque afirman que es deseable estar al día.
“En estricto rigor, el Estatuto Administrativo no se refiere ni norma la conducta estrictamente privada de los funcionarios públicos, ni los efectos que este comportamiento pudiera tener en su vida individual o familiar, salvo cuando se trate de conductas que afecten o trasciendan a la vida social y puedan comp r o m e t e r e l p r e s t i g i o d e l servicio”, indica la exsubcontralora Patricia Arriagada. “En estos temas debe verse cada situación en su virtud.
Asimismo, con el objeto de que no suceda lo anterior, es perfectamente válido que los superiores jerárquicos instruyan a sus subordinados en estas materias, atendido que lo ideal es que estos altos estándares se cumplan”, agrega. “Siempre se espera del funcionario público, y sobre todo de alta jerarquía, que tenga una actitud ejemplar.
La morosidad o un OLLAVRACNAITSIRC estado financiero delicado pueden afectar la percepción de la población respecto de la seriedad, la probidad, la honestidad de un funcionario público”, dice Luis Bobadilla, del Departamento de Derecho Público Usach.
Exigencia moral Desde la Dirección Nacional del Servicio Civil confirman que la condición de morosidad “no es una falta punible”. Sin embargo, en los concursos de Alta Dirección Pública están mandatados a requerir “información para verificar antecedentes referidos al cumplimiento de las exigencias derivadas de la probidad administrativa, inhabilidades e incompatibilidades y prevención de conflictos de intereses”. “ N o t o d a deuda o morosidad se convierte automáticamente en una falta disciplinaria”, afirma José Pérez, presidente de la Agrupación N a c i o n a l d e E m p l e a d o s F i s c a l e s (ANEF): “Si un f u n c i o n a r i o público tiene una deuda comercial o bancaria, está atrasado en el pago del CAE, ese es un asunto de su vida privada, salvo que esa situación afecte directamente el desempeño de su función pública o la imagen de la institución que representa, que sin duda puede tener un carácter de connotación grave”. que proponía el Presidente Gabriel Boric estaba en el centro del debate.
Por ejemplo, en julio del 2024, “El Mercurio” publicó que al menos 65 autoridades y funcionarios públicos tenían una morosidad en el CAE (al hacer una revisión aleatoria ayer, se constató que varios habían salido de la lista de morosos). Se suma al reciente escándalo destapado por la Contraloría General de la República, sobre 25 mil funcionarios públicos que viajaron al extranjero mientras estaban con licencia médica. Conducta intachable “Yo creo que el ministro Marcel está apelando a algo que se había perdido, que es la importancia que tiene ser funcionario público.
Los funcionarios públicos no solamente debemos cumplir la ley, sino que además estamos obligados a respetar ciertos márgenes éticos, a tener un comportamiento que haga que nuestras conductas sean intachables”, comenta Julio Pallavicini, profesor de derecho público de la U. de Chile y ex jefe jurídico de la CGR. Cuenta que, mientras estaba en la Contraloría, parte de la evaluación de desempeño de los funcionarios era el cumplimiento de sus obligaciones bancarias y pecuniarias. “En esa época, la idea que estaba detrás de esa exigencia era que los funcionarios de la Contraloría tenían que ser modelos de virtud, que debían tener un comportamiento ejemplar”, dice.
“El Mercurio” consultó a la Contraloría sobre cuáles son las obligaciones de los funcionarios públicos, además de los deberes Tras la salida de Javier Etcheberry como director del Servicio de Impuestos Internos (SII) por no pagar todas sus contribuciones en una propiedad en la comuna de Paine, ministros de Estado también salieron a regularizar sus propios atrasos en ese impuesto tras una denuncia del medio El Líbero. “Quienes tenemos cargos públicos, tenemos la obligación de ser ciudadanos ejemplares y contribuyentes también ejemplares”, dijo el miércoles al respecto el ministro de Hacienda, Mario Marcel. Ayer, ante una consulta de “El Mercurio”, profundizó: “Uno tiene que cumplir con sus responsabilidades, especialmente con el Estado, porque está al mismo tiempo representando al Estado.
Uno no puede separar a la persona de la autoridad; la persona tiene que ser capaz de cumplir con todas las obligaciones que tiene con el Estado”. “Dignidad” del cargo El estatuto administrativo que rige a los funcionarios públicos, símil al Código del Trabajo en el sector privado establece varias obligaciones para quienes tienen cargos en el Estado, que van más allá de cumplir con sus labores o su jornada.
Por ejemplo, indica que los funcionarios públicos deben “observar una vida social acorde con la dignidad del cargo”. Hoy, la discusión está centrada en las contribuciones, pero hace unos meses pasaba por si las autoridades tenían morosidad en el CAE, en momentos en que la condonación de la deuda Es válido que los superiores jerárquicos instruyan a sus subordinados en estas materias, atendido que lo ideal es que estos altos estándares se cumplan”.. ............................................................... PATRICIA ARRIAGADA, EXSUBCONTRALORA. Hay debate sobre el nivel de exigencia, pero los expertos coinciden en que los funcionarios públicos deben tener un actuar ejemplar para no mermar la confianza en el Estado.
La norma establece “observar una vida social acorde con la dignidad del cargo” ‘‘Es válido que los superiores jerárquicos instruyan a sus subordinados en estas materias, atendido que lo ideal es que estos altos estándares se cumplan”.. ............................................................... PATRICIA ARRIAGADA, EXSUBCONTRALORA Desde la ANEF indican que una morosidad puede tener una “connotación grave”, dependiendo del cargo y la institución a la que representa el funcionario público.