Suseso recuerda medidas para asegurar derechos y beneficios sociales en zonas declaradas de catástrofe
Suseso recuerda medidas para asegurar derechos y beneficios sociales en zonas declaradas de catástrofe Ante la emergencia provocada por los incendios forestales y la declaración de zonas de catástrofe en las regiones de Ñuble y Biobío, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) recordó y reforzó las medidas especiales que pueden aplicar las mutualidades de empleadores, las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin), las Isapres y las Cajas de Compensación, con el objetivo de asegurar que las personas afectadas puedan acceder de manera oportuna a sus derechos y beneficios de seguridad social.
En materia de licencias médicas, la Suseso recordó que, en las zonas bajo estado de excepción constitucional, no corresponde rechazar licencias por presentación fuera de plazo ni sancionar a empleadores que no hayan podido tramitarlas oportunamente debido a la emergencia. Asimismo, en caso de extravío, daño o destrucción de licencias en formato papel, las Compin o Isapre deberán emitir licencias de reemplazo. Cuando las personas trabajadoras enfrenten dificultades para que su empleador gestione la licencia médica, podrán realizar el trámite direcentendiendo tamente, las circunstancias excepcionales que impone la emergencia.
Respecto de las Cajas de Compensación, la Suseso reforzó que estas instituciones pueden otorgar diversas facilidades a las personas afiliadas que se encuentren en zonas afectadas, como la suspensión temporal del pago de créditos sociales trasladando las cuotas al término del plazo convenido para el pago sin costos adicionales, reprogramaciones en condiciones más favorables, períodos de gracia y la entrega de prestaciones adicionales, tanto en dinero como en servicios, destinadas a cubrir necesidades urgentes derivadas de la catástrofe.
Adicionalmente, la Superintendencia ha regulado que las mutualidades Achs, IST, Mutual de Seguridady el Instituto de Seguridad Laboral -ISL-, deben considerar las condiciones especiales de desplazamiento que enfrentan las y los trabajadores en contextos de emergencia.
En este sentido, los accidentes de trayecto ocurridos en rutas alternativas -producto de cortes de camino u otras dificultades asociadas a los incendiosdeben ser evaluados como parte de la cobertura del seguro de accidentes del trabajo, resguardando así la protección de las personas trabajadoras.. La Superintendencia de Seguridad Social reforzó instrucciones a mutualidades, Compin, Isapres y Cajas de Compensación para facilitar licencias médicas, apoyos económicos y cobertura ante accidentes de trayecto en zonas afectadas por los incendios.