Corte de Arica aplica criterio “más de 5 renovaciones” en el cargo para revertir despido de funcionario a contrata
Corte de Arica aplica criterio “más de 5 renovaciones” en el cargo para revertir despido de funcionario a contrata Se va cerrando el círculo.
Así definen en el mundo legal la implicancia de un reciente fallo de la Corte de Apelaciones de Arica, que ratificó el criterio establecido por la Corte Suprema de que para configurar el principio de confianza legítima o de estabilidad en el cargo para los funcionarios públicos a contrata deben existir cinco o más renovaciones de su vínculo laboral.
El caso en disputa, tiene que ver con un recurso de protección que acogió el tribunal de alzada y que dejó sin efecto la desvinculación de un funcionario con contrato a plazo fijo de la Municipalidad de Arica.
Luego de 38 ratificaciones de su contrata en los últimos 11 años, al trabajador que se desempeñaba en el área de Deportes y Recreación del municipio no se le renovó su vínculo contractual el pasado 4 de abril, sin detallar una razón específica para su salida. El acto administrativo fue anulado por la Corte de Apelaciones y se ordenó la reincorporación del funcionario a contrata por haberse afectado el principio de confianza legítima o de justa expectativa de recontratación.
Recogiendo la jurisprudencia del máximo tribunal, la Corte también estableció que solo se puede poner término a la relación contractual de empleados que "se han vinculado con la Administración por un determinado número de años" por sumario administrativo derivado de una falta que motive su destitución, o por una calificación anual deficiente.
Materia litigiosa El debate sobre la aplicación de la confianza legítima escaló en su atención luego de un dictamen que emitió la contralora general de la República, Dorothy Pérez, apenas asumida como titular en su cargo, que resolvió abstenerse de seguir revisando reclamos por no renovación de contratas. Ese criterio cambió la doctrina del anterior contralor Jorge Bermúdez, que había determinado revisar los reclamos por confianza legítima y que este principio se podía argumentar para las contratas luego de dos renovaciones sucesivas. Sin embargo, en los casos judicializados que escalaron en los últimos años hasta la Corte Suprema se zanjó que dicho principio podía ser planteado solo tras cinco renovaciones.
Ante esta diferencia de criterios, la Contraloría dejó en manos de los tribunales de justicia estas reclamaciones por ser una "materia litigiosa". Asimismo, en mayo, el máximo tribunal ratificó la jurisprudencia del ente contralor de dejar en manos de la judicatura la revisión del criterio de los 5 años para la aplicación de la confianza legítima. Se asienta la nueva doctrina Entre los especialistas hubo consenso en apoyar el razonamiento que aplicó el tribunal de alzada de Arica. "El caso es una manifestación del criterio que se está asentando. Por una parte, que esta es una materia de competencia judicial y, por otra, que el plazo para configurar la confianza legítima es de cinco años. En consecuencia, a juicio de los tribunales, el funcionario que es renovado en su contrata por cinco años tiene derecho a estabilidad en el cargo", comentó William García, socio de Sarmiento, Walker y García Abogados.
Claudio Fuentes, socio de Rossel, Fuentes y Urzúa Abogados, coincide en que la resolución de la Corte de Apelaciones de Arica "viene a ratificar lo señalado en reiteradas ocasiones por la Corte Suprema, respecto a la imposibilidad de poner término a una contrata que fue renovada en varias ocasiones (cinco o más veces), ya que el solo hecho de pasar ese período de tiempo implica que se activa el principio de confianza legítima". Por su parte, Rubén Soto, socio de AEM Abogados, si bien respalda que el fallo de la Corte de Arica "refuerza una línea jurisprudencial que protege al funcionario cuando el Estado abusa de la temporalidad", formula reparos a las implicancias de fondo. "(La sentencia) también evidencia la asimetría regulatoria que termina castigando al contribuyente y premiando la mala gestión pública. Urge modernizar el régimen de empleo estatal y poner al Estado al nivel de exigencia que hoy soporta cualquier empresa privada", añadió.
Régimen de desvinculaciones El profesor de derecho laboral de la U. de Chile, Luis Lizama, explica que a partir del razonamiento del fallo para desvincular a una contrata "tendrían que concurrir las causales que contempla el Estatuto Administrativo, que serían un sumario administrativo o una calificación deficiente por su desempeño". Lizama también detalla que el eventual cese de un funcionario a plazo fijo no afectaría la dotación del servicio: "El personal que está a contrata no tiene un cargo en propiedad, ni forma parte de la planta del servicio; en consecuencia, no afecta la estructura de la planta de personal contratado ad hoc, en la medida en que tenga presupuesto el servicio público". Precisa que "el límite tiene que ver con que disponga de recursos financieros el servicio público". Trabajador había sido desvinculado pese a tener 38 ratificaciones de su vínculo contractual: Corte de Arica aplica criterio "más de 5 renovaciones" en el cargo para revertir despido de funcionario a contrata J. P. PALACIOS Tribunal de alzada regional hizo suya la doctrina de la Corte Suprema y reincorporó a empleado municipal. Se estableció que en estos casos el cese de la relación procede solo si hay un sumario administrativo o mal desempeño. El fallo de la Corte de Apelaciones de Arica fue dictado la semana pasada.
CEDIDA `` Esta es una materia de competencia judicial y, por otra parte, que el plazo para configurar la confianza legítima es de cinco años".. ............................................................... WILLIAM GARCÍA SOCIO SARMIENTO, WALKER Y GARCÍA ABOGADOS `` El personal que está a contrata no tiene un cargo en propiedad, ni forma parte de la planta del servicio, no afecta la estructura de la planta de personal".. ............................................................... LUIS LIZAMA ACADÉMICO U.
DE CHILE `` Urge modernizar el régimen de empleo estatal y poner al Estado al nivel de exigencia que hoy soporta cualquier empresa privada".. ............................................................... RUBÉN SOTO SOCIO AEM ABOGADOS CONTRATAS A marzo de 2025, en el Gobierno Central había 287.247 cargos a plazo fijo (56,6% )..