AGRÍCOLA RENATO HUBER E.I.R.L. 76.249.587-2
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.133 Viernes 25 de Abril de 2025 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2638933 EXTRACTO CRISTIAN FELIPE CAMILLA SANDOVAL, abogado, Notario Público, Titular de la 1ª Notaría Santiago, Huérfanos 1.160, Of. 101 y 102, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 27 Marzo de 2025, ante don Rodrigo Andrés Farías Picón, Notario Público Interino 1ª Notaría Santiago, mismo domicilio anterior, y anotada bajo el Repertorio Nº 4656/2025 /i/ don RENATO PABLO HUBER ACUÑA, y, /ii/ doña MARIA FERNANDA MEDEL YUNISIC; ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Eliodoro Yáñez número 1.749 oficina 603, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; quienes acordaron, la transformación y aumento de capital de la sociedad “AGRÍCOLA RENATO HUBER E.I.R. L”, cuya constitución rola inscrita a fojas 84.333, número 58.984 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012, en los siguientes términos: I. Transformación de sociedad y cambio de Razón Social: Don RENATO PABLO HUBER ACUÑA transforma la sociedad “AGRICOLA RENATO HUBER E.I.R. L” en sociedad de responsabilidad limitada, con el propósito de que MARIA FERNANDA MEDEL YUNISIC ingrese a la sociedad, la cual subsistirá bajo la razón social “AGRÍCOLA GUAYACÁN LIMITADA”. II.
Aumento de capital: Con el propósito de que doña MARIA FERNANDA MEDEL YUNISIC ingrese a la sociedad, los comparecientes acordaron aumentar capital social de la sociedad “AGRÍCOLA GUAYACÁN LIMITADA” desde la suma de $801.000.000 a la cantidad de $847.440.000, esto es en la suma de $46.440.000, el que es pagado íntegramente en el acto por doña MARIA FERNANDA MEDEL YUNISIC. III. Modificación de estatutos. Como consecuencia de lo acordado precedentemente, se modifican los estatutos de la sociedad quedando del siguiente tenor: “ARTÍCULO PRIMERO: Socios. Los actuales y únicos socios de la sociedad “AGRÍCOLA GUAYACÁN LIMITADA” son: don RENATO PABLO HUBER ACUÑA; y, doña MARIA FERNANDA MEDEL YUNISIC. ARTÍCULO SEGUNDO: Razón Social.
El nombre o razón social será AGRÍCOLA GUAYACÁN LIMITADA pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo el nombre de fantasía “GUAYACAN LIMITADA”. ARTÍCULO TERCERO: Objeto.
La sociedad tendrá por objeto la producción y explotación agrícola y/o forestal de predios agrícolas propios y/o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería o en otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de ellos.
Podrá también realizar la crianza de animales y todas las actividades relacionadas y conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad, y en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros, cualquier negocio que acuerden los socios. ARTÍCULO CUARTO: Domicilio.
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero, así como de los domicilios especiales que pueda fijar en actos o contratos determinados. ARTÍCULO QUINTO: Duración. La duración de la sociedad será de plazo indefinido. ARTÍCULO SEXTO: Fallecimiento. La Sociedad no se disolverá como consecuencia del fallecimiento de alguno de los socios, continuando con los socios sobrevivientes y los sucesores del socio fallecido.
La Sociedad tampoco se disolverá como consecuencia de la quiebra, insolvencia, incapacidad, convenio judicial o prejudicial de alguno de los socios, continuando con los socios sobrevivientes y con los acreedores del socio fallido, insolvente, incapaz o respecto del cual se ha aprobado un convenio judicial o prejudicial. TÍTULO SEGUNDO: Del capital social y la responsabilidad de los socios. ARTÍCULO SÉPTIMO: Capital.
El capital social es la suma de $847.440.000, las que se encuentra íntegramente pagadas de la forma que se señala a continuación: /i/ don RENATO PABLO HUBER ACUÑA, con $801.000.000, equivalentes a un 94,5% del capital íntegramente pagados previo a la fecha; y, /ii/ doña MARIA FERNANDA MEDEL YUNISIC, con $46.440.000, equivalentes al 5,5% del capital y los derechos sociales; TÍTULO TERCERO: Administración y representación. ARTÍCULO NOVENO: Administración. La administración de la sociedad, el Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2638933 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.133 Viernes 25 de Abril de 2025 Página 2 de 2 uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don RENATO PABLO HUBER ACUÑA; quién, actuando indistinta e individualmente, contará con las más amplias facultades de administración”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de Abril de 2025,, Not. Púb. Titular. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2638933 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl