Romero 10, 1 al 10 y otras / Minería Imán SpA
DIARIO OFICIAL VII DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior PEDIMENTOS, MANIFESTACIONES, SOLICITUDES DE MENSURA, EXTRACTOS DE SENTENCIA Núm. 44.353 Lunes 19 de Enero de 2026 Página 1 de 2 BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA CVE 2755065 EN LO PRINCIPAL: Se solicita aprobación de renuncia parcial de pertenencias que indica. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos. SEGUNDO OTROSÍ: Personería. TERCER OTROSÍ: Patrocinio y poder. CUARTO OTROSÍ: Forma de notificación. S. J.
L. DE VALLENAR JUAN FRANCISCO VARELA ECHAURREN, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N 15.312.535-K, en representación, según se acreditará, de MINERÍA IMÁN SpA, sociedad chilena del giro de su denominación, rol único tributario N 76.126.207-6, ambos domiciliados, para estos efectos, en Avenida Apoquindo N3.650, piso 13, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, a S.S., respetuosamente digo: Que Minería Imán SpA es única y exclusiva dueña de las pertenencias mineras “Romero 10,1 al 235” ubicadas en la comuna de Vallenar, Provincia deHuasco, Tercera Región de Atacama, de una superficie de 235 hectáreas, cuya acta de mensura y sentencia constitutiva se encuentran inscritas a fojas 1.500, número 320 en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Vallenar correspondiente al año 2015, en adelante las “Pertenencias”. El título de dominio de las Pertenencias a nombre de Minería Imán SpA consta a fojas 289, número 160 del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Vallenar correspondiente al año 2024.
Habida consideración de que mi representada no desea mantener en su poder la totalidad de la concesión, renuncia parcial y expresamente a las Pertenencias “Romero 10,1 al 10”, “Romero 10,27 al 36”, “Romero 10,53 al 62”, “Romero 10,78 al 87”, “Romero 10,102 al 111”, “Romero 10,126 al 135”, “Romero 10,149 al 158”, “Romero 10,172 al 181”, “Romero 10,195 al 204”, “Romero 10,217 al 226”, haciendo presente que esta renuncia no perjudica derechos de terceros.
En consecuencia, se mantiene el dominio y titularidad sobre las Pertenencias mineras “Romero 10,11 al 26”, “Romero 10,37 al 52”, “Romero 10,63 al 77”, “Romero 10,88 al 101”, “Romero 10,112 al 125”, “Romero 10,136 al 148”, “Romero 10,159 al 171”, “Romero 10,182 al 194”, “Romero 10,205 al 216”, “Romero 10,227 al 235”, las que continúan siendo de propiedad de Minería Imán SpA.
POR TANTO, SOLICITO A S.S. : en mérito de lo expuesto y de lo que disponen los artículos 162 del Código de Minería y los artículos 61 y siguientes de su Reglamento, se sirva, previa publicación reglamentaria correspondiente, aprobar la renuncia parcial de las Pertenencias individualizadas en lo principal y ordenar la cancelación parcial de las inscripciones practicadas en relación con las Pertenencias “Romero 10,1 al 235” ellas en el Conservador de Minas de Vallenar. PRIMER OTROSÍ: Sírvase S.S. tener por acompañados, con citación, los siguientes instrumentos: 1.
Copia autorizada de escritura pública de fecha 5 de diciembre de 2025, otorgada en la Notaría de Santiago de don Luis IgnacioManquehualMery, bajo el repertorio número 24.117 /2025, en la cual consta la renuncia de las Pertenencias. 2. Copia autorizada de la inscripción de la sentencia constitutiva y acta de mensura, con sus respectivas subinscripciones y anotaciones marginales. 3. Copia Autorizada de la Inscripción de las Pertenencias con Dominio Vigente. 4. Plano de mensura. 5. Certificado de Hipotecas y Gravámenes, Prohibiciones e Interdicciones, que cubren desde la dictación de la sentencia constitutiva y acta de mensura, hasta el día 10 de diciembre de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2755065 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.353 Lunes 19 de Enero de 2026 Página 2 de 2 SEGUNDO OTROSÍ: Sírvase S.S. tener presente que mi personería para representar a Minería Imán SpA consta de la escritura pública de fecha de 7 de mayo de 2020, otorgada ante el Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, don Luis Ignacio Manquehual Mery, bajo el repertorio 6.740-2020, cuya copia con firma electrónica avanzada, la cual se acompaña a esta presentación. TERCER OTROSÍ: Solicito a S.S. tener presente que, en mi calidad de abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, asumo personalmente el patrocinio y poder en estos autos.
CUARTO OTROSÍ: Sírvase S.S. tener presente que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 y número 2 del artículo 254, ambos del Código de Procedimiento Civil, señalo la siguiente dirección de correo electrónico para efectos de las notificaciones que hayan de practicarse en autos a esta parte:notificaciones.judicial@bsvv.cl Juan Francisco VarelaEchaurrenFirmado digitalmente por Juan Francisco VarelaEchaurrenFecha: 2025.12.19 16:07:29 -03'00' FOJA: 2. - dos. - NOMENCLATURA :1. [1]Da curso a la solicitud JUZGADO :1º Juzgado de Letras de Vallenar CAUSAROL :V-521-2025 CARATULADO :MINERIA IMAN SPA/ Vallenar, veintitrés de diciembre de dos mil veinticinco. A LO PRINCIPAL: Téngase por interpuesta solicitud de aprobación judicial de renuncia de concesión minera de explotación.
Publíquese, junto a esta resolución, en los términos del artículo 66 del Reglamento del Código de Minería, para tales efectos dese copia autorizada de la solicitud de folio 1, firmada digitalmente por la Sra. secretaria subrogante del Tribunal, la cual estará a disposición del interesado en la presente causa. En cuanto a esta resolución y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4to, Inciso Final de la Ley 20.886, obténgase directamente del sistema de tramitación. AL PRIMER OTROSI: téngase por acompañados documentos. AL SEGUNDO OTROSI: Téngase presente y por acompañada personería. AL TERCER OTROSI: Téngase presente. AL CUARTO OTROSI: Téngase presente correo electrónico, notificaciones.judicial@bsvv.cl, como medio de notificación, solo respecto de aquellas resoluciones que se ordenen notificar personalmente o por cédula. Proveyó: doña MARIA CATALINA LOPEZ WERNER, Jueza titular del Primer juzgado de Letras de Vallenar.
En Vallenar, a veintitrés de diciembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. (rg. ) María Catalina López Werner Juez PJUD Veintitrés de diciembre de dos mil veinticinco 09:00 UTC-3. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado enhttp://verificadoc.pjud.cl. Código: NJPSBNEXMLZ. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2755065 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl