COLUMNAS DE OPINIÓN: Infracción, Fraude y dolor
COLUMNAS DE OPINIÓN: Infracción, Fraude y dolor ADOLFO CANALES GUENTELICÁN, PRESIDENTE REGIONAL DEL COLEGIO DE CONTADORES Todo funciona en escalada, si es que funciona bien, y el oficio y la práctica lleva a la perfección. Pero depende de la adaptación ya que, si mi oficio oficio era reparar máquinas de escribir y no me reinventé antes de su desaparición entonces, partimos partimos de cero. Desde el punto de vista ilegal, si la administración administración de una empresa gusta de engañar al sistema, eludiendo la ley, puede caer en infracción y debe asumir las sanciones económicas. Pero si la empresa empresa considera que esas sanciones serán parte del costo de funcionamiento de la empresa, la transforma transforma en una práctica habitual evadiendo la ley.
Son el poder ejecutivo y legislativo los llamados llamados colocar el “cascabel al gato”. Como fue con el caso La Polar del año 2011, que con sus repactaciones repactaciones unilaterales, endeudaba ilegalmente a sus clientes con intereses e inflaba las utilidades de la empresa con ganancias falsas para mostrarse mostrarse solidos ante los inversionistas, cuando en realidad sus utilidades eran paupérrimas o no existían.
Muchos chilenos fueron afectados, ya que eran “dueños” de una parte de La Polar a través través de los ahorros en la AFR Un delito de cuello y corbata, en donde los altos directivos se coluden coluden para engañar a bancos, proveedores, entes fiscalizadores y accionistas. Este delito, obligó a adecuar la normativa de control y hasta el nombre nombre de la institución controladora: Comisión para el Mercado Financiero. El 02.12.2019 nació la ley 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas. jurídicas. Esta norma busca sancionar a las empresas, corporaciones o fundaciones por delitos cometidos cometidos en su beneficio o por su cuenta, con fuertes sanciones económicas e incluso su desaparición.
La herramienta clave para la empresa es la creación creación de un Modelo de Prevención del Delito, es decir, una pequeña constitución moral y su reglamento reglamento que explique a los empleados: los actos considerados ilegales que podrían perjudicar a la empresa, colocando énfasis en las áreas más sensibles sensibles según un diagnóstico previo.
Hace pocos días el abogado corporativo Nicolás Yáñez Figueroa, aliado estratégico de la firma auditora Auren, exponía que la normativa inicialmente sancionaba delitos relacionados con lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho, cohecho, pero que paulatinamente se extendió a 240 delitos, existiendo pena de cárcel para temas que antiguamente eran solo infracciones, ya que la norma conduce la falta hacia el Código Penal. ¿Y los profesionales? Pueden ser sentados en el banquillo de los acusados por su participación intencionada o simplemente estar en el cargo en el momento menos indicado. Es importante proteger proteger el desempeño profesional cumpliendo con la ley, y exigiendo a la empresa o institución que cumpla con las normas de control interno y que implemente el Modelo de Prevención del delito. Evitemos riesgos procesales en post de una vida tranquila, y en especial para proteger a la familia que sufre con las sanciones y la cruel sobreexposidón sobreexposidón mediática. Infracción Fraude y dolor. - -