Resolución exenta número 237, de 2026.- Fija nuevo avalúo por gramo de metales nobles para los créditos del rubro alhajas por período que indica
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.441 Martes 5 de Mayo de 2026 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2803742 MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Subsecretaría del Trabajo / Dirección General del Crédito Prendario FIJA NUEVO AVALÚO POR GRAMO DE METALES NOBLES PARA LOS CRÉDITOS DEL RUBRO ALHAJAS POR EL PERÍODO QUE SE INDICA (Resolución) Núm. 237 exenta. - Santiago, 24 de abril de 2026. Vistos: 1. El DFL Nº 1-19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucionalsobre Bases Generales de la Administración del Estado. 2. La ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. 3.
El DFL Nº 16, de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de las disposiciones legales relativas a la Dirección General del Crédito Prendario. 4. La resolución exenta Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón. Considerando: 1.
La resolución exenta Nº 66, de fecha 4 de marzo de 2021, de este origen, que “Deja sin efecto las resoluciones exentas Nº 403, de 2016, Nº 675, de 2018, y Nº 44 de 2021, y fija nuevo avalúo por gramo de metales nobles para los créditos del rubro alhajas por el periodo que se indica”. 2.
Que, la resolución exenta Nº 166, de fecha 18 de marzo de 2026, que fija nuevo avalúopor gramo de metales nobles para los créditos del rubro alhajas por el periodo que indica, estableciendo que, a partir del 1 de mayo de 2026, se aplica lo dispuesto en la resolución exenta indicadaen el considerando Nº 1.3.
Que, el Departamento de Tasaciones en su Informe Técnico de fecha 21 de abril de 2026, que estableció el monto máximo de avalúo por gramo de metales nobles, que debe ser considerado en el cálculo de los préstamos con garantía prendaria. 4.
Certificado de disponibilidad presupuestaria del Departamento de Contabilidad de fecha 21 de abril de 2026, en el cual indica contar con la disponibilidad para financiar promoción del gramo de oro desde el día 1 de mayo de 2026, para las Unidades de Crédito del país. 5.
Que, existiendo las disponibilidades presupuestarias y atendiendo a las necesidades de nuestros usuarios, es posible mejorar la calidad del préstamo otorgado sobre las garantías prendarias del rubro Alhajas, para lo cual se requiere modificar la tabla de valores actualmente en uso del gramo de oro y otros metales nobles utilizadoen el cálculo de los créditos con prenda civil. 6.
El oficio ordinario GESDOC Nº 8441, del 28.11.2011, del Departamento Jurídico, que sostiene la Autonomía del Servicio en la fijación del valor del gramo de oro en virtud de los argumentos que en dicho documento se exponen, y 7.
Las facultades entregadas al Director General del Servicio, según lo dispuesto en el DFL Nº 16 de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo, especialmente lo establecido en el artículo 10, letra L), y Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2803742 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.441 Martes 5 de Mayo de 2026 Página 2 de 3 Resuelvo: 1.
Fíjese nuevo avalúo por el gramo de metales nobles, utilizado por las Unidades de Crédito en el cálculo de los préstamos con garantía prendaria del rubro alhajas conforme a la siguiente tabla y las siguientes condiciones: (a) A contar del 1 de mayo y hasta el 31 de mayo de 2026: METAL LEY DE FINO AVALÚO PRÉSTAMO ORO 18 KTES. $41.667. - $25.000. - (b) A contar del 1 de mayo y hasta el 31 de mayo de 2026: METAL LEY DE FINO AVALÚO PRÉSTAMO ORO 14 KTES. $28.334. - $17.000. - ORO 21 KTES. $43.334. - $26.000. - ORO 22 KTES. $45.000. - $27.000. - ORO 24KTES. $48.334. - $29.000. - PLATINO $33.333. - $20.000. - ORO BLANCO 14 KTES. $33.334. - $20.000. - ORO BLANCO 18 KTES. $45.000. - $27.000. - (c) A contar del 1 de mayo de 2026 y hasta el 31 de mayo de 2026: METAL LEY DE FINO AVALÚO PRÉSTAMO PLATA STERLING 925 Mf $833. - $500. - (d) A contar del 1 de junio de 2026 y hasta que el Director General de Dicrep lo disponga, rige el monto establecido en la resolución exenta Nº 66, de 2021, que se indica a continuación: METAL LEY DE FINO AVALÚO PRÉSTAMO ORO 18 KTES. $17.500. - $10.500. - (e) A contar del 1 de junio de 2026 y hasta que el Director General de Dicrep lo disponga, rigen los montos establecidos en la resolución exenta Nº 66, de 2021, que se indican a continuación: METAL LEY DE FINO AVALÚO PRÉSTAMO ORO 14 KTES. $10.000. - $6.000. - ORO 21 KTES. $20.000. - $12.000. - ORO 22 KTES. $21.667. - $13.000. - ORO 24KTES. $25.000. - $15.000. - PLATINO $16.700. - $ 10.000. - ORO BLANCO 14 KTES. $11.667. - $7.000. - ORO BLANCO 18 KTES. $25.000. - $15.000. - (f) Que, en relación con el metal noble Plata Sterling (925), a contar del 1 de junio de 2026, se mantienen los montos establecidos en la resolución exenta Nº 66, de 2021, hasta que el Director General de Dicrep lo disponga: METAL LEY DE FINO AVALÚO PRÉSTAMO PLATA STERLING (925) $200. - $120. - 2.
Establécese, que será responsabilidad de los Administradores de las Unidades de Crédito la difusión de lo resuelto en los numerales precedentes entre el personal a su cargo, como así también será responsabilidad del Subdepartamento de Informática y del Departamento de Crédito Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2803742 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.441 Martes 5 de Mayo de 2026 Página 3 de 3 realizar, en la fecha indicada en el numeral precedente, los ajustes que correspondan al Sistema OCP para la adecuada aplicación de las instrucciones impartidas en el presente documento. 3. Impútese el monto máximo que represente el cumplimiento de la presente resolución, al presupuesto vigente al Subtítulo 32, Ítem 03, asignación 001 Préstamos sobre Alhajas. 4. Publíquese en el Diario Oficial de conformidad a lo dispuesto en el artículo 48 letra a) de la ley 19.880, sobre procedimientos administrativos, siendo responsabilidad del Departamento Administrativo el dar cumplimiento a esta obligación. 5. Déjase sin efecto toda disposición contraria a la presente resolución. Anótesey archívese. - Omar J. Fernández Herrera, Director General (S), Dirección General del Crédito Prendario. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2803742 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl