Rectificación: ANTONIA 1 AL 25 / Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi SCM
DIARIO OFICIAL VII DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior PEDIMENTOS, MANIFESTACIONES, SOLICITUDES DE MENSURA, EXTRACTOS DE SENTENCIA Núm. 44.209 Lunes 28 de Julio de 2025 Página 1 de 1 BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA CVE 2678043 RECTIFICACIÓN En la edición del Diario Oficial Nº 44.198, de 14 de julio de 2025, Sección VII, CVE 2669797, se publicó solicitud de mensura llamada “ANTONIA 1 AL 25” de Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi SCM.
En la publicación se advirtió una discordancia entre el texto remitido en tiempo y forma a esta institución y el que fue publicado en la edición antes señalada, consistente en la incorrecta inserción del orden de las resoluciones judiciales correspondientes a la Foja 5 y Foja 7. El error se salva a continuación de la siguiente manera: FOJA: 5. - cinco. - NOMENCLATURA: 1. [4694]Publíquese 2. [4698]Practíquese Mensura JUZGADO: Juzgado de Letras y Gar.
Pozo Almonte CAUSA ROL: V-256-2025 CARATULADO: COMPAÑÍA MINERA DONA INÉS DE COLLAHUASI SCM/ cap Pozo Almonte, veintiséis de junio de dos mil veinticinco A folio 4: A lo principal: Téngase por presentada solicitud de mensura minera. Publiquese. Al primer otrosí: Como se pide, designase como perito mensurador a don Claudio Carrasco Sánchez, domiciliado en Baquedano 902, Iquique. Notifíquesele para su aceptación del cargo en forma legal, y para que preste el juramento respectivo. Al segundo otrosí: Téngase por acompañados en forma digital los referidos documentos. Al Tercer otrosí: Téngase presente Proveyó Juez del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pozo Almonte, cuya firma electrónica consta al pie de página de la presente resolución. En Pozo Almonte, a veintiséis de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Horacio Manuel Andrade Aguilante Juez PJUD Veintiséis de junio de dos mil veinticinco 12:17 UTC-4. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://venficadoc.pjud.cl. Código: UUKUXYVXVXZ. FOJA: 7. - siete. - NOMENCLATURA: 1. [83]Falla recurso de reposición JUZGADO: Juzgado de Letras y Gar.
Pozo Almonte CAUSA ROL: V-256-2025 CARATULADO: COMPAÑÍA MINERA DONA INÉS DE COLLAHUASI SCM/ cap Pozo Almonte, tres de julio de dos mil veinticinco Folio 06: A lo principal: Por interpuesto recurso de reposición en contra de la providencia de fecha 26 de junio de 2025, a folio 05, en lo que respecta al tercer otrosí.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 181 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve de piano en el siguiente sentido: Al tenor de lo mandatado por el artículo 60 del Código de Minería, SE ACOGE la reposición y, en consecuencia, se rectifica la misma en el siguiente sentido: En el tercer otrosí de la providencia de fecha 26 de junio de 2025, a folio 05: Donde dice: Al tercer otrosí: Téngase presente, debe decir: Al tercer otrosí: Sin perjuicio de lo obrado a folio 2, se deja expresa constancia que la manifestación de estas pertenencias fue presentada con fecha 17 de marzo de 2025, a las 14:37 horas. Al otrosí: Atendido a lo resuelto precedentemente, no ha lugar por innecesario. Forme la presente rectificación parte integrante de la providencia ajustada y rija firme la misma en todo lo no enmendado. Proveyó Juez del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pozo Almonte, cuya firma electrónica consta al pie de página de la presente resolución. En Pozo Almonte, a tres de julio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. //gje. Raúl Fernando Santander Padilla Juez PJUD Tres de julio de dos mil veinticinco 16:19 UTC-4. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://venricadoc.pjud.cl. Código: ELNQXZPLVRX. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2678043 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl