Resolución exenta número 1.289, de 2026.- Establece nómina de funcionarios que tendrán la calidad de sujetos pasivos para los efectos de la ley N° 20.730
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.448 Miércoles 13 de Mayo de 2026 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2806588 MINISTERIO DE HACIENDA Tesorería General de la República ESTABLECE NÓMINA DE FUNCIONARIOS QUE TENDRÁN LA CALIDAD DE SUJETOS PASIVOS PARA LOS EFECTOS DE LA LEY N 20.730 (Resolución) Núm. 1.289 exenta. - Santiago, 30 de abril de 2026.
Vistos: Lo dispuesto en los incisos primero y segundo del artículo 8 de la Constitución Política de la República; los artículos 3, inciso segundo, 31 y 13 del DFL N 1-19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que refunde, coordina y sistematiza la ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el DFL N 1, de 1994, del Ministerio de Hacienda, sobre Estatuto Orgánico del Servicio de Tesorerías; el artículo 16 de la ley N 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el artículo 1 de la ley N 20.285, sobre Acceso a la Información Pública; los artículos 3 y 4 de la ley N 20.730, que regula el Lobby y las Gestiones que representen intereses particulares ante las Autoridades y Funcionarios de la Administración del Estado; el decreto exento N 1.264, de febrero de 2026, del Ministerio de Hacienda, que renueva nombramiento de don Hernán Nobizelli Reyes en el cargo de Tesorero General de la República; la resolución exenta N 671, de 2019, se fijó la Organización Interna del Servicio de Tesorerías y sus modificaciones; la resolución N 36, de la Contraloría General de la República; dictamen N E444887/2024, de 2024, de la Contraloría General de la República, y Considerando: 1.
Que, la ley N 20.730, que regula el Lobby y las Gestiones que representen intereses particulares ante las Autoridades y Funcionarios, en adelante “Ley de Lobby”, tiene por objeto normar la publicidad en la actividad de lobby y demás gestiones que representen intereses particulares, con el objeto de fortalecer la transparencia y probidad en las relaciones con los órganos del Estado, conforme a lo que establece su artículo primero. 2.
Que, el Tesorero(a) General de la República tiene la facultad de dictar las órdenes e instrucciones que estime necesarias o convenientes para la buena marcha del Servicio, además de establecer la organización interna determinando las denominaciones y funciones que correspondan a cada una de sus áreas. 3.
Que, el artículo 3 de la ley N 20.730 instruye que el jefe superior del Servicio respectivo individualizará a las personas que en razón de su función o cargo tengan atribuciones decisorias relevantes o influyan decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones y reciban regularmente una remuneración. 4.
Que, el artículo 4, inciso segundo de la ley 20.730, instruye que las personas deberán ser individualizadas anualmente a través de una resolución de la autoridad competente, la que deberá publicarse de forma permanente en los sitios electrónicos que indica el artículo 7 de la ley N 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. 5.
Que, en relación a lo anterior, el artículo 5 del decreto supremo N 71, de 2014, que aprueba el reglamento de la ley N 20.730, indica que mediante resolución fundada se individualizarán en una nómina como sujetos pasivos de lobby o gestión de intereses, en los casos que corresponda conforme a la ley. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2806588 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.448 Miércoles 13 de Mayo de 2026 Página 2 de 3 6.
Que, el artículo 6 del referido Reglamento, establece que en caso que una persona, como funcionario o servidor público, considere que se encuentra en las situaciones descritas en el artículo 5, podrá solicitar su incorporación, a la nómina por escrito a la autoridad que dictó o adoptó la resolución o acuerdo que dispone. 7.
Que, por lo demás a través del instructivo N E444887/2024, de fecha 29 de enero de 2024, la Contraloría General de la República impartió instrucciones sobre aspectos de la ley N 20.730, que Regula el Lobby y las Gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios que actúan como sujetos pasivos de lobby debido a su cargo en calidad de titular, por suplencia, subrogación y/o transitoriedad provisional. 8.
Que, en este sentido, a fin de dar íntegro y oportuno cumplimiento al instructivo previamente citado, se deben entender como sujetos pasivos a aquellas autoridades y funcionarios en un sentido amplio de acuerdo a los artículos 3º y 4º de la Ley de Lobby, debiendo incluir a aquellos servidores que, sin tener la calidad de Jefes Superiores ejercen funciones resolutivas, deliberativas y/o ejecutivas, o bien, desarrollan tareas inherentes a la planificación, operación y/o control del órgano público respectivo, fijando un plazo máximo de 30 días hábiles contados desde la entrada en vigor de dichas instrucciones, para que las respectivas Jefaturas de División, Departamento, Oficina o Unidad sean identificadas e incluidas como sujetos pasivos en la resolución fundada que la autoridad del Servicio debe dictar. 9.
Que, la ley N 21.634 moderniza la ley N 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado formadas en el marco de la ley N 19.886.10.
Que, de conformidad con el artículo 35 bis, de la ley N 19.886, luego de la modificación del capítulo VII de la ley N 21.634, solo cuando sea imprescindible en consideración al tipo de bien o servicio por adquirir, podrán realizarse reuniones presenciales o virtuales, con el fin de obtener información sobre dicho bien o servicio, entre el funcionariado y potenciales proveedores, debiendo dejar registro en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, según lo dispuesto en la ley N 20.730.11. Que, con fecha 21 de marzo de 2025, se dictó la resolución exenta N 853-TG, de Tesorería General de la República que individualiza sujetos pasivos, conforme lo dispuesto en la ley N 20.730.
Resolución: I. - Establécese que el siguiente funcionariado o quien(es) le(s) subrogue(n) o suplan en dicha función cuando la ejerzan, del Servicio de Tesorerías será(n) considerado(s) sujeto pasivo, para los efectos de la ley N 20.730 : 1. Tesorera/o General de la República. 2. Directoras(es) Regionales Tesoreras(os). 3. Tesoreras(os) Provinciales. 4. Jefa/e de Gabinete. 5. Integrantes de las Comisiones Evaluadoras formadas de acuerdo a la ley N 19.886.6.
Las jefaturas de las siguientes divisiones: a) División de Administración. b) División de Cobranzas. c) División Jurídica. d) División de Operaciones y Atención Ciudadana. e) División Gestión y Desarrollo de Personas. f) División de Tecnologías de la Información. g) División de Finanzas Públicas. h) División Gestión Estratégica. 7. Las jefaturas de las siguientes secciones: a) Sección Formación Académica TGR. b) Sección Grandes Deudores. c) Sección Infraestructura TIC. d) Sección Diseño y Experiencia Digital. e) Sección Gestión de TI. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2806588 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.448 Miércoles 13 de Mayo de 2026 Página 3 de 3 f) Sección Contratación Pública. g) Sección Gestión Financiera. h) Sección Recaudación. 8. Las jefaturas de las siguientes Unidades: Unidad de Comunicaciones y Participación Ciudadana. 9.
Las jefaturas de los siguientes departamentos: a) Departamento de Contraloría Interna. b) Departamento de Auditoría Interna. c) Departamento de Seguridad de la Información e Inteligencia Económica. d) Departamento de Selección y Personal. e) Departamento de Desarrollo y Ambientes Organizacionales. f) Departamento de Diseño y Proyectos TI. g) Departamento Desarrollo y Mantención de Software. h) Departamento Servicios Tecnológicos. 10. Funcionariado que realice o sostenga reuniones de carácter imprescindible, con potenciales proveedores, sean estas presenciales o virtuales. II. - Déjese sin efecto la resolución exenta N 853-TG, del Tesorero General de la República. Anótese, comuníquese y publíquese. - Hernán Nobizelli Reyes, Tesorero General de la República. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2806588 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl