Decreto exento número 193, de 2026.- Modifica concesión de servicio intermedio de telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, a la empresa ATC Sitios de Chile S.A.
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.417 Lunes 6 de Abril de 2026 Página 1 de 3 Normas Particulares CVE 2791175 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA ATC SITIOS DE CHILE S.A. Santiago, 23 de febrero de 2026. - Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 193 exento.
Vistos: a) El decreto ley N 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La Ley N 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley. c) El decreto supremo N 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. d) El decreto supremo N 99, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de Servicios Intermedios de Telecomunicaciones que Únicamente provean Infraestructura Física para Telecomunicaciones. e) El decreto supremo N 56, de 2013, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión. f) La resolución exenta N 3.774, de 2012, de la Subsecretaría, que aprueba formato de solicitud y modificación de concesión de Servicios Intermedios de Telecomunicaciones que Únicamente provean Infraestructura Física para Telecomunicaciones. g) La resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando: a) Lo solicitado por la concesionaria mediante ingreso Subtel N 82.155, N 82.172 y N 82.263, todos de 21.07.2025, complementados mediante ingreso Subtel N 115.881, de 15.10.2025. b) Lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N 19.880, que permite la acumulación o desacumulación de procedimientos. c) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
Decreto: Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, cuyo titular es la empresa ATC Sitios de Chile S.A., RUT N 76.101.962-7, con domicilio en Cerro El Plomo N 5420, oficina N 405, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes: Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2791175 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Autorízase a la concesionaria para modificar su concesión, individualizada en la letra e) de los vistos, en el sentido de incorporar once (11) infraestructuras físicas ya autorizadas, según se indica: 1.1 Para el ingreso Subtel N 82.155, de 2025. Ubicación de infraestructuras físicas de telecomunicaciones Coordenadas Geográficas Decreto que (Datum WGS 84) Código Nombre Dirección Comuna Región autoriza Soporte Latitud Sur Longitud Oeste infraestructura Grad. Min. Seg. Grad. Min. Seg. De Magallanes y Ruta Co. Sombrero Campo Chillaneja del Lote 60 DE N801 de 19890 Primavera la Antártica 52 54 43 69 19 22 Sur de la Subdivisión Springhill 2013 Chilena Camino interior, sitio N6 de la Avda.
El Totoral DE N480 de 25345 Manzana B, Sector Alto Algarrobo De Valparaíso 33 22 38 71 39 41 Algarrobo 2013 Algarrobo DE N192 de 35420 Cobquecura Sur Arturo Prat N700 Cobquecura De Ñuble 36 08 06 72 47 34 2012 Hijuela 40, Ex Comunidad DS N 04 de 2010 De La 14364 Dollinco Lautaro Indígena Atonio Cayuqueo, Lautaro 38 32 06 72 22 32 DE N372 de Araucanía Sector Arquenco 2011 D.S. : Decreto Supremo D.E. : Decreto Exento. 1.2 Para el ingreso Subtel N 82.172, de 2025. Ubicación de infraestructuras físicas de telecomunicaciones Coordenadas Geográficas Decreto que (Datum WGS 84) Código Nombre Dirección Comuna Región autoriza Soporte Latitud Sur Longitud Oeste infraestructura Grad. Min. Seg. Grad. Min. Seg.
Sector Coz Coz S/N, De Los Ríos DE N 1410 de 14842 Posdahue Costa Panguipulli 39 38 06 72 15 05 Hijuela 18 2011 Pichihue Oriente Hijuela 1, De Los Ríos DE N 1410 de 14797 Los Lagos 39 54 35 72 34 33 Quilquilco Reta 2011 Calle Millahuin Bajo De La DE N781 de 23048 Millahuin Bajo Pitrufquén 39 05 24 72 26 54 S/N Araucanía 2013 Ocho Oriente Calle 8 Oriente DE N935 de 19696 Cinco Norte Talca Del Maule 35 25 13,7 71 39 16,9 N1654 2014 Talca D.E. : Decreto Exento. 1.3 Para el ingreso Subtel N 82.263, de 2025. Ubicación de infraestructuras físicas de telecomunicaciones Coordenadas Geográficas Decreto que autoriza (Datum WGS 84) Código Nombre Dirección Comuna Región infraestructura Soporte Latitud Sur Longitud Oeste Grad. Min. Seg. Grad. Min. Seg.
Los Castaños N410 31849 Hualqui 2 Hualqui Del Biobío 36 58 06 72 56 22 DE N829 de 2012 C, Lote 4 Quecheraguas Calle Quechereguas 35421 Molina Del Maule 35 07 21,9 71 17 05,4 DE N436 de 2014 Molina N2716 Santa Margarita Lo Calle Santa San Bernardo Metropolitana de 32186 33 32 13 70 42 01 DE N311 de 2014 Espejo Margarita N0330 Santiago D.E. : Decreto Exento. Las características técnicas de las instalaciones corresponden a torres soportes de antenas y sistemas radiantes conforme ya fueron autorizados. Dado que las mismas ya se encuentran instaladas no existen plazos involucrados. 2. Apruébense los proyectos técnicos base de las solicitudes presentadas por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. 4. El presente acto autorizatorio será notificado desde la casilla partes@subtel.gob.cl. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2791175 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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