Decreto exento número 231, de 2026.- Modifica concesión de servicio intermedio de telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, a la empresa ATC Sitios de Chile S.A.
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.417 Lunes 6 de Abril de 2026 Página 1 de 2 Normas Particulares CVE 2791174 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA ATC SITIOS DE CHILE S.A. Santiago, 4 de marzo de 2026. - Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 231 exento.
Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley. c) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. d) El decreto supremo Nº 99, de 2012 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones. e) La resolución exenta Nº 3.774, de 2012, de la Subsecretaría. f) La resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. g) El decreto supremo Nº 56, de 2013, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
Considerando: a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 53.720 de 08.05.2025, complementado mediante ingreso Subtel Nº 79.418 de 11.07.2025. b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
Decreto: Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, cuyo titular es la empresa ATC Sitios de Chile S.A., RUT Nº 76.101.962-7, con domicilio en Cerro El Plomo Nº 5420, oficina Nº 405, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes: 1.
Autorízase a la concesionaria para modificar su concesión, individualizada en la letra g) de los vistos, en el sentido de incorporar tres (3) infraestructuras físicas ya autorizadas, según se indica a continuación: Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2791174 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.417 Lunes 6 de Abril de 2026 Página 2 de 2 Para las regionesMetropolitana de Santiago y del Maule. Ubicación de infraestructura física de telecomunicaciones Coordenadas Geográficas (Datum WGS 84) Decreto que Código Nombre Dirección Comuna Latitud Sur Longitud Oeste autoriza Soporte infraestructura Grad. Min. Seg. Grad. Min. Seg. D.E. Nº 786 de 34840 Villaseca Sector Bureo Hijuela Nº 5 Retiro 35 51 47,6 71 49 48 2014 Sector De Huerta de Maule, D.E. Nº 922 de 34841 Pillay San Javier 35 45 59,7 71 57 53,1 Predio La Puntilla 2014 Camino al Volcán Ruta San José de D.E. Nº 313 de 22544 El Volcán G-25 Km 60, Localidad El 33 48 23,8 70 12 14,2 Maipo 2017 Romeral D.E. : Decreto Exento. Las características técnicas de las instalaciones corresponden a torres soportes de antenas y sistemas radiantes conforme ya fueron autorizados. Dado que las mismas ya se encuentran instaladas no existen plazos involucrados. 2. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. 4. El presente acto autorizatorio será notificado desde la casilla partes@subtel.gob.cl. Anótese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial. - Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento. - Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2791174 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl