AGROSUPER S.A. 76.129.263-3
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.456 Sábado 23 de Mayo de 2026 Página 1 de 3 Empresas y Cooperativas CVE 2814051 EXTRACTO MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea N3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 30 de marzo de 2026, Repertorio N16.211 -2026, otorgada ante mí, Empresas Agrosuper S.A., antes denominada “Agrosuper S.A.
”, Rol Único Tributario N76.129.263-3, y Agrosuper SpA, Rol Único Tributario N76.126.154-1, ambos domiciliados para estos efectos en Camino La Estrella N401, sector Punta de Cortés, comuna y ciudad de Rancagua, Región de OHiggins, en su calidad de únicos y actuales socios de Agrocomercial AS Limitada (la “Sociedad”), inscrita a fojas 267 vuelta, N355 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, correspondiente al año 2002, acordaron lo siguiente: 1) Dividir la Sociedad en dos sociedades: a) La primera sociedad, que será la continuadora legal de la existente, conservará la razón social de “Agrocomercial AS Limitada”, su objeto específico y sus actuales estatutos, con las modificaciones que se expresan más adelante conforme a su transformación en una sociedad anónima cerrada, con un capital reducido de 1.254.397.162,62 Dólares de los Estados Unidos de América, íntegramente suscrito y pagado; y b) La segunda sociedad será una sociedad de responsabilidad limitada y tendrá por nombre o razón social “AS Transmisión Limitada”, con el objeto y demás modificaciones que se expresan más adelante conforme a su transformación en una sociedad por acciones, con un capital social de 79.308 Dólares de los Estados Unidos de América, íntegramente suscrito y pagado. 2) Modificar los estatutos de la Sociedad de la siguiente forma: a) Como consecuencia de la división de la Sociedad, se disminuyó el capital en la suma de 79.308 Dólares de los Estados Unidos de América y se reemplazó la Cláusula Quinta de los estatutos sociales por la siguiente: “CLÁUSULA QUINTA: El capital social es la suma de 1.254.397.162,62 Dólares de los Estados Unidos de América, cantidad que se encuentra íntegramente suscrita y pagada. El capital se distribuye como sigue: a/ EMPRESAS AGROSUPER S.A., antes denominada “AGROSUPER S.A.
”, la suma de 1.254.271.722,90 Dólares de los Estados Unidos de América, representativa aproximadamente del 99,99% de los derechos sociales; y b/ AGROSUPER SpA la suma de 125.439 ,72 Dólares de los Estados Unidos de América, representativa aproximadamente del 0,01% de los derechos sociales.”. b) Asimismo, se modificó el objeto social de la Sociedad, para lo cual se reemplazó íntegramente la Cláusula Cuarta de los estatutos sociales por la siguiente: “CLÁUSULA CUARTA: El objeto de la Sociedad será: /a/ La adquisición, comercialización y venta de aves, cerdos y animales en general, como asimismo, de productos cárneos de cualquier tipo; /b/ La adquisición, administración, construcción, comercialización y explotación, en forma directa o a través de terceras personas, de toda clase de bienes raíces agrícolas y/o no agrícolas, propios o de terceros, pudiendo especialmente dedicarse a la crianza de todo tipo de animales, forestación, fruticultura y agroindustria en general; /c/ La explotación de negocios agroindustriales; /d/ La constitución de toda clase de sociedades, civiles y comerciales, cualquiera que fuere su objeto o asociaciones de cualquier tipo, y el ingreso y participación en ellas, sea en calidad de socio o accionista, su modificación y administración de las mismas.
En el caso de las sociedades en comanditas, podrá actuar como comanditario o como gestora; /e/ La inversión en toda clase de bienes, sean muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, bonos, instrumentos financieros, efectos de comercio y, en general, en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de crédito o de inversión y la administración y explotación de estas inversiones y sus frutos o productos; /f/ La administración, fabricación, elaboración, explotación y comercialización, en forma directa o a través de otras personas, de toda clase de bienes muebles, especialmente aquellos derivados o que digan relación o estén vinculados con la agricultura, minería, pesca, alimentación, electricidad y combustible; /g/ La inversión en toda clase de bienes, sean muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2814051 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.456 Sábado 23 de Mayo de 2026 Página 2 de 3 cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, bonos, instrumentos financieros, efectos de comercio y, en general, en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de crédito o de inversión y la administración y explotación de estas inversiones y sus frutos o productos; /h/ La prestación de toda clase de servicios a personas naturales o jurídicas y otro tipo de entidades, en especial a personas relacionadas a la Sociedad, que incluye, pero no está limitado a los servicios de administración, finanzas, tesorería, contraloría y recursos humanos, sea en el país o en el extranjero; y /i/ Solicitar, obtener, registrar, adquirir, licenciar y comercializar de cualquier otra forma marcas, avisos y nombres comerciales, nombres de dominio, patentes, invenciones y procesos, dibujos, diseños, know-how y demás activos intangibles relacionados con la propiedad intelectual e industrial.”. 3) Los comparecientes en la escritura extractada, en su calidad de únicos y actuales socios de la nueva sociedad que por dicho acto se constituye con motivo de la división de la Sociedad, denominada “AS Transmisión Limitada”, acordaron establecer que esta última regirá por los mismos estatutos de la Sociedad, con la salvedad de su razón social, que será “AS Transmisión Limitada”, su objeto, el cual será la realización de actividades eléctricas por cuenta propia o de terceros, pudiendo -entre otrasgenerar, adquirir, distribuir, transmitir y comercializar energía eléctrica; y cualquier otra relacionada con esta actividad, y el monto de su capital social, que es la suma de 79.308 Dólares de los Estados Unidos de América, de los cuales se extracta: a) Duración: Tendrá una duración de 5 años contados desde la fecha de la escritura de constitución.
Este plazo se entenderá prorrogado automática y tácitamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su intención de ponerle término a la expiración del plazo inicial o de sus respectivas prórrogas mediante declaración hecha por escritura pública con, a lo menos, 6 meses de anticipación, al respectivo vencimiento, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio. b) Domicilio: Tendrá domicilio en la ciudad de Rancagua, pudiendo establecer agencias y sucursales en cualquier otro punto o lugar del país o del extranjero. c) Administración: La administración y representación y el uso de la razón social corresponderá individual e indistintamente a uno cualquiera de los socios, quienes la ejercerán por medio de uno o más mandatarios delegados cuya designación o remoción deberá efectuarse por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social. Lo anterior es sin perjuicio de que, acto seguido, mediante la escritura extractada, se acordó transformar a “AS Transmisión Limitada” en una sociedad por acciones denominada “AS Transmisión SpA”, sin solución de continuidad.
En virtud de lo anterior, los estatutos de la “AS Transmisión SpA” fueron reemplazados íntegramente por un nuevo texto que es materia de otro extracto de esta misma escritura, otorgado con esta misma fecha. 4) Transformar la sociedad Agrocomercial AS Limitada en una sociedad anónima cerrada que se denominará “Agrosuper S.A.
”, la que se regirá por las disposiciones de los estatutos sociales que se extractan a continuación, que incluyen las modificaciones acordadas en virtud de su división, y por las normas que la Ley N18.046 sobre Sociedades Anónimas y su Reglamento establecen para las sociedades anónimas cerradas.
En virtud de lo anterior, los estatutos de la Sociedad fueron reemplazados íntegramente por un nuevo texto que a continuación se extracta: a) Nombre: Agrosuper S.A. b) Accionistas: Empresas Agrosuper S.A., Rol Único Tributario N76.129.263-3, y Agrosuper SpA, Rol Único Tributario N76.126.154-1, ambos domiciliados en Camino La Estrella N401, sector Punta de Cortés, comuna y ciudad de Rancagua, Región de OHiggins. c) Objeto: El objeto de la Sociedad es: /a/ La adquisición, comercialización y venta de aves, cerdos y animales en general, como asimismo, de productos cárneos de cualquier tipo; /b/ La adquisición, administración, construcción, comercialización y explotación, en forma directa o a través de terceras personas, de toda clase de bienes raíces agrícolas y/o no agrícolas, propios o de terceros, pudiendo especialmente dedicarse a la crianza de todo tipo de animales, forestación, fruticultura y agroindustria en general; /c/ La explotación de negocios agroindustriales; /d/ La constitución de toda clase de sociedades, civiles y comerciales, cualquiera que fuere su objeto o asociaciones de cualquier tipo, y el ingreso y participación en ellas, sea en calidad de socio o accionista, su modificación y administración de las mismas.
En el caso de las sociedades en comanditas, podrá actuar como comanditario o como gestora; /e/ La inversión en toda clase de bienes, sean muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, bonos, instrumentos financieros, efectos de comercio y, en general, en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de crédito o de inversión y la administración y explotación de estas inversiones y sus frutos o productos; /f/ La administración, fabricación, elaboración, explotación y comercialización, en forma directa o a través de otras personas, de toda clase de bienes muebles, especialmente aquellos derivados o que digan relación o estén vinculados con la agricultura, minería, pesca, alimentación, electricidad y combustible; /g/ La inversión en toda clase de bienes, Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2814051 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.456 Sábado 23 de Mayo de 2026 Página 3 de 3 sean muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, bonos, instrumentos financieros, efectos de comercio y, en general, en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de crédito o de inversión y la administración y explotación de estas inversiones y sus frutos o productos; /h/ La prestación de toda clase de servicios a personas naturales o jurídicas y otro tipo de entidades, en especial a personas relacionadas a la Sociedad, que incluye, pero no está limitado a los servicios de administración, finanzas, tesorería, contraloría y recursos humanos, sea en el país o en el extranjero; y /i/ Solicitar, obtener, registrar, adquirir, licenciar y comercializar de cualquier otra forma marcas, avisos y nombres comerciales, nombres de dominio, patentes, invenciones y procesos, dibujos, diseños, know-how y demás activos intangibles relacionados con la propiedad intelectual e industrial. d) Domicilio: Tendrá domicilio en la ciudad de Rancagua, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o del extranjero. e) Duración: Indefinida. f) Capital: El capital de la Sociedad es la suma de 1.254.397.162,62 Dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 100.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma indicada en la escritura extractada. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 5 de mayo de 2026. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2814051 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl