Autor: AZÚÑICA
Tres meses en hospital sin razón médica: Corte acusa “negligencia” y ordena a Mejor Niñez ingreso de niño migrante a hogar
Tres meses en hospital sin razón médica: Corte acusa “negligencia” y ordena a Mejor Niñez ingreso de niño migrante a hogar. protección.
La mujer habría dicho, según cita el fallo, sentirse sobrepasada por su cuidado e informó al Juzgado de Familia de Colina que tramita esa causa su decisión de no seguir haciéndose cargo de él y querer enviarlo de regreso a República Dominicana con su padre, con quien el niño no tiene vínculo.
Si bien el menor estuvo a cargo de una familia cuidadora, por “diversos episodios de conducta agresiva en el contexto es colar y familiar”, menciona el amparo, los cuidadores provisorios designados desistieron desu función “por temor y afectación emocional grave”. “Reviste una especial condición de vulnerabilidad en razón desu edad, lo que impone al Estado el deber de adoptar todas las medidas necesarias para brindarle una protección refor zada, velando por la plena gencia de sus derechos”, establece una resolución, unánime, de la Corte de Apelaciones de Santiago, que ordena que “de inmediato” se tomen las medidas necesarias para concretar el migrante a ingreso de un niño una residencia del Servicio Mejor Niñez.
Aquello, tras acoger un recurso de amparo en favor de un menor dominicano, de ocho años, quien además posee un diagnóstico de discapacidad intelectual y desde hace más de tres meses está internado en el Hospital de Niños Dr. Roberto del Río. Desde el recinto asistencial confirmaron que seguía bajo su cuidado. Llegó allía mediados de mayo pasado, “por motivos de protección y no por requerimientos médicos agudos”, dice está “con alta la acción constitucional.
El amparo agrega que médica desde su ingreso”. 2 Internación solo por no haber opción “externa de cuidado”, dice hospital También que “pese alasreiteradas solicitudes del curador ad-litem y del equipo médico tratante, el Servicio Nacional de Protección Especializada no ha gestionado un cupo en residencia”, por lo que permanece hospitalizado, “afectando gravemente su salud física, mental y 3 Ante eventual “desacato”, juzgado de Familia hizo advertencia al servicio La acción también detalla que el juzgado de Familia ha adoptado diversas resoluciones “frente al incumplimiento” del servicio, incluyendo plazos perentorios, apercibimientos y la advertencia de remitir antecedentes al Ministerio Público por eventual desacato judicial, “sin que a la fecha se haya concretadoel ingreso del niño una residencia adecuada”. Sin embargo, en su informe, Mejor Niñez “niega haber incurrido en acción u omisión ilegal o arbitraria” y expone que ha realizado “múltiples gestiones interinstitucionales con organismos colaboradores acreditatanto en modalidad residos, dencial como en familia de acogida especializada”. Y añade que “dada la sobreocupación crítica del sistema de cuidado alternativo en la Región Metropolitana, no ha sido posible materializar hasta la fecha el ingreso del niño” a una residencia adecuada. a la seguridad individual” del menor, que el tribunal precisa el servicio “está llamado a cautelar”. Además, recuerda que “como lo ha sostenido la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la institucionalización injustificada de niños y adolescentes en centros de salud mental puede constituir una priva= ción arbitraria de libertad y una forma de violencia y criminación en su contra”. M3 Residencia no es “entorno más adecuado para el niño”, según servicio Aunque desde Mejor Niñez adelantan que apelarán ante la Corte Suprema, porque sus equipos técnicos determinaron que “una residencia no constituye, en este momento, el entorno más adecuado para el niño, dada su condición de salud”. Sostienen, asimismo, que el servicio “ha mantenido un seguimiento permanente del caso, con el objetivo de identificar una alternativa que garantice su bienestar y desarrollo integral” Antes del amparo, la situación del niño yase había judicializado, pues existían antecedentes de vulneraciones de derechos cometidas por su madre, psicolócomo maltrato físico y gico, negligencia grave y dessu desarrollo psicosocial”. Desde la unidad en la que el menor está aseguran que “su permanencia en el hospital obedece, exclusivamente, a la falta de una alternativa externa de cuidado que asegure su protección, situación que ha sido informada en reiteradas oportunidades a las autoridades competentes”. Así, el fallo concluye que “este actuar negligente (... ) constituye una amenaza clara ZEREP ANERACA I “El niño amparado reviste una especial condición de vulnerabilidad en razón de su edad, lo que impone al Estado el deber de adoptar todas las medidas necesarias para brindarle una protección reforzada”. EXTRACTO DEL FALLO DE LA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO. El menor de ocho años fue dejado en el recinto asistencial por motivos de protección y no de salud, por falta de cupos. Desde el servicio adelantan que apelarán del fallo.
Sentencia unánime del tribunal de alzada capitalino “El niño amparado reviste una especial condición de vulnerabilidad en razón de su edad, lo que impone al Estado el deber de adoptar todas las medidas necesarias para brindarle una protección reforzada”. EXTRACTO DEL FALLO DE LA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO La madre planteó al juzgado de Familia que enviaría a su hijo de regreso a República Dominicana a vivir con su tiene relación. Este que además posee un diagnóstico de discapacidad intelectual — no padre, con quien el menor: mes, el niño seguía internado en el hospital Dr. Roberto del Río, informó el recinto asistencial.