Decreto exento número 170, de 2026.- Autoriza a la entidad denominada Fundación Coanil para efectuar colecta
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.419 Miércoles 8 de Abril de 2026 Página 1 de 2 Normas Particulares CVE 2788704 MINISTERIO DEL INTERIOR Subsecretaría del Interior AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA "FUNDACIÓN COANIL", PARA EFECTUAR COLECTA Núm. 170 exento. - Santiago, 26 de enero de 2026.
Vistos: Lo dispuesto en la ley N 10.262, que faculta al Presidente de la República para autorizar rifas, sorteos, etc., de las características y en las condiciones que indica; la ley N 16.436, que declara que las materias que indica podrán ser objeto de decretos o resoluciones expedidos por las autoridades que señala, con la sola firma del respectivo funcionario; en la ley N 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N 1-19.175, de 2005, del Ministerio del Interior; en la ley N 21.073, que regula la elección de Gobernadores Regionales y realiza adecuaciones a diversos cuerpos legales; en el decreto supremo N 955, de 1974, del Ministerio del Interior, que establece el Reglamento sobre realización de Rifas, Sorteos y Colectas;en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y los antecedentes adjuntos.
Considerando: 1. - Que, mediante carta de fecha 19 de enero de 2026, dirigida al Ministro del Interior señor Álvaro Elizalde Soto, la "Fundación Coanil", solicita autorización para realizar Colecta anual a lo largo de Chile desde Arica hasta Castro, los días 1,2, 3,4 y 5 de agosto de 2026.2.- Que, la "Fundación Coanil", es una institución sin fines de lucro con más de 50 años de trayectoria, dedicada a la inclusión social y desarrollo integral de personas con discapacidad intelectual que inciden en el cambio social para mejorar su calidad de vida y promueven sus derechos, autonomía e inclusión social. 3.- Que, mediante decreto supremo N 955, de1974, del Ministerio del Interior, se aprobó el Reglamento del artículo 1 de la ley N 10.262, de 6 de marzo de 1952, y del artículo 1, párrafo IV, N 1, de la ley 16.436, de 24 de febrero de 1966, para la realización de Rifas, Sorteos y Colectas, en virtud del cual se faculta al Ministerio del Interior para autorizar este tipo de eventos una vez al año, a las personas jurídicas creadas para realizar obras pías o de beneficencia privada cuyo objeto sea la educación, la caridad o la asistencia social, a las sociedades mutualistas, a los Cuerpos de Bomberos y a las Instituciones deportivas con personalidad jurídica.
Decreto: 1. - Autorízase a la entidad denominada "Fundación Coanil", para realizar una colecta anual a lo largo de Chile desde Arica hasta Castro, los días 1,2, 3,4 y 5 de agosto de 2026.2.- Las utilidades que se generen producto de la presente colecta serán destinadas íntegramente para respaldar los proyectos de los diversos programas de la Fundación, además de visibilizar la discapacidad intelectual en la sociedad civil. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2788704 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.419 Miércoles 8 de Abril de 2026 Página 2 de 2 3. - Las erogaciones sólo podrán recibirse en alcancías numeradas y controlada por el Delegado Presidencial Regional o Provincial respectivo o las personas que se designen en su representación. 4.- La responsabilidad de la Colecta del año 2026 estará a cargo de Carolina Urzúa, Nicole Molina y José Melej, según Declaración Jurada de fecha 16 de enero de 2026, firmada por José Julio Melej, todos en representación de Fundación Coanil. 5.- La referida Institución deberá remitir al Ministerio del Interior, dentro del plazo de sesenta (60) días, contados desde la fecha de realización de la colecta, un informe detallado y documentación de los ingresos obtenidos y de su inversión, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 3 letra c), del decreto N 955, de 1974, del Ministerio del Interior, adjuntando a éste el acta a que se refiere el artículo 27 del mismo decreto. 6.- La autorización que se concede mediante el presente acto administrativo a la entidad recurrente, la obliga a cumplir con las disposiciones que establece el decreto N 955, de 1974, del Ministerio del Interior. Anótese, comuníquese y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Álvaro Elizalde Soto, Ministro del Interior. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. - Atentamente, Máximo Pavez Cantillano, Subsecretario del Interior. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2788704 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl