Resolución exenta número 137, de 2026.- Llama a inscripción para asignación de cupos de viviendas destinadas a familias vulnerables beneficiarias de subsidios habitacionales, a los proyectos seleccionados, Plaza Mayor Lantaño y Barrio Francia, del Programa de Integración Social y Territorial, regula
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.396 Martes 10 de Marzo de 2026 Página 1 de 7 Normas Generales CVE 2778071 MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO Secretaría Regional Ministerial Región de Ñuble LLAMA A INSCRIPCIÓN PARA ASIGNACIÓN DE CUPOS DE VIVIENDAS DESTINADAS A FAMILIAS VULNERABLES BENEFICIARIAS DE SUBSIDIOS HABITACIONALES, A LOS PROYECTOS SELECCIONADOS, PLAZA MAYOR LANTAÑO Y BARRIO FRANCIA, DEL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL, REGULADO POR EL DS Nº 19 (V. Y U. ), DE 2016 Y SUS MODIFICACIONES, EN LA REGIÓN DE ÑUBLE (Resolución) Núm. 137 exenta. - Chillán, 26 de febrero de 2026. Vistos: 1. Lo dispuesto en la ley Nº 16.391, que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. 2. El decreto ley Nº 1.305, de 1976, que reestructura y regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. 3. La Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 4. La Ley 21.796 Ley de Presupuesto de Ingresos y Gastos del Sector Público para el año 2026, del Ministerio de Hacienda. 5.
El DS Nº 19 (V. y U. ), de 2016, y sus modificaciones, que Reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial, en especial lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 16º, en relación a la incorporación de familias vulnerables que cuentan con subsidio. 6. El DS Nº 49 (V. y U. ), de 2011, y sus modificaciones, que regula el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda. 7. El DS Nº 1 (V. y U. ), de 2011, y sus modificaciones, que Reglamenta el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional. 8. El Plan de Emergencia Habitacional que define lineamientos y ejes estratégicos a trabajar en su implementación. 9. La ley Nº 21.450, sobre Integración Social en la Planificación Urbana, Gestión de Suelo y Plan de Emergencia Habitacional. 10. Ley 21.798, que modifica el artículo cuarto de la ley Nº 21.450, que aprueba ley sobre integración social en la planificación urbana, gestión de suelo y plan de emergencia habitacional. 11.
Resolución exenta Nº 510 (V. y U. ), de fecha 28.02.2023, que Llama a Postulación en Condiciones Especiales año 2023, para presentación de proyectos habitacionales del Programa de Integración Social y Territorial, DS Nº 19 (V. y U. ), de 2016.12.
La resolución exenta Nº 1.761 (V. y U. ), de fecha 19.10.2023, y publicada en el Diario Oficial el 25.10.2023, que aprueba proyectos seleccionados del Llamado a Concurso Nacional año 2023, del Programa de Integración Social y Territorial DS Nº 19 (V. y U. ) de 2016; acoge reclamaciones, exime requisitos y amplía selección. 13.
Resolución exenta Nº 385 (V. y U. ), de fecha 12.03.2024, que Llama a Postulación en Condiciones Especiales año 2024, para presentación de proyectos habitacionales del Programa de Integración Social y Territorial, DS Nº 19 (V. y U. ), de 2016, fija el número de subsidios para la atención de los proyectos a seleccionar y su forma de distribución regional. 14.
Resolución exenta Nº 704, del 16.05.2024, que modifica resolución exenta Nº 385 (V. y U. ), de 2024, que llama a postulación en condiciones especiales año 2024, para presentación de proyectos habitacionales del Programa de Integración Social y Territorial DS Nº 19 (V. y U. ), de Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2778071 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.396 Martes 10 de Marzo de 2026 Página 2 de 7 2016, fija el número de subsidios para la atención de los proyectos a seleccionar y su forma de distribución regional. 15.
La resolución exenta Nº 1.420 (V. y U. ), de fecha 16.09.2024, y publicada en el Diario Oficial el 26.09.2024, que aprueba proyectos seleccionados del Llamado a Concurso Nacional año 2024, del Programa de Integración Social y Territorial DS Nº 19 (V. y U. ), de 2016; acoge reclamaciones, exime requisitos y amplía selección. 16.
Resolución exenta Nº 513 (V. y U. ), de fecha 28.02.2023, y sus modificaciones, que regula sistema electrónico de inscripción y selección de familias, en cupos de vivienda destinados a familias vulnerables, en proyectos aprobados mediante el Programa de Integración Social y Territorial, DS Nº 19 (V. y U. ), de 2016.17. Circular Nº 24, de fecha 30.06.2023, del Subsecretario (S) de Vivienda y Urbanismo, que imparte instrucciones y aclaraciones para la aplicación de la resolución exenta Nº 513 (V. y U. ), de 2023.18. La circular Nº 10. del 08.04.2024, que imparte instrucciones y aclaraciones para la aplicación de la resolución exenta 513 (V. y U. ), de 2023.19.
La resolución exenta Nº 1.639, del 24.10.2024, que dispone la Presentación de una declaración de Núcleo y una Declaración Jurada de Postulación para la Incorporación de Familias en los Proyectos Habitacionales del Programa de Integración Social y Territorial, regulado por el DS Nº 19 (V. y U. ), de 2016.20.
La resolución exenta Nº 234, del 12.02.2025, que modifica la resolución exenta Nº 513 (V. y U. ), de 2023, que regula el Sistema Electrónico de Inscripción y Selección de Familias, en cupos de Vivienda destinados a Familias Vulnerables, en proyectos aprobados mediante el Programa de Integración Social y Territorial, DS Nº 19 (V. y U. ), de 2016.21.
Resolución exenta Nº 1.304, de fecha 29.12.203, de Serviu Región de Ñuble, que aprueba Convenio DS Nº 19 (V. y U. ), de 2016, Programa Integración Social y Territorial, proyecto: "Plaza Mayor Lantaño" código 177345, de la comuna de Chillán, Entidad Desarrolladora Inmobiliaria Inversiones e Inmobiliaria Inespa Ltda. 22.
Resolución exenta Nº 1.452, de fecha 12.12.2024, de Serviu Región de Ñuble, que aprueba Convenio DS Nº 19 (V. y U. ), de 2016, Programa Integración Social y Territorial, proyecto: "Barrio Francia” código 184811, de la comuna de Chillán, Entidad desarrolladora Inmobiliaria Bosques de Entre Ríos SpA. 23.
El oficio ordinario Nº 2879, del 28.11.2025, Serviu Regional, que solicita la realización de Llamado a Inscripción y Postulación de Familias, en cupos de Vivienda destinados a Familias Vulnerables que cuenten con Subsidio Habitacional en Proyectos DS Nº 19: "Plaza Mayor Lantaño" y "Barrio Francia", ambos de la comuna de Chillán. 24. Correo electrónico, de fecha 24.02.2026, de la Jefa del Departamento de Operaciones Habitacionales del Serviu Regional. 25. La resolución Nº 36, del 19.12.2024, de Contraloría Regional de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. 26. La resolución Nº 8, del 12.04.2025, de Contraloría Regional de la República, que modifica y complementa resolución Nº 36, de 2024, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. 27. EL DS Nº 21 (V. y U. ), de fecha 06.05.2022, que nombró al suscrito Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Ñuble. 28. El DS Nº 397, del 24.11.1976 (V. y U. ), que establece Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
Considerando: a) Que, la ley Nº 21.450, sobre Integración Social en la Planificación Urbana, Gestión de Suelo y el Plan de Emergencia Habitacional, en especial lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional, aprobada en su artículo cuarto, permite que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo implemente medidas que permitan aumentar la productividad de sus procesos, entre otras. b) Que, asimismo la Ley sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional, define objetivos y ejes estratégicos, dentro de los cuales destacan “contribuir a la reducción del déficit habitacional”, “recuperar el rol protagónico del Estado en la planificación y gestión habitacional” y “mejorar la atención de la ciudadanía”; en ese contexto se espera avanzar en la gestión de la demanda por parte del Estado en cuanto a la asignación de viviendas para familias vulnerables, en proyectos aprobados mediante el Programa de Integración Social y Territorial, proponiendo un procedimiento más eficiente y transparente. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2778071 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.396 Martes 10 de Marzo de 2026 Página 3 de 7 c) Que, el artículo 16º del DS Nº 19 (V. y U. ), de 2016, que Reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial, indica en su inciso segundo que, mediante resoluciones del Ministro de Vivienda y Urbanismo se regulará un sistema electrónico de inscripción y selección para la incorporación de familias vulnerables en proyectos seleccionados del citado Programa.
En este sistema podrán inscribirse directamente los beneficiarios de subsidios o concurrir a las oficinas del Serviu para tales efectos. d) Que, la resolución exenta Nº 513 (V. y U. ), de fecha 28.02.2023, estableció un sistema electrónico de inscripción y selección de familias, para la asignación de cupos de vivienda a familias vulnerables, entendiéndose por estas a aquellas beneficiarios de los Programas Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U. ), de 2011, en su modalidad de postulación individual, y del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional regulado por el DS Nº 1 (V. y U. ), de 2011, Tramo 1, que se aplicará en proyectos seleccionados a partir de los llamados efectuados durante el año 2022, del Programa de Integración Social y Territorial, DS Nº 19 (V. y U. ), de 2016 y sus modificaciones e) Que, el resuelvo 2 de la resolución exenta Nº 513 (V. y U. ), de fecha 28.02.2023, dispone que, se autoriza a los/as Secretarios/as Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo a realizar Llamados a inscripción para la asignación de cupos de vivienda de los proyectos seleccionados, destinados a familias vulnerables beneficiarias de subsidios, considerando proyectos con más de un 10% de avance de las obras y que no se encuentren paralizados ni con obras ralentizadas. f) Que, con fecha 31.12.2025 se publicó la ley Nº 21.798, que modifica el artículo cuarto de la ley Nº 21.450, sustituyendo la expresión "31 de diciembre de 2025" por "31 de diciembre de 2029", agregándose en el literal c) del artículo 1, la siguiente oración final: "Dicho instrumento tendrá vigencia durante todo el período de vigor de la presente ley. " g) Que, mediante oficio Nº 2879, de fecha 28.11.2025, Serviu Ñuble solicita realización de llamado a inscripción y postulación de familias, en cupos de vivienda destinados a familias Vulnerables que cuenten con Subsidio Habitacional en Proyectos DS Nº 19 Plaza Mayor Lantaño y Barrio Francia, ambos de la comuna de Chillán.
Dándose cuenta de la disponibilidad de 107 cupos de viviendas destinadas a familias vulnerables (de los cuales 1 corresponde a Movilidad reducida) en los proyectos del Programa de Integración Social y Territorial, que cumplen con más de un 10% de avance de las obras, en la Región de Ñuble, descontando las 16 viviendas destinadas a familias beneficiarias de subsidio de asignación directa que se encuentran en situaciones especiales acreditadas por el Serviu, conforme a lo establecido en el resuelvo 5º de la resolución exenta Nº 513 (V. y U. ), de 2023. h) Que, por memorándum Nº 36, de fecha 05.02.2026, el Departamento de Planes y Programas de Vivienda y Equipamiento, de esta Seremi, solicita a la Sección Jurídica, la revisión de los antecedentes y la elaboración del acto administrativo correspondiente, y adjunta antecedentes. i) Que mediante correo electrónico de fecha 24 de febrero de 2026, de la Jefa del Departamento de Operaciones Habitacionales del Serviu Regional, ratificó porcentaje máximo a destinar de beneficiarios/as de los Programas DS Nº 49, modalidad Individual, y porcentaje máximo a destinar de beneficiarios del programa DS Nº 1, Tramo 1, y así poder determinar el orden de prelación de las familias de acuerdo al puntaje obtenido. j) Que, por lo expuesto, en los considerandos precedentes, se estima necesario realizar llamado de inscripción de familias vulnerables beneficiadas con subsidio habitacional, en conformidad a lo dispuesto en resolución exenta Nº 513 (V. y U. ), y sus modificaciones, por lo que procede dictar la siguiente: Resolución: 1 Llamado, difusión, inscripción y familias objetivo Llámase a inscripción de familias vulnerables indicadas en el artículo 2º, letra c), del DS Nº 19, (V. y U. ), de 2016, y sus modificaciones, o a familias beneficiarias de los subsidios DS Nº 49 (V. y U. ), de 2011, y sus modificaciones, modalidad individual y DS Nº 1 (V. y U. ), de 2011, y sus modificaciones, Tramo 1 (ex Título I tramo 1), sin aplicar, para la asignación de cupos de vivienda al o los proyectos seleccionados en los Llamados Nacionales año 2024 del Programa de Integración Social y Territorial, a partir del día 10 de marzo de 2026 a las 12:00 horas, hasta las 17:00 horas del día 31 de marzo de 2026, período en que las familias podrán informarse respecto a la oferta existente y postular ingresando sus datos directamente a través de la plataforma de inscripción dispuesta para tales efectos http://inscripcionproyectods19.minvu.cl/Login/login o, en Serviu, donde se procederá a la inscripción e ingreso a la plataforma respectiva. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2778071 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.396 Martes 10 de Marzo de 2026 Página 4 de 7 La información de los proyectos del Llamado y sus características estarán disponibles a través de las páginas web y redes sociales del Serviu y la Seremi, y en los canales de atención presencial del Serviu, a partir de la tramitación de la presente resolución de este Llamado.
A continuación, se indican los proyectos que son parte de este Llamado: TIPOLOGÍA DE *TOTAL TOTAL N CUPOS VIVIENDA N TOTAL VIVIENDAS RESERVAS AD N CUPOS VIVIENDAS NOMBRE CÓDIGO ENTIDAD COMUNA (CASAS, VIVIENDAS VULNERABLES DE VIVIENDAS PARA EL FAMILIAS PROYECTO PROYECTO DESARROLLADORA CASAS 2 PROYECTO DEL PROYECTO VULNERABLES LLAMADO MOVILIDAD PISOS, (15%) REDUCIDA DPTO. ) PLAZA INMOBILIARIA E MAYOR 177345 CHILLÁN INVERSIONES CICLOS DPTOS. 240 60 9 51 1 LANTAÑO SPA. INMOBILIARIA Y BARRIO CONSTRUCTORA JOSÉ 184811 CHILLÁN CASAS 187 47 7 40 0 FRANCIA MIGUEL GARCÍA Y CÍA.
LTDA. * El número total de cupos de viviendas disponibles en este Llamado, excluye el 15% de viviendas destinadas a familias que se encuentren en situaciones especiales acreditadas por el Serviu, conforme a lo establecido en el resuelvo 1.2 de la resolución exenta Nº 234 precitada. Como parte integrante de esta resolución se adjunta Ficha Técnica con todas las características de los proyectos y sus viviendas, lo cual debe ser de conocimiento de las familias para tomar una decisión informada.
Podrán participar de este proceso familias beneficiarias con subsidio en esta región, o que hayan indicado esta región como preferencia de postulación al Llamado en el cual fueron beneficiadas y que tengan su subsidio vigente, o familias que hayan realizado su cambio a la Región de Ñuble, con anterioridad a la fecha de cierre de este Llamado y cuyo subsidio se encuentre vigente. En el caso del DS Nº 1 (V. y U. ), de 2011, será considerado hasta 60 meses desde el inicio de la vigencia del subsidio.
Establécese que el porcentaje máximo a destinar de beneficiarios/as de los Programas DS Nº 49, modalidad Individual, no podrá superar el 40%, y que el porcentaje máximo a destinar de beneficiarios del programa DS Nº 1, Tramo 1, no podrá superar el 60%, dicho porcentaje podrá excederse en uno de ellos, solo en caso de acreditar que no existan familias con subsidio del otro Programa o que no exista interés por parte de beneficiarios/as en ese mismo subsidio.
De acuerdo con lo anterior, se ha dispuesto la siguiente distribución de cupos por proyecto y programa: N DE CUPOS DE N DE CUPOS DE VIVIENDAS VIVIENDAS N TOTAL DE N DE CUPOS DE VULNERABLES VULNERABLES CÓDIGO COMUNA NOMBRE ENTIDAD VIVIENDAS VIVIENDAS D.S. 49/2011 D.S. 1/2011 TOTAL PROYECTO PROYECTO PROYECTO DESARROLLADORA DEL DISPONIBLES LLAMADO A LLAMADO A PROYECTO INSCRIPCIÓN INSCRIPCIÓN (40%) (60%) PLAZA INMOBILIARIA E 51 (50 177345 CHILLÁN MAYOR INVERSIONES CICLOS 240 REGULARES, 1 20 31 51 LANTAÑO SPA. M.R. ) INMOBILIARIA Y BARRIO CONSTRUCTORA JOSÉ 184811 CHILLÁN 187 40 16 24 40 FRANCIA MIGUEL GARCÍA Y CÍA. LTDA.
TOTAL 427 91 36 55 91 2 Factores de priorización de las familias Los factores de priorización, para definir la nómina de prelación que permitirá asignar los cupos, serán los siguientes: FACTOR DE PRIORIZACIÓN EN PUNTAJE % DE PONDERACIÓN BASE A SU SUBSIDIO OBTENIDO 0,5 punto por cada mes de antigüedad, contados desde el primer día del mes siguiente al de la 1.
Antigüedad del subsidio, a partir de su fecha de la resolución que aprueba la selección, 30% fecha de inicio de vigencia. hasta la fecha de cierre del período de inscripción del Llamado a inscripción de cupos. 2. Cantidad de postulaciones hábiles efectuadas a los programas D.S. N 49,5 puntos por cada postulación hábil. 20% modalidad individual y D.S. 1 tramo I. 3. Residencia en la comuna del proyecto. 20 puntos 10% Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2778071 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.396 Martes 10 de Marzo de 2026 Página 5 de 7 4. Mujeres madres solteras, divorciadas o viudas que tengan a su cargo hijos e hijas 20 puntos (1) (2) 20% de hasta 18 años, a la fecha del Llamado a inscripción de cupos. 5.
Beneficiados/as que hayan declarado como parte de su núcleo familiar a personas de 60 o más años de edad y que 20 puntos (2) 20% continúen siendo parte del núcleo, a la fecha del llamado de inscripción de cupos. (1) No se otorgará este puntaje en este caso de que la beneficiaria haya incorporado a su conviviente en el formulario Declaración de Núcleo o en el instrumento de caracterización socioeconómica, según lo indicado en el artículo 65 del DS Nº1 o en el artículo 24 del DS Nº49, ambos de Vivienda y Urbanismo, de 2011, según corresponda. (2) Para los factores de puntaje del ítem 4. y 5., se considera 20 puntos en total a la familia beneficiaria por cumplir la condición y no por la cantidad de integrantes del núcleo. 3 En caso de que dos o más beneficiarios empaten en puntaje, se dará prioridad al beneficiario con mayor puntaje en el punto 1 de la tabla de factores de priorización precitada.
De mantenerse el empate se dará prioridad al beneficiario con mayor puntaje en el punto 2 y así sucesivamente hasta llegar al punto 5 a partir de lo cual se dirimirá por sorteo. 4 Las viviendas acondicionadas para recibir a personas con discapacidad asociadas a movilidad reducida, serán asignadas por orden de prelación de la nómina, la que identificará a aquellas familias que registren discapacidad inscrita en el Registro Nacional de la Discapacidad a que se refiere el artículo 55 de la ley Nº 20.422, que Establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, a partir de lo cual el Serviu deberá verificar que la discapacidad corresponda a movilidad reducida. 5 En caso que se produzcan desistimientos de beneficiarios en los cupos de vivienda ya asignados, se seguirá con el orden respectivo de la lista de prelación. 6 Inscripción al Llamado El Ministerio de Vivienda y Urbanismo dispondrá de una plataforma de inscripción para que las familias interesadas, beneficiarias indicadas en el resuelvo 1º de esta resolución, puedan concretar su participación y optar a cupos de vivienda destinadas a familias vulnerables de los proyectos del Programa de Integración Social y Territorial, regulado por el DS Nº 19 (V. y U. ), de 2016, y sus modificaciones. Las personas interesadas deben contar con su número de cédula de identidad y clave única otorgada por el Registro Civil. El acceso a la plataforma estará disponible en la página web del Serviu y Seremi de esta región.
Las personas que no tengan acceso a internet, que no cuenten con clave única o que presenten dificultades para manejar la plataforma computacional, podrán acercarse a las dependencias del Serviu de esta región, ubicadas en calle 18 de Septiembre Nº 530, comuna de Chillán, para que se les apoye en este proceso.
Es importante informar que, al momento de la inscripción, las familias deberán inscribirse en uno de los proyectos del llamado, y una vez generada la nómina de familias inscritas por orden de prelación de acuerdo con los cupos señalados en el resuelvo Nº 1 de la presente resolución, las familias podrán adherirse a uno de los proyectos del grupo de inscripción elegido.
Las familias interesadas podrán participar de un solo Llamado a la vez, por lo tanto, para inscribirse en un nuevo Llamado, en caso de no obtener un cupo de vivienda, deberá encontrarse cerrado este proceso. 7 Verificación del Ahorro El ahorro exigido corresponderá al acreditado al momento de la postulación al Llamado mediante el cual obtuvo el beneficio, el que será destinado en su totalidad al financiamiento de la vivienda, según lo establecido en el artículo 3º letra a) del DS Nº 19 (V. y U. ), de 2016.
Si al momento de la revisión de la nómina de prelación por parte del Serviu se detecta que el ahorro es menor al acreditado en la postulación al beneficio, se procederá a liberar el cupo y seleccionar a la siguiente persona en la lista de prelación. 8 Prelación de familias y ratificación de la inscripción Una vez concluido el período de inscripción establecido en el resuelvo 1º de la presente resolución, se dispondrá una nómina con las familias inscritas, en orden de prelación, de acuerdo Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2778071 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Con esta nómina, el Serviu procederá a contactar a las personas inscritas, respetando el orden de prelación, a través de todos los medios que las familias hayan registrado en la plataforma (correo electrónico, número de teléfono, etc. ) para que acudan al Serviu a escoger entre las ofertas que contempla el Llamado y ratificar su inscripción al proyecto de su preferencia, o en caso contrario, rechazar el cupo.
En el mismo momento que las personas ratifiquen su inscripción, el/la funcionario/a del Serviu deberá proceder con la inscripción de la persona en el módulo de reserva de vivienda del sistema informático Rukan, entregando un comprobante de inscripción a la familia beneficiaria. Este procedimiento se realizará hasta completar el total de cupos disponibles para familias vulnerables en cada proyecto considerado en este Llamado.
Las personas inscritas que no puedan acudir al Serviu a ratificar su inscripción, podrán otorgar un poder simple a un familiar directo (padre, madre, cónyuge o conviviente civil, hijos mayores de 18 años, o integrantes acreditados en su núcleo familiar de postulación) para que asista en su representación. La persona que no asista en la fecha y hora estipulada por el Serviu se entenderá que desiste de su cupo.
Las familias seleccionadas, conforme a lo dispuesto en los artículos 16º, 18º inciso tercero y 19º, DS Nº 19 (V. y U. ), de 2016, deberán considerar la presentación de una declaración de núcleo en que sus integrantes deberán ser parte del actual Registro Social de Hogares y una declaración jurada de inscripción, a objeto de actualizar su situación habitacional y la de los integrantes del núcleo familiar que tenía al momento de recibir el subsidio original, para verificar que no presenten una incompatibilidad que les impida ser incorporados a un proyecto y/o tener derecho a cobro del subsidio, conforme a lo dispuesto por el artículo 29º del mencionado decreto.
Las personas que hayan ratificado su cupo e inscriban su reserva de vivienda en el sistema informático, deberán firmar un “Comprobante de aceptación o rechazo de cupo” entregado por el Serviu, quedando una copia en poder de la persona y otra en poder del Serviu, también se entregará en el mismo acto el “Comprobante de Reserva de Vivienda” que emite el sistema Rukan.
Las familias que, debido al orden de prelación, no hayan podido optar a una vivienda en alguno de los proyectos dispuestos en el presente Llamado, podrán seguir participando en los próximos Llamados a realizar por esta Seremi.
Sin embargo, sólo podrán participar de un Llamado en forma simultánea. 9 Publicación de Resultados Una vez que todas las familias ratifiquen su inscripción y se encuentren inscritas en el sistema informático, completando los cupos de viviendas disponibles en los proyectos contemplados en este Llamado, esta Seremi emitirá la nómina definitiva de las familias que hayan reservado su cupo, la que será publicada a través de los medios electrónicos habilitados para estos fines (página web Serviu y Seremi) y estará disponible para la(s) Entidad(es) Desarrolladora(s) respectiva(s). 10 Participación en Plan de Integración Social De acuerdo a lo estipulado en el Art. 3 letra c) del DS Nº 19 (V. y U. ), de 2016, las familias que se incorporen a los proyectos deberán participar de las actividades del Plan de Integración Social, el cual tiene por objetivo apoyar a las familias en el proceso de instalación en sus viviendas, a favorecer su integración en el nuevo barrio y a fortalecer la cohesión social.
Por ello, posterior a la incorporación de las familias al proyecto, la Entidad Desarrolladora deberá contactarlas, explicarles en qué consiste el Plan de Integración Social, e informarles la fecha tentativa en que empezarán a ejecutar las actividades. 11 De los Conjuntos Habitacionales PLAZA MAYOR LANTAÑO Emplazado en el sector nororiente de la ciudad de Chillán, compuesto por departamentos de hormigón distribuidos en cuatro modelos que incorporan terminaciones que se ajustan a los Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2778071 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.396 Martes 10 de Marzo de 2026 Página 7 de 7 requerimientos de Descontaminación Ambiental -PDA-. Las instalaciones del condominio incluyen estacionamientos techados, sistema de iluminación y riego con eficiencia energética, equipamiento comunitario, juegos infantiles inclusivos, locales comerciales y piscina.
BARRIO FRANCIA Emplazado en sector norponiente de la ciudad de Chillán, consta de un loteo de 187 unidades de vivienda en extensión, aisladas de dos pisos a excepción de aquellas destinadas a familias con movilidad reducida. Las instalaciones cuentan con áreas verdes eficientes, iluminación led y riego eficiente e implementa un punto ecológico para la segregación de los residuos; el equipamiento comunitario dispone de equipamiento deportivo y juegos infantiles. Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese. - Antonio Marchant Mass, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Ñuble. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2778071 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl