ProCultura: la resolución del juez que acusó errores de la Fiscalía
ProCultura: la resolución del juez que acusó errores de la Fiscalía E n una de las extensas jornadas de audiencias de formalización del caso ProCultura, que investiga un traspaso de $1.683.788.000 a esa corporación desde la gobernación de Santiago, el abogado Alejandro Alegría -defensor de la representante legal de ProCultura, María Constanza Gómezdetalló groseros "errores" del fiscal de Antofagasta Cristián Aguilar, cuando se discutían las medidas cautelares en contra de su representada.
No solo le enrostró al persecutor que presentó un audio de WhatsApp de su autoría cuando no lo era (se trataba de la voz de María Teresa Abusleme, otra de las formalizadas), sino que también la equivocación que se cometió con Irina Karamanos cuando se dijo que había aportado dineros a ProCultura (se decía que había devuelto parte del sueldo que le habían pagado por su trabajo) y que tenía calidad de imputada. La confusión del Ministerio Público la aclaró la misma María Constanza Gómez en la indagatoria, tanto es así que luego Karamanos quedó como testigo.
En la lectura de su resolución -audio al que La Segunda tuvo acceso recién, pues las condiciones de la audiencia impidieron seguir con detención los argumentos del proceso-, el magistrado Patricio Álvarez sembró varias dudas sobre la solidez del caso presentado por el Ministerio Público, recogiendo algunos de los errores mencionados anteriormente, pero también lo que serían a su juicio otras inconsistencias.
Fiscalía sostiene que en una fecha indeterminada, el gobernador Claudio Orrego se concertó con los imputados Alberto Larraín, María Constanza Gómez, María Teresa Abuslemele (funcionaria de ProCultura) y Evelyn Magdaleno (funcionaria del Gobierno Regional), para que ProCultura fuera favorecida en la ejecución del programa "Quédate", a través de una millonaria transferencia para la prevención del suicidio mediante un programa de fomento de salud mental por $1.683.788.000. Finalmente, parte importante de estos montos desaparecieron y el proyecto no se terminó.
La principal debilidad: Orrego aún no es formalizado y es la pieza clave El magistrado, al analizar las pruebas y terminar sólo dando arraigo nacional a los formalizados, enfatizó que para que exista una participación criminal debe acreditarse que la voluntad de los distintos intervinientes debe estar orientada a la realización conjunta del delito.
Pero a esta formalización le faltaba una pieza clave: Orrego, a quien el Ministerio Público le atribuye haberse concertado con Larraín Salas y María Constanza Gómez y por ende sería el autor material. "No ha sido naturalmente formalizado", pues debe ser primero desaforado de su cargo de gobernador por los tribunales superiores de justicia (la Corte de Apelaciones revisaría recién este mes esta solicitud), explicó el juez, por lo que se "plantea un problema relevante a la hora de determinar, particularmente lo que dice relación con los presupuestos materiales". Álvarez explicó que la fiscalía tenía que probar que el sujeto activo calificado del delito (Orrego) se concertó con los imputados. "No hay un antecedente que dé un indicio de acuerdo" La fiscalía ha enfatizado que por la amistad de Orrego con el psiquiatra, al firmar el gobernador el convenio infringió "gravemente" los deberes de su cargo y los principios que rigen la función pública.
El magistrado asumió que existía tal amistad, pero enfatizó que "no hay un antecedente, a lo menos uno, que permita efectivamente dar cuenta de un indicio, de un acuerdo de voluntad para los efectos en que está planteada la formalización de la investigación". Y siguió: "Cuando hablo de antecedentes me refiero a antecedentes de la investigación, tales como declaraciones de testigo, correos electrónicos, documentos, etcétera, donde se dé cuenta de vínculos, por ejemplo, entre el señor Orrego y los demás imputados, doña María GonProCultura: la resolución del juez que acusó errores de la Fiscalía Un audio atribuido a una persona equivocada, chats descontextualizados y ausencia de pruebas, entre los elementos quedaron expuestos en la resolución del juez. Pablo Basadre G.
Magistrado Patricio Álvarez Las defensas de los distintos imputados han arribado a ciertas conclusiones como que el Ministerio Público en la audiencia no fue claro respecto a los delitos que imputaba, pues los imputados no sabían si estaban frente a acusaciones de estafa o fraude al fisco y solo al momento de las réplicas los fiscales apuntaron al fraude al fisco con una modalidad que se encaminaba a la administración desleal. El MP, dijo en su defensa, que las menciones que habían hecho de "estafa" eran referenciales. Otro de los asuntos que el Ministerio Público deberá discutir en la Corte de Apelaciones para apelar a las cautelares tiene relación con comprobar si Alberto Larraín era o no era funcionario público. El MP sostiene que sí, pues fue nombrado por Orrego como director de la Corporación de Desarrollo Territorial y Turismo de la Región Metropolitana. Sin embargo, las defensas sostienen que se trata de un ente privado como ocurre en las municipalidades.
De acuerdo a filtraciones de la carpeta de investigación, existen conversaciones vía Telegram, donde el gobernador de Santiago le dice a Alberto Larraín: "Hola hermano por cualquier cosa revisa los WhatsApp por si tenemos algo complejo", cuando había explotado el caso Convenios. Y otros donde Larraín cuenta vía WhatsApp que "Orrego me quiere pasar como dos mil millones". Los controles de daño de las defensas.
ProCultura: la resolución del juez que acusó errores de la Fiscalía tanza Gómez, la señora (María Teresa) Abusleme, respecto naturalmente de la señora Magdaleno". Incluso, hace presente que si bien la fiscalía argumenta que Larraín se concertó con Orrego, y que luego el primero lo hace con el resto, "entonces, uno tendría que requerir, digamos, algún antecedente que dé cuenta que el señor Larraín, ya sea de manera evidente o de manera presunta, se concertó con los co-imputados para efectos de hacerlos partícipes de este delito", dijo el juez.
Pero el juez destacó que algunas pruebas, como las conversaciones de WhatsApp, del grupo "Correr el Cerco" integrados por los formalizados y donde se hacían eventuales gestiones respecto de proyectos, según la defensa de Evelyn Magdaleno, a cargo de la penalista Javiera Corvalán, estaba descontextualizados, pues se trataba incluso de mensajería previa que no tenían que ver, en definitiva, con el proyecto "Quédate". "Lo cierto, de acuerdo con el contenido, digamos, estricto o literal, si se quiere, de los mensajes, no se advierte a nuestro entender que exista un acuerdo de voluntades ni siquiera tácito para efectos de lo que se exige en el tipo penal", enfatizó el juez de garantía.
Y añadió que el elemento más concluyente era un registro de audio que el MP presentó como prueba, donde se oye o se podría suponer, acotó Álvarez Maldini, que había "un acuerdo en una postulación o una presentación que cuando se indica que nos vamos a ganar nosotros esta licitación (... ). Porque efectivamente, si uno escucha o si uno lee esto, podría considerar que aquí hay un antecedente indiciario.
Pero bueno, el resultado es que, por una parte, ese audio no proviene de la señora (María Constanza, como lo afirmaron los fiscales en la audiencia) eso ya quedó establecido y además la Fiscalía indica que no es un antecedente que se haya invocado para justificar la medida cautelar de prisión preventiva". Decisiones financieras buscaban resguardar los fondos El Consejo de Defensa del Estado dijo en sus alegatos que las decisiones financieras eran de Alberto Larraín, también los movimientos bancarios y los fondos mutuos donde se depositaban los dineros. Todos los hechos que fueron reconocidos por María Constanza Gómez y se resguardaran en depósitos a plazos y fondo mutuos de bajo riesgo.
El abogado Alegría entregó otro antecedente: el mismo banco había intentado convencer a Gómez para que cambiara los dineros a otro fondo y así obtener más ganancias, pero ella se negó porque argumentó que no eran dineros que pertenecían a ProCultura.
Para descartar que dichos movimientos y otros se habrían realizado para incrementar los patrimonios de Larraín y Gómez, se exhibieron cartolas y respaldos contables, donde se demostró que correspondían a devoluciones y uso propio de la fundación.
Lo que el juez Álvarez Maldini aceptó y advirtió que ella no podía realizar ese tipo de movimientos con dineros estatales porque no eran esos los fines, sin embargo, se trataba de un hecho ajeno a la formalización. "Deben haber antecedentes que dan cuenta del dolo común respecto de ella (... ) el Tribunal no los advierte de los antecedentes con la exigencia que se requiere en esta sede". Pidieron revisar cuentas del padre... pero eran transacciones del hijo El abogado Alegría también contó otro yerro de una indagatoria que se lleva hace más de dos años y que ha tenido tres Fiscales Regionales a su cargo.
Sucedió cuando ordenaron -el 10 de octubre de 2025abrir una cuenta corriente del padre de Alberto Larraín Lohmayer, argumentando que se le habían traspasado más de $100 millones a través de 21 boletas a honorarios desde ProCultura. Sin embargo, el informe de la Bicrim afirmaba que dichos traspasos de fondos correspondían al mismo psiquiatra, Alberto Larraín Salas, no a su padre.
Con todo, igual, dijo el abogado, se realizó una apertura de cuenta corriente con antecedentes que no correspondían a la realidad. "Recordemos también lo que pasó con doña Josefina Hunneus", dijo Alegría, aludiendo a la interceptación telefónica declarada ilegal por la justicia cuando se aplicó la medida intrusiva de grabar sus conversaciones, argumentando que el teléfono pertenecía a su exconyugue Alberto Larraín, pero en realidad el número telefónico era de ella, que no era investigada.
Lo cierto, de acuerdo con el contenido, digamos, estricto o literal, si se quiere, de los mensajes, no se advierte a nuestro entender que exista un acuerdo de voluntades ni siquiera tácito para efectos de lo que se exige en el tipo penal"..