Resolución exenta número 1.208, de 2025.- Establece nueva área de regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata W.) para el mercado de China
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.140 Lunes 5 de Mayo de 2025 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2640326 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región Metropolitana ESTABLECE NUEVA ÁREA DE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W. ) PARA EL MERCADO DE CHINA (Resolución) Núm. 1.208 exenta. - Santiago, 16 de abril de 2025.
Vistos: La Ley Nº 18.755 de 1989, del Ministerio de Agricultura, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero, deroga ley Nº 16.640 y otras disposiciones; la Ley Nº 19.880 de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la resolución Nº 7 y Nº 8 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; el decreto ley Nº 3.557 de 1980, del Ministerio de Agricultura, sobre Protección Agrícola, y sus posteriores modificaciones; la resolución exenta Nº 3.513, 7 de diciembre de 1995, publicada en el Diario Oficial el 13 de diciembre de 1995, de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, que declara a Chile como país libre de Ceratitis capitata (Wied), y sus modificaciones posteriores; y las facultades que invisto mediante la resolución exenta RA 240/1323/2023, del Servicio Agrícola y Ganadero, que designa Director Regional Metropolitano a Claudio Ternicier González; Considerando: 1. Que, por resolución exenta Nº 3.513, citada en vistos, se declaró a Chile como país libre de la plaga de los vegetales conocida como “Mosca del Mediterráneo” (Ceratitis capitata Wied). 2. Que, con fecha 2 de abril de 2025 se ha detectado la presencia de nuevos ejemplares de “Mosca del Mediterráneo” (Ceratitis capitata Wied) alejadas de las detecciones iniciales en la comuna de Las Condes. 3.
Que, en virtud de lo dispuesto en el Nº 3, de la resolución Nº 3.513, el Servicio está facultado para adoptar las medidas fitosanitarias que sean necesarias para el control y erradicación de esta plaga. 4.
Que, debe entenderse por área reglamentada, aquella en la cual los Establecimientos frutícolas que se encuentran dentro de ella, los productos vegetales y otros artículos regulados, que ingresan, se mueven dentro de ella y provienen de la misma, están sujetas a medidas fitosanitarias. 5.
Que, el Servicio, define como su área reglamentada la superficie incluida en un círculo de radio 7,2 km desde los puntos de detección, la cual es aceptada por la mayoría de los mercados de exportación, excepto por el mercado de China que considera un área cuarentenada de 27,2 Km desde cada punto de detección. 6. Que, se hace necesario establecer restricciones cuarentenarias dirigidas específicamente al mercado de China, basadas en todos los protocolos de trabajo firmados con ese país y las aclaraciones oficiales recibidas con posterioridad. 7. Que, en virtud de lo expuesto se procede a lo siguiente. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2640326 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.140 Lunes 5 de Mayo de 2025 Página 2 de 3 Resuelvo: 1.
Establézcase: a) A partir del 16 de abril de 2025, como área cuarentenada para el mercado de China el polígono de 80 vértices, determinado por las siguientes coordenadas UTM, señaladas a continuación: DATUM:WGS 84 (HUSO DATUM:WGS 84 DATUM:WGS 84 19) (HUSO 19) (HUSO 19) COORDENADAS COORDENADAS COORDENADAS UTM UTM UTM N ESTE NORTE N ESTE NORTE N ESTE NORTE VÉRTICE (X) (Y) VÉRTICE (X) (Y) VÉRTICE (X) (Y) 1 375062 6283743 28 330219 6300503 55 367976 6329846 2 373385 6282421 29 329968 6302624 56 369916 6328951 3 371609 6281234 30 329884 6304758 57 371823 6327879 4 369746 6280191 31 329968 6306892 58 373599 6326692 5 367806 6279296 32 330219 6309013 59 375276 6325370 6 365802 6278557 33 330636 6311108 60 376844 6323920 7 363747 6277978 34 331215 6313163 61 378294 6322352 8 361652 6277561 35 331954 6315167 62 379616 6320675 9 359531 6277310 36 332849 6317107 63 380803 6318899 10 357397 6277226 37 333892 6318970 64 381846 6317036 11 355263 6277310 38 335079 6320746 65 382741 6315096 12 353142 6277561 39 336401 6322423 66 383480 6313092 13 351047 6277978 40 337851 6323991 67 384059 6311037 14 348992 6278557 41 339419 6325441 68 384476 6308942 15 346988 6279296 42 341096 6326763 69 384727 6306821 16 345048 6280191 43 342872 6327950 70 384811 6304687 17 343185 6281234 44 344735 6328993 71 384727 6302553 18 341409 6282421 45 346675 6329888 72 384476 6300432 19 339732 6283743 46 348679 6330627 73 384059 6298337 20 338164 6285193 47 350734 6331206 74 383480 6296282 21 336401 6287093 48 352829 6331623 75 382741 6294278 22 335079 6288770 49 354950 6331874 76 381846 6292338 23 333892 6290546 50 357084 6331958 77 380803 6290475 24 332849 6292409 51 359218 6331874 78 379616 6288699 25 331954 6294349 52 361822 6331581 79 378080 6286761 26 331215 6296353 53 363917 6331164 80 376630 6285193 27 330636 6298408 54 365972 6330585 Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2640326 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.140 Lunes 5 de Mayo de 2025 Página 3 de 3 b) El polígono que determina el área cuarentenada incorpora completamente a la comuna de Santiago, Cerrillos, Cerro Navia, Conchalí, El Bosque, Estación Central, La Cisterna, La Florida, La Granja, Huechuraba, La Reina, Lo Espejo, Lo Prado, Macul, Ñuñoa, Pedro Aguirre Cerda, Peñalolén, Providencia, Quinta Normal, Recoleta, Renca, San Joaquín, San Miguel, San Ramón, Independencia, Las Condes, Vitacura, Quilicura y parcialmente las comunas de Colina, La Pintana, Lampa, Lo Barnechea, Maipú, Pirque, Pudahuel, Puente Alto, San Bernardo, San José de Maipo. 2. Dispóngase la ejecución de todas aquellas medidas fitosanitarias en el área cuarentenada ya contempladas en la Res. exenta Nº 829 de fecha 7 de marzo de 2025.3.
Déjese establecido que los inspectores del SAG podrán fiscalizar la aplicación de las medidas fitosanitarias dispuestas en este Control Obligatorio, revisar documentación relacionada con las medidas implementadas, realizar inspección de los cultivos, colectar muestras, entre otras, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto precedentemente. 4.
Publíquese la presente resolución conforme lo dispuesto en el Art. 6 del DL 3.557 de 1980, y en especial a lo dispuesto en su Inc. 3º, publicándose en el Diario Oficial y en los periódicos de mayor circulación de la región. Anótese, comuníquese y publíquese. - Claudio Armando Ternicier González, Director Regional, Servicio Agrícola y Ganadero, Región Metropolitana de Santiago. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2640326 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl