Autor: Francisca Palma Schiller francisca.palma@estrellavalpo.d
Caso Pümpin: "Ellos (inmobiliaria) deben probar que hubo daño y su cuantía"
Caso Pümpin: "Ellos (inmobiliaria) deben probar que hubo daño y su cuantía" A segurando que se defenderán los intereses de la ciudad, la alcaldesa de Valparaíso, Camila Nieto (FA), se refirió ayer durante la sesión del Concejo Municipal al escenario judicial frente al polémico caso del fallido proyecto inmobiliario Parque Pumpin, que era desarrollado por una empresa del holding Drake, propiedad del empresario Nicolás Ibáñez.
En la oportunidad, junto con negar que el municipio se encuentre en un estado de indefensión, recordó que la causa está recién en una primera instancia. "Cuando nosotros ingresamos, efectivamente existía una demanda por responsabilidad civil contractual relacionada con todo lo que la empresa dejó de percibir o no percibió a propósito de los actos administrativos relacionados con la caducidad o la forma administrativa que se encontró en su momento como por parte del municipio para evitar la materialización de las obras de departamentos en el sector donde hoy se encuentra el Parque Pümpin", contextualizó la jefa comunal.
A propósito de la caducidad del permiso, "lo que se genera es la paralización de las obras y por tanto la empresa decide demandar a la Municipalidad de Valparaíso por una indemnización por los daños pecuniarios que esto generó y a propósito de eso hay un juicio que está recién en la primera instancia, estamos en un juicio civil que aún no pasa ni a Corte de Apelaciones ni a Corte Suprema". CARGA DEL PARTICULAR Por su parte, la directora Jurídica, Daniela Tapia, aseguró que "la demanda fue notificada, la municipalidad contestó la demanda, en la contestación de la demanda están los principales puntos de defensa municipal y también una serie de documentos que dan cuenta de la posición municipal". "Tal cual como acontece en cualquier proceso, se abre un periodo de prueba y la municipalidad ha estado ejerciendo las acciones procesales que corresponde respecto del ofrecimiento de la prueba del demandante y acá también quiero ser bastante enfática en que no perdamos de vista que, en este caso, la carga de la prueba es del particular, del demandante. Ellos son los que tienen que acreditarnos que efectivamente, primero, existe un daño y, en segundo lugar, en caso de existir un daño, constatar o comprobar la cuantía", agregó.
CADUCIDAD Desde el aspecto social y vecinal, el abogado Washington González, integrante del Movimiento de Defensa del Barrio WIND O VAPAIS O'Higgins, junto con recordar que la asociación no es litigante en la causa, comentó que "sacar ciertas conclusiones antes es un poco apresurado". De igual manera, subrayó que la responsabilidad, con respecto a la no concreción del proyecto habitacional, recayó directamente en la inmobiliaria. "El proyecto inmobiliario no cae por los decretos alcaldicios del exalcalde Jorge Sharp, sino que cae por la declaración de caducidad que hace el director de obras previo informe de la seremi en el año 2022. Eso es importante tenerlo claro, porque la responsabilidad de no construir cae precisamente en la misma inmobiliaria", aseveró.
Para explicar aquello, González se remontó al año 2015: "En el año 2015, en marzo, se da el permiso de obra 301 y el alcalde de la época, en el año 2017, dicta los decretos alcaldicios que dejarían sin efecto el permiso de obra, sin embargo, la Corte de Apelaciones, al dejar sin validez los decretos alcaldicios, señaló a la Corte y también fue reafirmado por la Suprema, que el permiso de obra nunca perdió o nunca dejó de tener validez, siempre fue válido, no obstante haberse dictado los decretos alcaldicios. Entonces, su permiso de obra nunca dejó de existir", aseguró.
Teniendo presente eso, "en el año 2018, sin haberse declarado la caducidad todavía, el contralor se apersona en el inmueble de la inmobiliaria y certifica que no se han iniciado las obras, que no se han hecho las excavaciones, por lo cual era dable declarar la caducidad y eso le correspondía al director de obras". En ese sentido, añade el abogado, "la responsabilidad ahí radica principalmente en la inmobiliaria, porque la inmobiliaria teniendo su permiso el año 2015 no ejecutó obras suficientes para darle inicio a la obra al 2018, con lo cual la caducidad operó de pleno derecho.
Entonces, que el proyecto se haya caído por los decretos alcaldicios del municipio, no es verdad". Consultada la inmobiliaria sobre el caso, declinó entregar declaraciones hasta que no exista una resolución judicial respecto a la demanda. @ La inmobiliaria es la que tiene que acreditarnos que efectivamente existe un daño y, en caso de existir, constatar o comprobar la cuantía". Daniela Tapia, directora Asesoría Jurídica. Autor: Francisca Palma Schiller francisca.palma@estrellavalpo.d. Alcaldesa Camila Nieto dijo que defenderá los intereses de la ciudad. Directora jurídica aseveró que "la carga de la prueba es del demandante". Movimiento Vecinal aseguró que caducidad fue responsabilidad de la propia inmobiliaria. La inmobiliaria es la que tiene que acreditarnos que efectivamente existe un daño y, en caso de existir, constatar o comprobar la cuantía". Daniela Tapia, directora Asesoría Jurídica. CASO MANTIENE EN CONFLICTO A LA EMPRESA SOGIN CON LA MUNICIPALIDAD PORTEÑA POR PROYECTO QUE DATA DEL AÑO 2013. ALCALDESA Y DIRECTORA JURÍDICA EXPLICARON EL TEMA AYER.