Resolución exenta número 268, de 2025.- Prohíbe circulación de vehículos motorizados en vías y tramos que indica de la comuna de Vallenar, Región de Atacama
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.210 Martes 29 de Julio de 2025 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2676811 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región de Atacama PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍAS Y TRAMOS QUE INDICA DE LA COMUNA DE VALLENAR, REGIÓN DE ATACAMA (Resolución) Núm. 268 exenta. - Copiapó, 7 de julio de 2025.
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.059 ; en los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en las resoluciones Nº 39 de 1992 y Nº 59 de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en las solicitudes (2), de prohibición de circulación de vehículos, y antecedentes presentados por don Sebastián Pino Labarca; en electrónico de fecha 19 de junio de 2025; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y en la demás normativa vigente que resulte aplicable. Considerando: 1.
Que, a través de los formularios de solicitud de prohibición de circulación de vehículos, ingresados a esta Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, mediante correo electrónico de fecha 19 de junio de 2025, don Sebastián Pino Labarca, en representación de la empresa AMFFAL SpA, RUT 78.747.370-9, solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial, en el contexto de la ejecución de las obras de "Reemplazo de Red Agua Potable Calle Miraflores, Vallenar" y de "Impulsión Pozo Faez Vallenar", la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos motorizados en la comuna de Vallenar, en las vías y tramos que se indican en la siguiente tabla: PERIODO DE TRAMO CALZADA INTERVENCIÓN Calle/avda. /Ruta a Alternativa Tte. N. Comuna suspender Desde Hasta Inicio Término Público Media Completa (calle/avda. / Km) (calle/avda. / Km) (dd-mm-aa) (dd-mm-aa) CALLE AV. SARGENTO Misma calle mitad de 1 CALLE FAEZ VALLENAR 05/09/2025 X MATTA ALDEA Calzada CALLE AV. Misma calle mitad de Desde 2 AV.
MATTA VALLENAR SARGENTO 05/09/2025 X COSTANERA Calzada publicación ALDEA en Diario CARLOS Misma calle mitad de Oficial 3 HONORIO PEREZ VALLENAR MIRAFLORES 22/08/2025 X DITTBORN Calzada SARA CRUZ IGNACIO CARLOS Misma calle mitad de 4 VALLENAR 22/08/2025 X ALVAYAY DOMEYCO DITTBORN Calzada 2.
Que, el solicitante, funda su requerimiento bajo la presentación de los siguientes antecedentes: - Informes para permiso de rotura de pavimentos Nº 948/2024 y Nº 972/2024, de la Unidad de Vialidad Urbana del, Región de Atacama. Serviu Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2676811 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.210 Martes 29 de Julio de 2025 Página 2 de 3 - Certificados Nº DTT-C00290-2025 y Nº DTT-C00291-2025, ambos de 26 de junio de 2025, del Director de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad de Vallenar, que manifiesta, entre otros, no tener inconveniente para que se ejecuten las obras. - Plan Vial proyecto "Impulsión Pozo Faez Vallenar" de 24 de octubre de 2024. - Plan Vial proyecto "Reemplazo red de agua potable, calle Miraflores, Vallenar" de 24 de octubre de 2024.3.
Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular que significará la prohibición referida en el considerando primero. 4.
Que, el DFL Nº 1 de 2007, citado en vistos, señala en sus artículos Nº 107 y Nº 113 inciso primero, respectivamente, que: "Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente.". "El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda.". 5.
Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Resuelvo: 1.
Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados en la comuna de Vallenar, en las vías y tramos que se indican en la siguiente tabla: PERIODO DE TRAMO CALZADA INTERVENCIÓN Calle/avda. /Ruta a Alternativa Tte. N. Comuna suspender Público Desde (calle/avda. / Hasta Inicio Término Media Completa Km) (calle/avda. / Km) (dd-mm-aa) (dd-mm-aa) CALLE AV. SARGENTO Misma calle mitad de 1 CALLE FAEZ VALLENAR 05/09/2025 X MATTA ALDEA Calzada CALLE AV. Misma calle mitad de Desde 2 AV.
MATTA VALLENAR SARGENTO 05/09/2025 X COSTANERA Calzada publicación ALDEA en Diario CARLOS Misma calle mitad de Oficial 3 HONORIO PEREZ VALLENAR MIRAFLORES 22/08/2025 X DITTBORN Calzada SARA CRUZ IGNACIO CARLOS Misma calle mitad de 4 VALLENAR 22/08/2025 X ALVAYAY DOMEYCO DITTBORN Calzada 2. En los tramos señalados, podrán circular excepcionalmente los vehículos de emergencia y aquellos vehículos que requieran ingresar o egresar desde su lugar de residencia o estacionamiento habitual ubicado en dicho tramo. 3.
El resto de los vehículos motorizados, que en su trayecto tengan como vías de circulación las señaladas en el resuelvo Nº 1, deberán adoptar vías alternativas para el tránsito por el sector, mientras que los servicios de transporte público de pasajeros no serán afectados por la medida. 4.
El responsable a cargo de las obras, deberá respetar estrictamente el período de cierre de las calles en los tramos indicados en la presente resolución y señalizará debidamente el sector de los trabajos de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía", Capítulo 5 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones ( www.conaset.cl ), debiendo adoptar todas las medidas necesarias que permitan el normal desarrollo de las obras. 5.
Carabineros de Chile, Inspectores Municipales e Inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en el DFL Nº 1 de 2007, citado en visto. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2676811 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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