Graves errores procesales dejan al Municipio de Valparaíso en seria desventaja frente a millonaria demanda por «Caso Púmpin»
Graves errores procesales dejan al Municipio de Valparaíso en seria desventaja frente a millonaria demanda por «Caso Púmpin» Graves errores procesales dejan al Municipio de Valparaíso en seria desventaja frente a millonaria demanda por «Caso Pümpin». b en las lo hectáreas adquiridas en el barria OHiggins para la iniciativa iniciativa Parque Pümpin. Los terrenos fueron comprados el año 2013, mientras que el 2015 la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Valparaíso durante la gestión del VOl Jorge Castro aprobó el permiso de construcción para múltiples edificios.
Ya el 2016, el alcalde Jorge Sharp acogió recIomos recIomos de vecinos y declaró ilegal este permiso, dando inicio o una disputo administrativa y judicial con la inmobiliario, inmobiliario, que ahora se denomina denomina «Caso Pümpin». 1.. fra: s F. á. 1, e A ir (La falta de respuesta del equipo jurídico municipalyla omisión de pruebas clave dejaron a la casa edilicia sin (defensa efectiva en una demanda que supera los $30 mii h millones.
En En una verdadera debacle procesal terminó convirtiéndose convirtiéndose para la Municipalidad Municipalidad de Valparaíso la causa judicial asociada al proyecto habitacional habitacional que el empresario Nicolás Ibáñez, o través de la Inmobiliaria del Puerto SpA, intentó materializar 1 k. If 1.
Graves errores procesales dejan al Municipio de Valparaíso en seria desventaja frente a millonaria demanda por «Caso Púmpin» En abril de 2018, la DOM en gestión gestión de Sharp ordenó paralizar las obras tras un oficio de la Seremi de Vivienda indicando la caducidad del permiso. Así es como la inmobiliaria inmobiliaria recibe multas por obras sin permiso, confirmadas por tribunales tribunales de policía local. No obstante, en abril de 2020, la Corte de Apelaciones Apelaciones de Valparaíso declaró ilegal el decreto de la casa edilicia porteña que anuló los permisos, abriendo paso al proyecto.
En septiembre de 2021, la Corte Suprema rechazó los recursos de casación presentados por el Municipio Municipio de Valparaíso y vecinos porteños, porteños, confirmando que los permisos de construcción no eran nulos por motivos formales, respaldando así la legalidad del proyecto. Sin embargo, embargo, la inmobiliaria desiste del proyecto y apunta a vender el terreno o buscar acuerdos para terminar con el largo conflicto judicial.
Ya en octubre de 2024, la Sociedad de Gestión Inmobiliaria (Sogin) SpA ex Inmobiliaria del Puerto presentó una demanda de indemnización indemnización de perjuicios contra el Municipio de Valparaíso, basándose basándose en la paralización y actos municipales contra los permisos que según Sogin causaron daños económicos y perjuicios. Esto, a su vez, abrió paso a uno de los mayores mayores escándalos judiciales que ha enfrentado la ciudad. Durante los últimos días de la gestión gestión Sharp, la demanda se notificó al Municipio el 14 de noviembre de 2024.
Apenas seis días después, el 20 de noviembre, la «Alcaldía Ciudadana», Ciudadana», a través de su Dirección Jurídica, contestó con una defensa que, en ese momento, parecía sólida: sólida: se alegó falta de legitimación activa, caducidad del permiso y prescripción, además de cuestionar cuestionar la relación de causalidad.
Pese a ello, el rumbo del juicio cambió cambió drósticamente con la administración administración de Camila Nieto... Fue el 6 de diciembre de 2024 cuando el Frente Amplio (FA) tomó el control municipal en la ciudad, llegando consigo un nuevo equipo jurídico. 18 días después de este hito comunal, el tribunal recibió la causa a prueba, fijando los hechos hechos controvertidos, como se logra apreciar en los documentos a los que accedió Puranoticia. cI. Durante marzo del año 2025, la nueva directora jurídica de la Municipalidad de Valparaíso, Daniela Daniela Tapia Bustos, asumió exciusi1. exciusi1. Fecha y circunstancias en que ocurrieron los hechos que habrían )casionado los perjuicios que demanda el actor. Antecedentes que así lo acreditan. 2.Si el demandado incurrió en acciones u omisiones culpables en relación :on los hechos en que se funda la demanda. Hechos y circunstancias que lo icreditarían. 3.Efectividad de haberse producido perjuicios a la demandante como sansecuencia de los hechos que han dado origen a la demanda. Entidad, naturaleza monto de ellos. Antecedentes que así lo acreditarían. 4.Relación de causalidad entre la conducta imputada al demandado y los erjuicios reclamados por el actor. 5.Falta de legitimidad activa alegada por el demandado. Antecedentes que ai, efectivamente, lo acreditan. 6.Excepción de prescripción. Antecedentes que así, efectivamente, lo va y formalmente el patrocinio de la causa, quedando como responsable exclusiva de la defensa municipal.
Desde entonces, los errores se multiplicaron: multiplicaron: el 20 de junio de 2025 se notificó la resolución que recibía la causa a prueba y tan sólo cuatro días más tarde, el 24 de junio, la inmobiliaria presentó un recurso de reposición. El tribunal porteño dio traslado al Municipio el 25 de junio, sin embargo el equipo jurídico no contestó nada.
En un intento desesperado desesperado por revertir la omisión, la administración de Camila Nieto presentó el 2 de julio un incidente de nulidad, alegando que nunca había sido notificado, pese a que el expediente mostraba claramente la notificación a la directora jurídica Daniela Tapia. A pesar de este intento, el Juzgado Civil de Valparaíso rechazó el incidente incidente el 9 de septiembre de 2025, marcando el inicio de la catástrofe probatoria. La situación se agravó aún más el 17 de septiembre de 2025, cuando Sogin Sogin SpA presentó su lista de testigos dentro de plazo. La Municipalidad, en cambio, no presentó ninguna lista, quedando sin prueba testimonial. testimonial. Desde ese momento, sólo la parte demandante ha rendido prueba, mientras que la gestión Nieto quedó en absoluta indefensión, indefensión, incapaz de acreditar los argumentos argumentos expuestos en su contestación. contestación.
Abogados consultados por Puranoticiad Puranoticiad advierten que esta cadena cadena de errores podría constituir un notable abandono de deberes por parte de la alcaldesa Camila Nieto, acción que puede ser reclamada reclamada por los concejales ante el Tribunal Tribunal Electoral Regional (TER), no sólo por la grave negligencia en la conducción del juicio, sino también por la cifra comprometida, superior a $30 mil millones (811.003 UF), lo que podría convertirse en una condena condena histórica contra el Municipio y, en definitiva, contra Valparaíso.
JUZGADO DE LETRAS EN LO CIVIL DE VALPARAÍSO Edgardo Palacios Angelini, abogado, cédula de identidad y José Luis Lara Arroyo, abogado, cédula de identidad ambos en representación de Sogin SpA, rol único tributario N76.093.744-k, todos domiciliados para estos efectos en Calle Estadio N101, Barrio oHiggins, Valparaíso, a Su Señoría respetuosamente decimos: Venimos en interponer demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad municipal extracontractual en conformidad a lo establecido en el artículo 151 letra i) de la Ley N18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades (“LOC Municipalidades”), en contra de la Ilustre Municipalidad de Valparaíso, corporación autónoma de derecho público, rol único tributario N69.060.900-2 (la “Municipalidad”), representada legalmente por su Alcalde, don Jorge Sharp Fajardo, abogado, cédula de identidad ambos domiciliados en calle Condell N1490, comuna de Valparaíso, región 5. J. L. EN LO CIVIL DE VALPARAíSO (3rn) DANIELA TAPIA BUSTOS, abogada, en representación, según se acreditará, de la MUNICIPALIDAD DE VALPARAÍSO, Corporación de Derecho Público, ambos domiciliados en Avenida Argentina N 864. ValparaÍso. demandada, en actos sobre indemnización de perjuicios, caratulados “SOGIN SPA CON 1.
MUNICIPALIDAD DE VALPARAiSO”, ROL C-2487.2024, a S.S., respetuosamente, digo: Que, sesgo en revocar patrocinio y poder al abogado Nicolás Guzmán Mora, en vi, tud que asumiré el patrocinio y poder de la parte demandada 1, Municipalidad de Valparalso, Valparaíso, dos de julio de don mil veinticinco omm Proveyendo la presentación de 1 de julio de 2025, folio 29: A lo principal, téngase por interpuesto incidente de nulidad, traslado. Al otrosí, como se pide. suspéndase el procedimiento mientras se resuelve la incidencia de lo principal. Valparaíso, nueve de septiembre de dos mil veinticinco nmm Téngase por evacuado el traslado en rebeldía de la parte demandada, pasen los autos para resolver al folio 26. S.J.
L DEL 35 JUZGADO CIVIL DE VALPAI1AISO Matías Larroulet Philippi, por lo demandante, es procedimiento sumar, ,, caratulad,, “Sng, n SpA/Ilustrc Mumcipulidad dr Valparaíso”, RisI N C-2487-2023, cuaderno principal, a Su Sedoria rcspctuosumcntc digo: Que, dentro de ptaw, r, legal, vengo en presentar la lista de l, ,s testigos que declararán por esta parte al tenor de los puntos de prueba fijados en tu sentencia interlocutoria de prueba dictada por Su Señoría, solicitando disponer su citociós en forma legal: Valparaíso, veinticuatro de diciembre de dos mil veinticuatro. )po Viatos: Atendido el mérito de los antecedentes, se recibe la causa a prueba por el érmino legal, fijándose como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, sobre os cuales deberá recaer, los siguientes: icreditan..