Extractos: 1. ORDÉNASE la Demolición (Retino) de la estructura afectada con amenaza de derrumbe, constituyendo un peligro para la seguridad de las personas, ubicada en Calle Aurora Nº 1008, Rol de Avalio Fiscal 56 - 27, de esta Comuna, en conformidad al Art 148-3 y Art. 156, de la Ley General de Urb
Extractos: 1.
ORDÉNASE la Demolición (Retino) de la estructura afectada con amenaza de derrumbe, constituyendo un peligro para la seguridad de las personas, ubicada en Calle Aurora Nº 1008, Rol de Avalio Fiscal 56 27, de esta Comuna, en conformidad al Art 148-3 y Art. 156, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, de propiedad de doña JOSEFINA WEPPLER LEON, Cédula Nacional de Identidad Nº 3.382.491 -2, lo anterior de acuerdo con lo señalado en los Considerandos Nº1,2, 3,4, y Nº5, del presente Decreto.
Rancagua EXTRACTO DE DECRETO EXENTO Nº 01628, DE FECHA 02.04.2026 Educación DECRETO: PUBLICIDAD y mediante correo electrónico al Director de Gestion Ambiental, al Director de Obras Municipales, y al Director de Control, VIII COMUNICASE que, el destinatario del presente acto administrativa, le asisten los siguientes recursos de acuerdo a lo establecido en el articulo 41 de la Ley Nº 19.800 : En contra del presente acto, podrá deducirse recurso de reposición ane esta Entidad Edildia, dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos contados desde su notificación, de conformidad a lo dispuesto en artículo 59 de la Ley Nº19.880, sin perjuicio de los recursos, acciones o derechos que se pueden hacer valer ante las autoridades comespondientes y de las demás formas de revisión que procedan de los actos administrativos, entre ellos el Recurso Extraordinario de Revisión, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo también el Procedimiento de Invalidación según lo establecido en el artículo 53 de la citada ley.
También podrá deducirse el Reclamo de legalidad contemplado en el articulo 151 letra b) del DFL 1, de 2006 que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematirado de la Ley Nº 18.695, dentro del plazo de treinta dias, contado desde a fecha de publicación del acto Impugnado, tratándose de resoluciones o desde el requerimiento de las omisiones y finalmente el Recurso de Protección ante la lustrisima Corte de Apelaciones de Rancagua, previsto en Articulo 20 de la Constitución Politica de La República. Plazo: 30 dias corridos contados desde la notificación del presente acta administrativo, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 1" del Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantias Constitucionales. Además, podrá ejercer los derechos que le confieren los artículos 152 y siguientes de la Ley de Urbanismo y Construcciones. II.
OTORGASE un plazo perentorio de ejecución, de 30 dias corridos, a contar de la fecha de notificación del respectivo Decreto de la Demolición ondenada en el resuelvo anterior, contados desde el momento de ser notificada la presente Resolución, además, el no cumplimiento de éste, será motivo suficiente, para proceder a lo ordenado con cargo del Infractor, con personal de la Dirección de Gestión Ambiental de la Ilustre Municipalidad de Rancagua. III.
NOTIFÍQUESE el presente Decreto, por el Secretario Municipal, en su carácter de Ministro de Fe, a Doña Josefina Weppler Ledn, con domicilio en Calle Aurora 1008, de esta comuna, y si éste no fuere habido, procédase de acuerdo a lo establecido en el articulo Nº 151, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que señala, en su parte pertinente:.. . y si este no fuese habido, ni tuviere representante Legal o mandatario conocido, la notificación se hará por medio de avisos, que se publicatân tres veces en un periódico de la ciudad cabecera de la provincia.. . ! IV RECÁBASE el auxilio de la Fuerza Pública, si fuera necesario, para llevar a cabo las diligencias decretadas en esta nesolución, a Carabineros de Chile, con domicilio en Buenas Nº 515, Rancagua. IX. PUBLIQUESE el presente Decreto, en la Pagina Web Municipal. ANDTESE, NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y ARCHIVESE V.
PROCÉDASE por el Departamento de Relaciones Públicas y Comunicación Estratégica, a efectuar las publicaciones señaladas en el resuelvo anterior, de ser necesario VIL INSTRUYESE a la Dirección de Gestión Ambiental, a efectos de llevar a cabo la demolición ordenada en el presente Decreto, de no realizarse dicha acción, por su propietario, dentro del plazo señalado, y una vez que la presente resolución se encuentre ejecutariada, de ser procedente. VI.
NOTIFIQUESE el presente Decreto, de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo 45 y siguientes, de la Ley N 19.380, que Establece Bases, de los Procedimientos Administrativos, que rigen las actos de los Órganos de la Administración del Estado, mediante carta certificada a Carabineros de Chile, con domicilio en Bueras Nº 515, Rancagua, CARLOS ALFREDO MORALES LARA SECRETARIO MUNICIPAL SECRETARIA MUNICIPAL RAIMUNDO AGLIATI MARCHANT ALCALDE ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RANCAGUA.